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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (31/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G35/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 31 de octubre de 2004 Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y Ley Nº 28163 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS y Decreto Supremo Nº 040-2001-JUS; LeyNº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral; Reglamento de Sanciones a Conciliadores, Centros de Conciliación, Capacitadores y Centros de Formacióny Capacitación de Conciliadores, aprobado por Resolu- ción Ministerial Nº 245-2001-JUS, modificado por Reso- lución Ministerial Nº 314-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar la Autorización de Funciona- miento y el Registro del Centro de Conciliación SOLU- CION. Artículo 2º.- Disponer que la Secretaría Técnica de Conciliación, vele por el cumplimiento de la presente Re- solución y asuma la tenencia y custodia del Registro deActas y Acervo Documentario del Centro de Concilia- ción SOLUCION. Regístrese, comuníquese y publíquese. GIANNA MACCHIAVELLO CASABONNE Viceministra de Justicia 19648 PRODUCE /G50/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G6C /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G6D/G65/G72/G6C/G75/G7A/G61/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G66/G6C/G6F/G74/G61/G61/G72/G74/G65/G73/G61/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G65/G73/G63/G61/G6C/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 395-2004-PRODUCE Lima, 29 de octubre del 2004 Visto el Informe Nº 287-2004-PRODUCE/DNEPP- Dch del 26 de octubre del 2004 de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero sobre el segui-miento de los desembarques del recurso merluza en el marco del Régimen Provisional establecido por la Resolu- ción Ministerial Nº 186-2004-PRODUCE; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 186-2004-PRO- DUCE del 5 de mayo del 2004 y sus complementarias dispuestas por las Resoluciones Ministeriales Nº 197-2004-PRODUCE y Nº 237-2004-PRODUCE del 12 de mayo y 14 de junio del 2004 respectivamente, se esta- bleció un Régimen Provisional de Pesca del recursomerluza ( Merluccius gayi peruanus ) a partir del 15 de mayo hasta el 31 de diciembre del 2004, mediante la cual se autorizó la actividad extractiva del recurso con laparticipación de la flota arrastrera de mayor escala (in- dustrial), de menor escala y artesanal; habiéndose asig- nado una cuota total de captura de 24,000 toneladasmétricas para la flota de mayor escala y 1,700 toneladas métricas para la flota de menor escala y artesanal; Que a través del artículo 4º de la Resolución Ministe- rial Nº 186-2004-PRODUCE se dispuso que el Ministe- rio de la Producción suspenderá inmediatamente las actividades extractivas del recurso merluza, cuando sealcance las cuotas totales de captura establecidas por la citada resolución; Que la Dirección Nacional de Extracción y Procesa- miento Pesquero a través del Informe Nº 287-2004-PRO- DUCE/DNEPP-Dch señala que los desembarques del recurso merluza acumulados al 25 de octubre del 2004,indica que la flota pesquera artesanal y de menor escala han desembarcado en conjunto a 1,674.05 toneladas métricas del recurso merluza, cifra que se encuentrapróxima a la cuota de captura establecida para ambas flotas; y conforme al promedio de captura obtenido para el período del 18 al 25 de octubre del 2004 (6.83 tonela-da/día) se estima que la cuota de pesca establecida para la flota artesanal y de menor escala será cubierta en un plazo de 4 días aproximadamente; razón por lacual, resulta conveniente suspender las actividadesextractivas del recurso merluza para este tipo de flota a partir de las 00.00 horas del día 2 de noviembre del 2004; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE y el Reglamento de Ordenamiento Pesquerodel Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE; y, Con el visado del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prohibir las actividades extractivas del recurso merluza ( Merluccius gayi peruanus ) ejercidas por la flota artesanal y de menor escala, a partir de las00.00 horas del 2 de noviembre del 2004. La recepción del recurso merluza en los estableci- mientos industriales y/o desembarcaderos provenien-tes de la flota artesanal y de menor escala podrá efec- tuarse hasta las 12.00 horas del 2 de noviembre del 2004. El procedimiento está permitido hasta las 00.00horas del 3 de noviembre del 2004. Artículo 2º.- Precísese que la flota artesanal y de menor escala no podrá orientarse a la extracción delrecurso merluza bajo ninguna modalidad o sistema de pesca, a partir de la fecha de prohibición establecida en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Minis-terio de la Producción y las Direcciones Regionales de Producción de Tumbes, Piura y Lambayeque, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdic-ciones, velarán por el estricto cumplimiento de lo dis- puesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 19690 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G2D /G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G49/G56/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G64/G65/G6C/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2004-TR Lima, 27 de octubre de 2004 VISTO: El Oficio Nº 166-2004-MTPE/DVMPEMPE, de fecha 25 de octubre de 2004, del Despacho Viceministe- rial de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Em- presa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 217-2003- TR, de fecha 28 de agosto de 2003, se designó a la doctora Elsa Emma Irujo Orellana, como Directora de Programa Sectorial IV (F-6) de la Dirección Nacional deRelaciones de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente; Que, en mérito a lo expuesto, resulta conveniente emitir el acto administrativo mediante el cual se acepta larenuncia de la mencionada servidora; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el literal d) delartículo 12º del Reglamento de Organización y Funcio-