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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (29/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 127

PÆg. 279377 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de octubre de 2004 teniendo en cuenta que las adquisiciones y actualiza- ción de Software para fotogrametría y fotointerpretación y teledetección digital son ofertados en el país por empre- sas únicas y la de Cartas Nacionales debe de realizarse entre Entidades del Sector Público, los que en estos casos no admiten sustitutos, resulta de aplicación lo dis- puesto por los artículos 106º y 111º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en- contrándose exonerados de sus respectivos Procesos de Selección para su adquisición; Que, el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el artículo 19º de la Ley se efectúan mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 105º; Que, mediante Informe Nº 542-2004-INC/OAJ de fe- cha 12 de octubre de 2004, la Oficina de Asuntos Jurídi- cos señala que habiéndose determinado que las adqui- siciones antes señaladas, requeridas por la Dirección del Cusco, son ofertados dentro del país por empresas y/o entidades únicas, lo que determina que no admiten sustitutos, y que además, la adquisición de Cartas Na- cionales debe realizarse entre Entidades del Sector Pú- blico, considera procedente que el Titular de la Entidad expida la resolución que aprueben las exoneraciones de sus Procesos de Selección de Adjudicaciones Directas Selectivas para sus correspondientes adquisiciones, estableciendo que no admiten sustitutos y autorizando a la Unidad Ejecutora 02 del Instituto Nacional de Cultura la designación del Comité Especial que se encargue de conducir los Procesos de Menor Cuantía para las adqui- siciones precitadas; Estando a lo visado por la Gerencia General y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado", Ley Nº 28128 - "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2004", el TUO de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ESTABLECER que la adquisición de los softwares para fotometría y para fotointerpretación y teledetección digital, así como la adquisición de las Car- tas Nacionales, requeridos por la Dirección del INC - Cusco, señalados en el Oficio Nº 953-DRC-INC-C-2004, no admiten sustitutos; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- APROBAR las EXONERACIONES DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE ADJUDICACIO- NES DIRECTAS SELECTIVAS para la adquisición de los Softwares y Cartas Nacionales referidos en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 02 del Instituto Nacional de Cultura la designación del Comité Especial que se encargue de conducir el proceso de Menor Cuantía para la adquisición de los Softwares y Cartas Nacionales señalados en los ar- tículos precedentes, de acuerdo al siguiente detalle: Software S/. 160,000.00 (CIENTO SESENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) y Cartas Nacionales S/. 95,000.00 (NOVENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUE- VOS SOLES), con observancia de lo normado por el artículo 116º y el tercer párrafo del artículo 34º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado. Artículo 4º.- La contratación y/o adquisición materia de la presente Resolución se regula por las disposicio- nes del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus normas complementarias. Artículo 5º.- El egreso que origine la presente Resolu- ción se afectará a los Recursos Directamente Recau- dados de la Unidad Ejecutora Nº 02 del Instituto Nacional de Cultura.Artículo 6º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 19416 OSITRAN Autorizan viaje de funcionario a Ecua- dor para participar en el SeminarioSubregional sobre Competencia en losServicios Regulados ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 024-2004-PD-OSITRAN Lima, 25 de octubre de 2004 La Presidencia del Organismo Supervisor de la Inver- sión en Infraestructura de Transporte de Uso Público- OSITRAN; VISTOS:La comunicación de la Secretaría General de la Comunidad Andina dirigido por la Codirectora Andina y el Codirector Europeo del Proyecto Competencia, de fecha 14 de octubre de 2004 remitido a esta Presidencia del Consejo Directivo; por la cual se soli- cita la participación y exposición de un representante de la Gerencia de Regulación de OSITRAN en el "Se- minario Subregional sobre Competencia en los Servi- cios Regulados". CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al programa del "Seminario Subre- gional sobre Competencia en los Servicios Regula- dos" a realizarse los días del 8 al 11 de noviembre de 2004 en Quito, Ecuador, su objetivo es que el repre- sentante de la Gerencia de Regulación de OSITRAN participe en dicho seminario conjuntamente con re- presentantes de agencias de competencia y de los organismos reguladores de Telecomunicaciones y de Transporte Aéreo, intercambiando conocimientos y dando a conocer criterios utilizados en por sus repre- sentadas, además de presentar una ponencia sobre el tema de Regulación y Competencia en el sector del Transporte Aéreo; Que, resulta de la mayor importancia para la Institu- ción la permanente capacitación y participación de sus profesionales en materias vinculadas a la regulación y competencia en la infraestructura de transporte de uso público, así como la difusión de los criterios que OSITRAN utiliza en su regulación; Que, la asistencia de un representante de la Ge- rencia de Regulación de OSITRAN en respuesta a la solicitud e invitación cursada no genera gasto alguno al Presupuesto Institucional de OSITRAN, por cuanto los pasajes y viáticos del participante designado se- rán cubiertos por el Proyecto Competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artí- culo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el artículo 17º de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01 apro- bado por Resolución Directoral Nº 047-2003-EF-76.01, los viajes al extranjero que no ocasionen gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, en el ejercicio de su función asignada mediante el literal a) del artículo 53º del Reglamento General de OSITRAN;