Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2004 (16/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 18591 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 959/INC MORDAZA, 30 de setiembre de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 082, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 05 de fecha de 2 marzo del 2004; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 082 de fecha 02 de marzo de 2004, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "El Infiernillo 01" (Sitio I-01), ubicado en el sector de la Playa El infiernillo, distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash. - Aprobar el Plano Nº PL-01del Sitio Arqueologico El Infiernillo 01 (Sitio I-01) ­ Huarmey, con un area intangible de 2,998.0972 m2 y 222.7889 ml. de perimetro. Escala: 1/500 de setiembre 2003, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, y de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "El Infiernillo 01" (Sitio I-01), ubicado en el sector de la Playa El Infiernillo, distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de Ancash. Articulo 2º.- Aprobar el Plano Nº PL-01 del Sitio Arqueologico El Infiernillo 01 (Sitio I-01) ­ Huarmey con un area intangible de 2,998.0972 m2 y 222.7889 ml. de perimetro. Escala 1/500 de setiembre 2003,

con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registro Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Sitio Arqueologico mencionado en el Articulo 1º y el plano referido en el Articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes, COFOPRI, autoridades politicas, civiles y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 18592 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 961/INC MORDAZA, 30 de setiembre de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 483, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 27 de fecha 23 de setiembre de 2004; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 483, de fecha 23 de setiembre de 2004, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes sitios arqueologicos: - Pachiaq, Loma Boliviapata, Azangaro o Incarracay, y MORDAZA MORDAZA, ubicados en el distrito de Huanta, provincia de Huanta, region Ayacucho; - Cerro Pulluta, Cerro El Caseron y Cerro Samana, ubicados en el distrito de Pullo, provincia de Parinacochas, region Ayacucho. Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes sitios arqueologicos:

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