Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2004 (16/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 2004

- Sitio Arqueologico Nº 6 "Moyacuna", ubicado en el Caserio de Jucul, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima. Con la visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes sitios arqueologicos: - Sitio Arqueologico Nº1 "Tajaray", ubicado en la Localidad de Navan, distrito de Navan, provincia de Oyon, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº2 "Tulpay", ubicado en el Caserio de Tulpay, distrito de Checras, provincia de Huaura, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 3 "Masquincoto", ubicado en el Caserio de Colcapampa, distrito de Paccho, provincia de Oyon, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 4 "Tupishi", ubicado en el Caserio de Maray, distrito de Checras, provincia de Huaura, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 5 "Shanahuarin", ubicado en el Caserio de Picoy, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 6 "Moyacuna", ubicado en el Caserio de Jucul, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Arqueologia de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura la elaboracion del Expediente Tecnico (Plano, Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva) de los sitios arqueologicos mencionados en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 18600 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 972/INC MORDAZA, 30 de setiembre de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 0508, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 32 de fecha de 29 setiembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las ma-

nifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 508 de fecha 29 de setiembre de 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes sitios arqueologicos, ubicados en la provincia de Cajatambo, departamento de Lima: - Sitio Arqueologico Nº 1 "Copa", ubicado en el Caserio Copa-Mangas, distrito de Puquian, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 2 "Puquian", ubicado en el Caserio Puquian, distrito de Puquian, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 3 "Tambomarca", ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 4 "Chiromarca", ubicado en el distrito de Astobamba, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 5 "Cruzpunta", ubicado en el distrito de Palpas, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 6 "Shingo", ubicado en el distrito de Manas, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 7 "Pan de Azucar", ubicado en el distrito de Manas, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 8 "Racau", ubicado en el Caserio de Apas, distrito de Gorgor, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. Con la visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes sitios arqueologicos, ubicados en la provincia de Cajatambo, departamento de Lima: - Sitio Arqueologico Nº 1 "Copa", ubicado en el Caserio Copa-Mangas, distrito de Puquian, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 2 "Puquian", ubicado en el Caserio Puquian, distrito de Puquian, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 3 "Tambomarca", ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 4 "Chiromarca", ubicado en el distrito de Astobamba, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 5 "Cruzpunta", ubicado en el distrito de Palpas, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 6 "Shingo", ubicado en el distrito de Manas, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. - Sitio Arqueologico Nº 7 "Pan de Azucar", ubicado en el distrito de Manas, provincia de Cajatambo, departamento de Lima.

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