Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2004 (19/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

Pag. 278660

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de octubre de 2004

bado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 93º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informe Nº 223-2004-MTC/17.01.ssp., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones, de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE MORDAZA S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE MORDAZA S.A.C. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende el distrito de Puquio, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa CABLE MORDAZA S.A.C. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y tres (3) anexos que forman parte de esta resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Addendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, asi como el pago de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18809

VISTOS: La Nota de Elevacion Nº 055-2004-MTC/21 del Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL y sus antecedentes, mediante los cuales se solicita la expedicion de una Resolucion Ministerial autorizando al Procurador Publico Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales de los proyectos PROVIAS NACIONAL, DEPARTAMENTAL y RURAL, para que en representacion del Estado, proceda a la interposicion de las acciones legales pertinentes en contra del contratista Uriel Tagle MORDAZA - Ingeniero; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Nº 073-2004-MTC/ 21.GAL de la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS RURAL, con fecha 11 diciembre de 2003, se le otorgo al Contratista Uriel Tagle MORDAZA - Ingeniero la Buena Pro de la Licitacion Publica Nacional Nº 109-2003MTC/21 para la ejecucion de la Obra: Mantenimiento Periodico del MORDAZA Vecinal Talavera - Ocobamba (Longitud 42.77 Km), ubicado en el departamento de Apurimac; Que, con Oficio Circular Nº 024-2003-MTC/ 21.CREP.UZ.APU. del Presidente de la Comision de Recepcion y Evaluacion de Propuestas U.Z MORDAZA de fecha 12 de diciembre de 2003, se le comunico al contratista Uriel Tagle MORDAZA - Ingeniero, que habia sido favorecido con el Otorgamiento de la Buena Pro, por un monto de S/. 287,309.76 nuevos soles; Que, mediante Oficio Nº 2794-2003-MTC/21 de fecha 23 de diciembre de 2003, se le comunico al contratista Uriel Tagle MORDAZA - Ingeniero, que la suscripcion del contrato se llevaria a cabo el 31 de diciembre de 2003 y como MORDAZA y MORDAZA fecha el dia 8 de enero de 2004; sin embargo al no asistir el adjudicatario de la Buena Pro en las fechas indicadas no se celebro el contrato para la ejecucion de la referida obra; Que, mediante Informe Nº 004-2004-MTC/21.GAL de la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS RURAL se senala que la Poliza de Seguro de Caucion y el Certificado de Fianza Nº 6807338 presentada por el contratista Uriel Tagle MORDAZA - Ingeniero en la Licitacion Publica Nacional Nº 109-2003-MTC/21 garantizaban al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien no participo en el referido MORDAZA de seleccion; Que, con Oficio Nº 288-2004-MTC/21 el Director Ejecutivo de PROVIAS RURAL solicito a SUL MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS S.A. la ejecucion de la referida Garantia de Seriedad de Oferta, cuyo monto asciende a la suma de S/. 8 317.00; Que, con Carta SG/CA-229/2004, de fecha 23 de febrero de 2004, el Gerente Tecnico de Riesgos Generales de SUL MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS S.A, en respuesta al Oficio Nº 288-2004-MTC/21 senalo que la Poliza de Seguro de Caucion Nº 6807338 fue emitida a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la Obra: Rehabilitacion del MORDAZA Vecinal Ccaccasique-Huasquillay, distrito de MORDAZA Omacha, provincia de Paruro, departamento de MORDAZA, con vigencia del 3 de octubre de 2003 al 31 de diciembre de 2003, y anulada por el titular, ya que nunca la utilizo y que por lo tanto la poliza y certificado de caucion, cuya ejecucion solicita PROVIAS RURAL son falsas y no han sido emitidas por la referida compania; Que, de acuerdo al Informe Nº 073-2004-MTC/ 21.GAL, de la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS RURAL, con fecha 6 de MORDAZA de 2004, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento sus descargos manifestando que no participo bajo ningun concepto en la Licitacion Publica Nacional Nº 109-2003-MTC/21, por lo que no ha otorgado fianza alguna en el MORDAZA de seleccion indicado precedentemente y que su firma ha sido falsificada; Que, asimismo, la Gerencia de Asuntos Legales de PROVIAS RURAL, senala que existe responsabilidad en los miembros de la Comision de Recepcion y Evaluacion de Propuestas de la Unidad Zonal MORDAZA, al haber dado conformidad de los documentos presentados en el sobre de la Propuesta Economica del postor Uriel Tagle MORDAZA - Ingeniero, teniendo en cuenta que la Garantia de Mantenimiento de Oferta se encontraba a

Autorizan a procurador ad hoc de PROVIAS Nacional, Departamental y Rural iniciar acciones legales contra profesional contratista por presunta comision de delito
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 780-2004-MTC/02 MORDAZA, 15 de octubre de 2004

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.