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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G35/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 31 de octubre de 2004 nes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la re- nuncia formulada por la doctora ELSA EMMA IRUJOORELLANA, en el cargo de Directora de Programa Sec- torial IV (F-6) de la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Em-pleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 19712 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G2D /G72/G69/G61/G6C/G20/G49/G56/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G2D/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 277-2004-TR Lima, 27 de octubre de 2004 VISTO: El Oficio Nº 166-2004-MTPE/DVMPEMPE, de fecha 25 de octubre de 2004, del Despacho Viceministe- rial de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Em- presa; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Programa Sectorial IV (F-6) de la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promo-ción del Empleo; Que, es necesario designar al funcionario que des- empeñara el mencionado cargo; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funcio-nes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 1 de noviem- bre de 2004, al doctor LUIS JOSÉ JACOBS GÁLVEZ, en el cargo de Director de Programa Sectorial IV (F-6) de la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo del Minis-terio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 19713 /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G63/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4E/GBA/G20/G35/G34/G35/G2C/G20/G49/G6E/G73/G74/G72/G75/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 279-2004-TR Lima, 28 de octubre de 2004CONSIDERANDO: Que, la Decisión Nº 545, Instrumento Andino de Migra- ción Laboral, aprobado el 25 de junio de 2003, establece entre otras obligaciones la creación de la Oficina de Mi-gración Laboral a cargo del Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo;Que, en tanto se realizan las acciones presupuesta- rias necesarias para la conformación de dicha oficina, el cumplimiento de la Decisión Nº 545 debe efectuarse asig- nando dichas funciones a los órganos del Ministerio quetengan atribuciones similares; Que, conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo, éste tiene entre sus finalidades regular los procedimientos administrativos laborales, así como cum- plir con las funciones asignadas por leyes específicas; Con el visto bueno del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27711 Ley del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Del encargo de funciones de la Oficina de Migración Laboral En tanto se implemente en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la Oficina de Migración Laboral prevista en la Decisión Nº 545 de la Comunidad Andinade Naciones, corresponderá a las Subdirecciones de Registros Generales u oficina que haga sus veces de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción delEmpleo del País, asumir las siguientes funciones: 1) Supervisar la situación laboral de los trabajadores migrantes andinos, las condiciones de trabajo y el cum- plimiento de las normas laborales por parte de los em- pleadores, en coordinación con las Subdirecciones deInspección o Seguridad y Salud en el Trabajo competen- tes. 2) Expedir la documentación que acredite la condi- ción de trabajador migrante andino a quienes ostenten dicha calidad. Artículo 2º.- Del trabajador migrante andino Trabajador migrante andino es el nacional de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú o Venezuela que se traslada entre dichos países con fines laborales bajo relación de dependencia, sea en forma temporal o per-manente. Artículo 3º.- De la vigencia La presente Resolución, entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Perua- no. Regístrese, comuníquese y publíquese JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 19707 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G2D/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 807-2004-MTC/02 Lima, 28 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del