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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (16/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 278452 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de octubre de 2004 - Pachiaq, Loma Boliviapata, Azángaro o Incarra- cay, y Viru Virú, ubicados en el distrito de Huanta,provincia de Huanta, región Ayacucho; - Cerro Pulluta, Cerro El Caserón y Cerro Samaná, ubicados en el distrito de Pullo, provincia de Parinaco-chas, región Ayacucho. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura Ayacucho la elaboración del Ex- pediente Técnico de los Sitios Arqueológicos mencio- nados en el Artículo 1º de la presente Resolución, consu respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pu- diese afectar o alterar el paisaje de los sitios Arqueo- lógicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”,debe contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, auto- ridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 18593 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 964/INC Lima, 30 de setiembre de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 0188, tomado por la Comi- sión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº12 de fecha de 13 mayo del 2004; CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Orga- nismo Público Descentralizado del Sector Educación,con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las mani- festaciones culturales del país y de la investigación,preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Na- ción; encarga al Instituto Nacional de Cultura la fun- ción de registrar, declarar y proteger el PatrimonioCultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 0188 de fecha 13 de mayo de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Ar-queología recomienda a la Dirección Nacional del Ins- tituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Sitios Arqueológicos: “Alto Perú –Ñaña”, “Buenos Aires y “Los Girasoles”, ubicados en el distrito de Lurigancho – Chosica, provincia y depar- tamento de Lima; Con la visaciones de la Dirección de Gestión, Di- rección de Registro y Estudio del Patrimonio Históri- co, Dirección de Arqueología, y de la Oficina de Asun-tos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; De-creto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Re- glamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los Sitios Arqueológicos: “Alto Perú – Ñaña”, “Buenos Aires y “Los Girasoles”, ubicados en el dis- trito de Lurigancho – Chosica, provincia y departa-mento de Lima.Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueolo- gía de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimo-nio Histórico del Instituto Nacional de Cultura, la ela- boración del Expediente Técnico (Plano, Ficha Técni- ca y Memoria Descriptiva) de los sitios arqueológicosmencionados en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pu- diese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueo-lógicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales co- rrespondientes, COFOPRI, autoridades políticas, ci-viles y su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 18595 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 965/INC Lima, 30 de setiembre de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 0213, tomado por la Comi- sión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 13 de fecha de 25 mayo del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Orga- nismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las mani- festaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Na-ción; encarga al Instituto Nacional de Cultura la fun- ción de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 0213 de fecha 25 de mayo de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Ar- queología recomienda a la Dirección Nacional del Ins-tituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Sitios Arqueológicos: “Cerro Ora- ra”, “Cerro Sal”, “Piedras Gordas”, “La Playuela” y“Cerro Cachito”, ubicados en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Di- rección de Registro y Estudio del Patrimonio Históri- co, Dirección de Arqueología, y de la Oficina de Asun-tos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; De-creto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Re- glamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los a los Sitios Arqueológicos: “Cerro Orara”, “Cerro Sal”, “Piedra Gordas”, “La Playuela” y “Cerro Cachito", ubicados en el distrito de Ventanilla, Provin-cia Constitucional del Callao, departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueolo- gía de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimo-nio Histórico del Instituto Nacional de Cultura, la ela-