Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2004 (19/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 19 de octubre de 2004

PODER EJECUTIVO PCM
Declaran en estado de emergencia el distrito de San Gaban, provincia de Carabaya y el distrito de Antauta, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 071-2004-PCM CONSIDERANDO:

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de octubre del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 18849

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Que, los hechos de violencia producidos en el distrito de San Gaban, provincia de Carabaya, Departamento de MORDAZA, a partir del dia 19 de octubre del 2004, han tenido como consecuencia dos personas fallecidas, personas heridas, incluyendo miembros de la Policia Nacional, asi como graves actos de destruccion de la propiedad publica y privada; Que, continuan realizandose alteraciones del orden publico e instigaciones a la violencia, que estan afectando los servicios basicos e impidiendo a los ciudadanos el normal desempeno de sus actividades en general y, en particular, las productivas, laborales y educativas, dentro del mencionado distrito de San Gaban; Que, conforme al articulo 44º de la Constitucion, son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, corresponde al Presidente de la Republica cumplir y hacer cumplir la Constitucion, asi como velar por el orden interno de la Republica de acuerdo a lo establecido en el articulo 118º, incisos 1) y 4) de la Constitucion; Que, el inciso 1) del articulo 137º de la Constitucion otorga al Presidente de la Republica la potestad de decretar estado de emergencia en caso de perturbacion MORDAZA o del orden interno o de graves circunstancias que afecten la MORDAZA de la Nacion; Que, la Convencion Americana sobre Derechos Humanos permite, a traves de su articulo 27º inciso 1) que un Estado parte suspenda el ejercicio de determinados derechos humanos cuando exista un peligro publico u otra emergencia que amenace su seguridad; De conformidad con los incisos 4) y 14) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declarar en estado de emergencia el distrito de San Gaban, provincia de Carabaya y el distrito de Antauta, provincia de MORDAZA, del Departamento de MORDAZA, por un plazo de treinta (30) dias calendario. El Ministerio del Interior mantendra el control del orden interno. Articulo 2º.- Durante el estado de emergencia a que se refiere el articulo anterior, quedan suspendidos los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11), 12) y 24), apartado f, del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo entra en vigencia el dia de su publicacion. Articulo 4º.- Este Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia.

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador iniciar acciones para que se declare nulidad de la R.D. Nº 2570-2003-MTC/15 referente a la inscripcion de empresa en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 767-2004-MTC/02 MORDAZA, 14 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de Registro Nº 2003-004732, de fecha 13 de marzo de 2003, la empresa SERMINE E.I.R.L., solicita su inscripcion en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias, con el vehiculo de placa de rodaje Nº XG-9796; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2570-2003MTC/15, de fecha 15 de MORDAZA de 2003, se autoriza la inscripcion de la empresa SERMINE E.I.R.L. en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias, para efectuar el servicio publico de transporte terrestre de mercancias en el ambito nacional; Que, mediante Fax Nº 781-2003-MTC/15.18.04, de fecha 2 de MORDAZA de 2003, la Direccion General de Circulacion Terrestre, solicito al Gerente de Bienes Muebles de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, la Boleta Informativa del vehiculo de placa de rodaje Nº XG-9796; Que, en respuesta al Fax mencionado, la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, remite la Boleta Informativa del vehiculo de placa de rodaje Nº XG-9796, en la cual se aprecia que desde el 1 de setiembre de 1999, dicho vehiculo se encontraba registrado a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA ELIZABETH; Que, mediante Oficio Nº 4210-2003-MTC/15.18.04, de fecha 16 de MORDAZA de 2003, se comunica a la empresa SERMINE E.I.R.L. sobre el resultado de las acciones posteriores llevadas a cabo al MORDAZA de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senalandose que la Administracion ha tomado conocimiento mediante Boleta Informativa S/N de la SUNARP, que la unidad de placa de rodaje Nº XG-9796 es de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que en tal sentido se le otorga un plazo de (5) dias utiles contados a partir de la recepcion de dicho Oficio para presentar el descargo que le asiste a Ley; Que, mediante escrito de fecha 31 de MORDAZA de 2003, registrado bajo el expediente Nº 2003-004732-A, la empresa SERMINE E.I.R.L. manifiesta que transfirio el vehiculo de placa de rodaje Nº XG-9796, a favor de la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vivar; pero que el 30 de noviembre de 1999 nuevamente adquiere el mismo, por

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