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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (29/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 89

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G33/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 29 de octubre de 2004 Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓBALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 19594 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 245-2004-JNE Lima, 27 de octubre de 2004 Vista, la Resolución Nº 019-2004-JEE/ABAN-J de fe- cha 23 de octubre de 2004, expedida por el Jurado Elec- toral Especial de Abancay, proclamando los resultadosde la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2004, obtenidos en las mesas de sufragio en el distrito de Huanipaca, provincia de Aban-cay, departamento de Apurímac; CONSIDERANDO:Que el Jurado Electoral Especial de Abancay ha pro- clamado los resultados de la Consulta Popular de Revo-catoria del Mandato de Autoridades Municipales llevada a cabo el 17 de octubre de año 2004 en el distrito de Huanipaca, provincia de Abancay, departamento de Apu-rímac, resultando revocado el mandato del Alcalde y los cinco Regidores por la mayoría absoluta de los ciudada- nos registrados en el padrón electoral actualizado dedicha circunscripción municipal, de la siguiente manera: Total de electores hábiles: 1,728 Cifra necesaria para ser revocado: 865 Autoridades V otos Votos Votos Votos TotalRESULTADO SI NO en Nulos de Blanco V otos Alcalde: SANTIAGO AMAO 963 316 62 54 1395 REVOCADO CARRASCO 1º Regidor: MARCELINO USCA- 942 293 101 59 1395REVOCADO MAITA CHACÓN 2º Regidor: GABINO ARENAZA 934 292 110 59 1395REVOCADO ESPINOZA 3º Regidor: FELÍCITAS CÁRDENAS 939 284 112 60 1395REVOCADO RÍOS 4º Regidor: ROSSÍO TEJADA 927 284 119 65 1395REVOCADO AZURÍN 5º Regidor: MARIO CHACÓN 893 312 131 59 1395REVOCADO PACHECO Que confirmada la revocatoria de todos los integran- tes del Concejo Distrital de Huanipaca, se aplica lo pre- visto en el artículo 25º de la Ley Nº 26300, que establece que de revocarse más de un tercio de los miembros deun concejo municipal, se convoca a nuevas elecciones, pero mientras no se elija a los reemplazantes en el car- go, asumen las funciones los accesitarios; Que es necesario determinar los nombres de los ac- cesitarios que ejercerán provisionalmente los cargos de Alcalde y Regidores del Concejo Distrital de Huanipaca,aplicándose supletoriamente los artículos 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, debiendo reempla-zar al Alcalde revocado, el primer accesitario hábil de su misma lista electoral, y para cubrir las regidurías se in- corporará a los candidatos inmediatos que no hubieransido proclamados, siguiendo el orden de los resultados del escrutinio final de la elección y que hayan figurado en la misma lista de los Regidores revocados; Que en este caso, la lista a la que pertenecía el Alcal- de revocado, Partido Perú Posible, se encuentra agota- da al no quedar ningún accesitario, siendo de aplicaciónel artículo 172º del Reglamento Interno del Jurado Na- cional de Elecciones, aprobado por Resolución Nº 064- A-94-JNE, que señala que de presentarse esta situa-ción, se incorpora al candidato no proclamado de otra lista, debiendo ser ésta la que siga en el orden del cóm-puto de sufragios; El Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178º, inciso 5) de la Cons- titución Política del Perú, concordante con lo establecidoen el artículo 5º, inciso i) de su Ley Orgánica Nº 26486; RESUELVE:Artículo Primero.- Convocar a doña Enriqueta Julia Flores Pinto, candidata no proclamada de la organiza-ción política Partido Renacimiento Andino, para que asu- ma provisionalmente el cargo de Alcalde en el Concejo Distrital de Huanipaca, provincia de Abancay, departa-mento de ApurÍmac, extendiéndosele la respectiva cre- dencial, en reemplazo del señor Santiago Amao Carras- co, cuyo mandato de Alcalde fue revocado en la consul-ta popular realizada el 17 de octubre de 2004. Artículo Segundo.- Convocar a los señores Gre- gorio Sánchez Loaiza, Antonio Pando Tejada y Merce-des Mariño Vega del Partido Renacimiento Andino, y Mar- tines Oscco Vargas y Jorge Chipa Mendoza de la Alian- za Electoral Unidad Nacional, para que asuman provi-sionalmente los cargos de Regidores en el Concejo Dis- trital de Huanipaca, a quienes se les extenderá las res- pectivas credenciales, en reemplazo de Marcelino Us-camaita Chacón, Gabino Arenaza Espinoza, Felícitas Cárdenas Ríos, Rossío Tejada Azurín y Mario Chacón Pacheco, estos últimos cuyos mandatos de Regidoresfueron revocados en la consulta popular realizada el 17 de octubre de 2004. Artículo Tercero.- El Concejo Distrital de Huanipaca queda integrado, hasta que se elija a las nuevas autori- dades, de la siguiente manera: Autoridad Nombre Orga nización Política Alcalde: Enriqueta Julia Flores Pinto Partido Renacimiento Andino 1º Regidor: Gregorio Sánchez Loaiza Partido Renacimiento Andino 2º Regidor: Antonio Pando T ejada Partido Renacimiento Andino 3º Regidor: Mercedes Mariño Vega Partido Renacimiento Andino 4º Regidor: Martines Oscco Vargas Alianza Electoral Unidad Nacional 5º Regidor: Jorge Chipa Mendoza Alianza Electoral Unidad Nacional Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Poder Ejecutivo la presente Resolución en cumplimiento de lo establecido en el numeral 5) del artículo 118º de la Cons-titución, concordante con lo previsto en el artículo 25º de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciuda- danos Nº 26300. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 19595 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 246-2004-JNE Lima, 27 de octubre de 2004 Vista, la Resolución Nº 021-2004-JEE/ABAN-J de fe- cha 23 de octubre de 2004, expedida por el Jurado Elec- toral Especial de Abancay, proclamando los resultados de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato deAutoridades Municipales 2004, obtenidos en las mesas de sufragio en el distrito de San Miguel de Chaccrampa, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac; CONSIDERANDO: Que el Jurado Electoral Especial de Abancay ha pro- clamado los resultados de la Consulta Popular de Revo- catoria del Mandato de Autoridades Municipales llevada a cabo el 17 de octubre de año 2004 en el distrito de SanMiguel de Chaccrampa, provincia de Andahuaylas, de-