Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2004 (25/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 25 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 279037

Que, con escrito de fecha 02JUN2004, la empresa recurrente interpone Recurso de Apelacion contra la R.D. Nº 0992-2004-IN-1704/1 del 11MAY2004, sustentando que la licencia para posesion y uso de arma de fuego del revolver MORDAZA JAGUAR, Cal. 38, Serie Nº 143302, para el vigilante, se encontraba en tramite, fundamentando ademas que las inspecciones se comunicaran por escrito a las empresas con un plazo minimo de 24 horas; y que por tanto; no existiendo inspeccion inopinada, esta deviene en nula y en consecuencia nula la Resolucion que impugna; Que, con relacion a los argumentos que dan lugar a la impugnacion formulada por la empresa, estos no se ajustan a la verdad, pues es obligacion de la empresa entregar el arma al vigilante que tenga la licencia de uso correspondiente, conforme lo dispone el Art. 67º Inc. g) del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada; asi como el Art. 71º, el mismo que establece que los contratos de prestacion de servicios de seguridad deben consignarse por es-

crito a la DICSCAMEC, por lo que de acuerdo al Inc. f) del Art. 90º y h) del Art. 91º del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada constituyen infraccion grave; asimismo, con respecto a que las inspecciones inopinadas no se encuentran normadas, esto no se ajusta a la verdad, toda vez que dicha accion se encuentra regulada en el Manual de Organizacion y Funciones de la DICSCAMEC; en consecuencia la multa impuesta se encuentra arreglada a ley; Que, el Art. 209º de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que el recurso de apelacion se interpondra cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho; los argumentos esgrimidos por la apelante no enervan la eficacia de la resolucion apelada; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; en su Informe Nº 3302-2004-IN/0203 del 24JUN2004;

AVISO

CODIGO CIVIL

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.