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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G33/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 29 de octubre de 2004 SAN BARTOLO SAN BORJA SAN ISIDRO SAN JUAN DE LURIGANCHOSAN JUAN DE MIRAFLORES SAN LUIS SAN MARTÍN DE PORRESSAN MIGUEL SANTA ANITA SANTA MARÍA DEL MARSANTA ROSA SANTIAGO DE SURCO SURQUILLOVILLA EL SALVADOR VILLA MARÍA DEL TRIUNFO PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO DISTRITOBELLAVISTA CARMEN DE LA LEGUA REYNOSOCERCADO LA PERLA LA PUNTAVENTANILLA Regístrese, comuníquese y publíquese; CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 19532 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G41/G72/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65 /G54/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G20/G52/GFA/G73/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2004-VIVIENDA Lima, 25 de octubre de 2004CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Nacional de Tasacio- nes-CONATA formular los Valores Arancelarios de Te- rrenos Rústicos a nivel nacional que son aprobados por el Ministerio de Vivienda , Construcción y Sanea-miento; Estando a lo acordado por el Directorio del Consejo Nacional de Tasaciones, de conformidad con lo dispues-to en la Ley Nº 27792, Decreto Legislativo Nº 776 y con la opinión favorable del Viceministro de Vivienda y Urba- nismo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Valores Arancelarios de Terrenos Rústicos de la República, comprendidos en los departamentos de: Amazonas, Ancash, Apurímac,Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancaveli- ca, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piu-ra, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y de la Provincia Constitucional del Callao; cuya relación de- bidamente visada forma parte de la presente resolu-ción. Artículo 2º.- El Consejo Nacional de Tasaciones hará conocer los valores arancelarios que se aprueben por lapresente resolución a las Municipalidades Provinciales para que éstas a su vez los divulguen entre las Municipa- lidades Distritales de su jurisdicción. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 19533/G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G74/G69/G67/GFC/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G4A/G75/G65/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G49/G6E/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G2D/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 042-2004-CED-CSJLI/PJ Lima, veinte de octubre del 2004 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 07-2004-CED-CSJLI/ PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de julio del año en curso y el Acuerdo de sesión de Consejo de fecha 14 de los corrientes; y, CONSIDERANDO: Por resolución de vista el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, dispuso la pu- blicación del Cuadro de Antigüedad de Jueces de Prime-ra Instancia y otorgó un plazo perentorio para la formu- lación de observaciones; Asimismo, convocó a una próxima sesión, para la aprobación de la nómina, vencido el plazo indicado; Que, convocado el Pleno el catorce de los corrien- tes, el Consejo, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art.219º de la Ley Orgánica del Poder Judicial 1, con las observaciones planteadas y resueltas en su oportuni- dad, acordó aprobarlo y publicarlo; Estando a lo expuesto, el Consejo Ejecutivo Distrital, en uso de las atribuciones que la Ley le confiere, en sesión ordinaria, sin intervención de la Dra. Ana PatriciaLau Deza por encontrarse comprendida dentro de la causal de abstención prevista en el inciso 3) del artículo 88º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Adminis-trativo General; por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Antigüe- dad de los Jueces de Primera Instancia del Distrito Judi-cial de Lima, el mismo que es parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- REMITIR copia del indicado cua- dro a los Jueces de Primera Instancia Titulares para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Tercero.- PONER la presente en conoci- miento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Geren- cia General, Oficina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos de la Corte Superior de Justicia deLima y a los Magistrados que integran la nómina. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLAABEL BETANCOUR BOSSIOSERGIO SALAS VILLALOBOSOSCAR MENDOZA RAMÍREZ 1Art. 219º .-El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, organiza el cuadro de antigüedad de Vocales Supremos y el de méritos y antigüedad de los Vocales Superiores, y los actualiza permanentemente. Los Consejos Ejecutivos Distri- tales y las Cortes Superiores en su caso, hacen lo propio con los Magistradosque les conciernen.