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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G38/G36/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 19 de octubre de 2004 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G64/G65/G63/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G4F/G72/G2D/G64/G65/G6E/G20/G53/G61/G6E/G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G41/G70/GF3/G73/G74/G6F/G6C/G22/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G2D/G6C/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 07-2004-MSS Santiago de Surco, 15 de octubre de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOCONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 096-96-ACSS publicado el 24.JUL.96, se creó la Condecoración "Or-den Santiago Apóstol" de la Municipalidad de Santiagode Surco, para premiar a las personas que hayan desta-cado por sus calificados merecimientos y servicios brin-dados en beneficio de la comunidad, así como a los trabajadores que cumplan 25 años de servicios a la Corporación en forma destacada y a los que realicenacciones distinguidas; Que, en la actualidad dicha condecoración se halla regulada a través del Texto Único del Reglamento dela Condecoración "Orden Santiago Apóstol" de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado me- diante el Decreto de Alcaldía Nº 07-2000-MSS del12.DIC.2000; Que, conforme a la actual Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se ha puntualizado el rolpromotor del Desarrollo Local que corresponde ejer- cer a las municipalidades de la República, de manera específica, la promoción del desarrollo económico lo-cal; y dentro de esta misión, corresponde que la Muni-cipalidad de Santiago de Surco busque brindar un fun-damental impulso a los establecimientos comerciales,industriales y de servicios conducidos dentro de la circunscripción distrital, propiciando que los locales modelos, más representativos del quehacer económi-co de Santiago de Surco, accedan anualmente al im-portante galardón que encarna la Condecoración "Or-den Santiago Apóstol"; En uso de las atribuciones previstas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Modificar el artículo 15º del Texto Único del Reglamento de la Condecoración "Orden San- tiago Apóstol" de la Municipalidad de Santiago de Surco,en los términos siguientes: "Artículo 15º.- La Medalla Cívica de la "Orden Santia- go Apóstol", se otorga a las personas naturales o jurídi- cas de la comunidad por lo siguiente: - Por calificados merecimientos: Trayectoria perso- nal, profesional, institucional, intelectual o académica. - Por servicios brindados en beneficio de la comuni- dad: Realizados a nivel personal o institucional en elámbito público y/o privado. - Por la acertada y competitiva conducción formal de establecimientos comerciales, industriales y/o de servi- cios líderes en el cumplimiento de las disposiciones municipales y por la eficiencia comprobada en la presta-ción de sus servicios dentro de la circunscripción deldistrito. Para efectos de evaluar a los establecimientos comer- ciales, industriales y/o de servicios líderes dentro de la circunscripción del distrito, se tomará en cuenta el rubro de las diferentes actividades económicas que se desarro-llan en Santiago de Surco, tales como servicios turísti-cos, gastronómicos, profesionales, educativos, médi-cos, administración de centros o mercados de abastos,super-hiper mercados, centros comerciales en general, entre otros".Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría Gene- ral la publicación del presente decreto y a la Oficina deImagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 18806 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RÍO NEGRO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G2D /G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G2D /G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 347-04-A/MDRN Río Negro, 21 de setiembre del 2004 VISTO: El Informe Nº 107-04-GM/MDRN solicitando la Modi- ficación del PAAC - 2004 con la inclusión de Procesos deSelección; CONSIDERANDO: Que la Municipalidad es un órgano de Gobierno Lo- cal que emana de la voluntad popular con autonomíaadministrativa y económica en los asuntos de su compe-tencia de acuerdo a ley; Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 016-04-A- MDRN, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones para el Ejercicio 2004, la que fue modificada mediante la Resolución de Alcaldía Nº 254-04-A-MDRN,incluyéndose en el mismo procesos no consideradosinicialmente; Que, de conformidad a los artículos 7º del Texto Úni- co de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por el D.S. Nº 012-2001-PCM y el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM don-de se precisa que el PAAC puede ser modificado con laasignación presupuestal y en caso de efectuarse la re-programación de metas; Que, en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes podrá ser modificado en cualquier momento durante eltranscurso del Ejercicio Presupuestal siempre que se pro-duzca una reprogramación de las metas institucionales pro-puestas o modificación del presupuesto institucional; Que, en mérito de lo expuesto y uso de las faculta- des conferidas en la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la segunda modificación de Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de laMunicipalidad Distrital de Río Negro para el ejercicio pre-supuestal 2004. Artículo Segundo.- Encargar a los órganos de la municipalidad el cumplimiento del mismo y encargar a la Subgerencia de Secretaría General la remisión de la presente Resolución al CONSUCODE y PROMPYME. Publíquese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO CHUMPITAZ QUISPE Alcalde 18803