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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (29/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 110

PÆg. 279360 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de octubre de 2004 2004, obtenidos en las mesas de sufragio en el distrito de Tilali, provincia de Moho, departamento de Puno; CONSIDERANDO:Que habiendo el Jurado Electoral Especial de Puno, proclamado los resultados de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales lle- vada a cabo el 17 de octubre de 2004 en el distrito de Tilali, ha sido revocado el mandato del Alcalde y de todos los Regidores por la mayoría absoluta de los ciudada- nos registrados en el padrón electoral actualizado de dicha circunscripción municipal, de la siguiente manera: Total de electores: 1695 Cifra necesaria para ser revocado: 848 Autoridades V otos Votos Votos Votos T otalRESUL- SI NO en Nulos de TADO Blanco V otos Alcalde : MELECIO LARICO QUISPE 1062 376 24 26 1488 REVO- CADO 1º Regidor: LORENZO YUJRA POMA 1215 127 115 31 1488 REVO- CADO 2º Regidor:FELIBERTO VILCA 1060 310 94 24 1488 REVO- QUISPE CADO 3º Regidor:SOFIA CAÑAZACA DE 1116 238 105 29 1488 REVO- CONDORI CADO 4º Regidor: MANUEL SUCATICONA 1026 357 79 26 1488 REVO- VELAZCO CADO 5º Regidor: DOMINGO LARICO 1104 242 117 25 1488 REVO- LARICO CADO Que confirmada la revocatoria de más de un tercio de los miembros de un concejo municipal, se convoca a nuevas elecciones, pero mientras no se elija a los reem- plazantes en el cargo, asumen las funciones los accesi- tarios, de conformidad con lo previsto en el artículo 25º de la Ley Nº 26300; Que para el reemplazo de las autoridades revocadas es de aplicación supletoria el artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, que señala que para cubrir las vacantes que se produzca en los concejos municipales, se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, siguiendo el orden de los re- sultados del escrutinio final de la elección y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que pro- dujo la vacante; y, Que en el caso que no se tenga ningún reemplazante de la lista de la autoridad revocada es de aplicación el artículo 172º del Reglamento Interno del Jurado Nacio- nal de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 064-A- 94-JNE, que señala que en el caso que no quedase ningún candidato no proclamado de la lista del vacado se incorpora al candidato no proclamado de otra lista, debiendo ser ésta la que siga en el orden del cómputo de sufragios; El Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178º, inciso 5) de la Constitución Política del Perú, concordante con lo esta- blecido en el artículo 5º, inciso i) de su Ley Orgánica Nº 26486; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña Francisca Quis- pe de Velásquez para que asuma provisionalmente el cargo de Alcaldesa en el Concejo Distrital de Tilali, pro- vincia de Moho, departamento de Puno, extendiéndose- le la respectiva credencial, en reemplazo del señor Me- lecio Larico Quispe cuyo mandato de Alcalde fue revo- cado en la consulta popular realizada el 17 de octubre del presente año. Artículo Segundo.- Convocar a los señores Silve- rio Limachi Chambi, Julia Larico Enriquez, Ceferino Julio Quispe Vilca, Robelia Sucaticona Sucaticona y Carlos Juan Chambi Cañazaca, para que asuman provisional- mente los cargos de Regidor en el Concejo Distrital de Tilali, a quienes se les extenderá la respectiva creden- cial, en reemplazo de Lorenzo Yujra Poma, Feliberto Vil- ca Quispe, Sofia Cañazaca De Condori, Manuel Sucati- cona Velazco y Domingo Larico Larico, cuyos mandatosde Regidor fueron revocados en la consulta popular rea- lizada el 17 de octubre del año 2004. Artículo Tercero.- El Concejo Distrital de Tilali queda integrado, hasta que se elija a las nuevas autoridades, de la siguiente manera: Autoridad Nombre Organización Política Alcalde FRANCISCA QUISPE DE VELÁSQUEZ Partido Primero Perú 1º Regidor SILVERIO LIMACHI CHAMBI Partido Democrático Somos Perú 2º Regidor JULIA LARICO ENRIQUEZ Partido Democrático Somos Perú 3º Regidor CEFERINO JULIO QUISPE VILCA Partido Democrático Somos Perú 4º Regidor ROBELIA SUCATICONA SUCATICONA Partido Democrático Somos Perú 5º Regidor CARLOS JUAN CHAMBI CAÑAZACA Partido Perú Posible Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Poder Eje- cutivo la presente Resolución en cumplimiento de lo estable- cido en el numeral 5) del artículo 118º de la Constitución, concordante con lo previsto en el artículo 25º de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos Nº 26300. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 19630 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 279-2004-JNE Lima, 27 de octubre de 2004 Vista:La Resolución Nº 030-2004-JEE/T de fecha 25 de octubre de 2004, del Jurado Electoral Especial de Tara- poto, proclamando los resultados de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2004, obtenidos en las mesas de sufragio en el distrito de Alberto Leveau, provincia y departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que habiendo el Jurado Electoral Especial de Tara- poto, proclamado los resultados de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales llevada a cabo el 17 de octubre del año 2004 en el distrito de Alberto Leveau, provincia y departamento de San Martín, ha sido revocado el mandato de un Regidor por la mayoría absoluta de los ciudadanos registrados en el padrón electoral actualizado de dicha circunscripción municipal, de la siguiente manera: Total de electores 946 Cifra necesaria para ser revocado 474 Autoridades V otos Votos Votos Votos T otalRESUL- SI NO en Nulos de TADO Blanco V otos Alcalde: Orlando Gatica Córdova 462 314 4 10 790 Conti- núa Regidores: Beatriz Gonzáles García 543 182 28 37 790 Revo- cada Simón Ayachi Tenazoa 444 315 27 4 790 Conti- núa Rister Macedo Pandero 446 318 23 3 790 Conti- núa Doris Jaramillo Sánchez 447 311 29 3 790 Conti- núa Rosa Mercedes Aching Rojas 439 321 26 4 790 Conti- núa