Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G37/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de setiembre de 2004 Que, mediante Informe Nº 192-2004-MTC/ 17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizacio- nes de Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, señala que, habiéndo-se verificado el cumplimiento de los requisitos que es- tablece la legislación para otorgar la concesión solici- tada para la prestación del servicio público portadorlocal en la modalidad no conmutado, es procedente la solicitud formulada por la empresa E-BUSINESS DISTRIBUTION PERÚ S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Orde-nado del Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004- MTC, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPAdel Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunica-ciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa E-BUSINESS DIS- TRIBUTION PERÚ S.A., concesión para la prestación delservicio público portador local en la modalidad no conmu- tado por el plazo de veinte (20) años, en la provincia de Lima del departamento de Lima y la Provincia Constitucio-nal del Callao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con la empresa E-BUSINESS DISTRIBUTIONPERÚ S.A., para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el que consta de veinti- cinco (25) cláusulas y tres (3) anexos que forman parte dela presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue- ba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Públi-ca del referido contrato y de las Addendas que se suscri- ban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de con- cesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazomáximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la sus- cripción deberá cumplir previamente con el pago por dere-cho de concesión, por publicación de la presente Resolu- ción Ministerial, así como la presentación de la carta fian- za. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15885 VIVIENDA /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G69/G2D /G63/G69/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G69/G72/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G79/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2004-VIVIENDA Lima, 2 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 768-98-PCM, modificada por Resolución Suprema Nº 588-99-PCM, secreó el Comité de Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao, con la finalidad de proponer mecanis- mos de coordinación interinstitucional y los cambios nor-mativos orientados a la mejora de la calidad del aire de Lima y Callao; Que, el Reglamento de Estándares Nacionales de Ca- lidad Ambiental del Aire, aprobado por Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, establece en su Primera DisposiciónComplementaria que el referido Comité debe asumir las funciones asignadas en el artículo 27º al GESTA Zonal de Aire; Que, con posterioridad a la creación del Comité de Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao, a través de la Ley Nº 27779 se modifica el número y deno- minaciones de algunos Ministerios, por lo que es necesa-rio adecuar la representación original a las vigentes; asi- mismo, es conveniente incorporar a otros organismos pú- blicos y privados, así como facilitar la participación en lasdeliberaciones del referido Comité a otras personas natu- rales o jurídicas de derecho público o privado, en materias de su competencia; Que, según la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento y su Reglamento de Organización y Funcio-nes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VI- VIENDA, este Ministerio por su naturaleza es el ente rec- tor en los asuntos de vivienda, urbanismo, desarrollo ur-bano, construcción de infraestructura y saneamiento y entre sus objetivos está el de establecer las condiciones para el desarrollo urbano equilibrado y sostenible, conadecuados marcos de gestión y control de calidad am- biental; Que, es conveniente que la Comisión se autorregule a partir de un Reglamento Interno y que cuente con un órga- no de apoyo y asistencia, como es una Secretaría Técni- ca, a cargo del organismo cuyo representante ejerce lapresidencia; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformación del Comité de Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao Modifícase el artículo 1º de la Resolución Suprema Nº 768-98-PCM, modificada por el artículo 1º de la Resolu- ción Suprema Nº 588-99-PCM, por el siguiente texto: "Artículo 1º.- Constituir el Comité de Gestión de la Ini- ciativa del Aire Limpio para Lima y Callao, el cual estará integrado por: - El Viceministro de Vivienda y Urbanismo, del Ministe- rio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien lo pre-sidirá. - Dos representantes del Ministerio de la Producción, uno del Subsector Industria y otro del Subsector Pesque-ría. - Un representante del Ministerio de Energía y Minas. - El Director General de Salud Ambiental - DIGESA.- El Director de la Oficina del Medio Ambiente del Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - El Director General de Circulación Terrestre del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones. - El Director General de la Oficina General de Asuntos Socio Ambientales - DGASA del Ministerio de Transportesy Comunicaciones. - Un representante del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM. - El Jefe del Servicio Nacional de Meteorología e Hidro- logía - SENAMHI. - El Secretario Técnico del Consejo de Transportes de Lima y Callao. - Dos representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Dos representantes de la Municipalidad Provincial del Callao. - Dos representantes de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP: - Un representante de la Asociación Peruana de Con- sumidores y Usuarios - ASPEC. Los representantes podrán acreditar representantes alternos. La Comisión podrá convocar, a personas naturales o jurídicas de derecho privado o público, a participar en susreuniones, de acuerdo a la materia a ser tratada". Artículo 2º.- Creación de la Secretaría Técnica Créase la Secretaría Técnica del Comité de Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao, la cual de-penderá del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo.