Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G36/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de setiembre de 2004 sos, a cargo de la Comisión de Personal designada por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 1050/RE y 1117/RE, de 27 de noviembre y 17 de diciembre de 2003, y sobre el número de vacantes establecidas en la Resolución Supre-ma Nº 294-2003-RE de 2 de diciembre de 2003, es decir que la totalidad de los ascensos resultantes de ambos pro- cesos, no excedería del número total de vacantes estable-cidas en la mencionada Resolución Suprema; Que, por Resolución Ministerial Nº 1133-RE del 22 de diciembre del 2003, se resolvió declarar aptos para el pro-ceso de promociones a aquellos funcionarios que se en- cuentran comprendidos en la Cuarta, Quinta y Sexta Dis- posiciones Transitorias de la Ley Nº 28091, Ley del Servi-cio Diplomático de la República; encontrándose entre ellos el recurrente; Que, con Resolución Suprema Nº 003-2004-RE de fe- cha 8 de enero del 2004 se promovió a la categoría de Embajador a cuatro funcionarios diplomáticos; no consi- derándose entre ellos al recurrente; Que, la implementación de la Cuarta y Quinta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplo- mático de la República, se efectó en el marco de las nor-mas legales vigentes, al haberse establecido dentro de la facultad discrecional que otorgaban dichas disposiciones transitorias, que tanto la culminación del proceso extraor-dinario dispuesto por la Ley Nº 27550, así como los ascen- sos a la categoría inmediata superior de los funcionarios que fueron discriminados, se efectúe conjuntamente conel proceso de promoción del año 2003; Que por lo tanto lo solicitado por el recurrente deviene en infundado toda vez que la implementación de lo dis-puesto en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, así como los ascensos a la categoría inmediata superior delos funcionarios que fueron discriminados, disposiciones que se decidieron ejercer conforme a lo establecido por la Resolución Ministerial Nº 1127/RE de 19 de diciembre de2003, se efectó conjuntamente con el proceso de promo- ción 2003; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, Decreto Su- premo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servi-cio Diplomático de la República y la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Aurelio Pinto Bazurco Rittler, contra la Resolución Suprema Nº 003-2004-RE, por losfundamentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 16033 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G61 /G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G50/G72/G6F/G54/G65/G6D/G70/G6F/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G32/G30/G30/G34/G2D/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0714-2004-RE Lima, 2 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que el Perú en el XV Consejo Presidencial Andino cele- brado en Quito, el 12 de julio de 2004, ha asumido la Presi-dencia de la Comunidad Andina para el período julio 2004 - julio 2005; según lo dispuesto por la Decisión Nº 427, que establece la sucesión de la Presidencia de la Comunidad Andina de acuerdo al orden alfabético de los países andinos; Que a partir de esa fecha, el Perú preside el Consejo Pre- sidencial Andino, el Consejo Andino de Ministros de Relacio- nes Exteriores, la Comisión integrada por los Ministros deComercio, los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral y los Comités de la Comunidad Andina y tiene a su cargo la coordinación de la Política Exterior Común Andina; Que el Perú asigna particular importancia a la Presiden- cia de la Comunidad Andina, en la conducción de las acti- vidades del proceso andino, vinculadas principalmente ala profundización de la integración andina, la convergencia de la Comunidad Andina con el Mercosur y su proyección a Latinoamérica con miras a la creación del Espacio deIntegración Sudamericano, el desarrollo del Plan de Ac- ción para el Nuevo Diseño Estratégico de la CAN y profun- dización de la integración andina, la vinculación con la UniónEuropea para la suscripción de un Acuerdo de Asociación, que incluya un área de libre comercio y la renovación del SGP Drogas, entre otros temas; Que el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene a su car- go las labores de la Secretaría Pro Tempore de la Presidencia de la Comunidad Andina, la organización de los trabajos pre-paratorios para la elaboración de la agenda sustantiva de la XVI Reunión del Consejo Presidencial Andino, de la Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino y el segui-miento a los mandatos emanados del Acta de San Francisco de Quito de julio de 2004 y a las decisiones adoptadas; Que, en consecuencia, es necesario designar a los funcionarios diplomáticos que se encargarán de las labo- res de la Secretaría Pro Tempore de la Presidencia de la Comunidad Andina; Que mediante Resolución Ministerial Nº 0240/RE, de fecha 2 de abril de 2004, se designó como Coordinador Nacional al Embajador en el Servicio Diplomático de laRepública Gonzalo Gutiérrez Reinel y como Coordinador Nacional Alterno, al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Bérninzon Devéscovi, para la ejecu-ción de las acciones y negociaciones de la agenda de la Política Exterior Común de la Comunidad Andina; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite Nº 3905, del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior, de 23 de agosto de 2004; De conformidad con el artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exterio- res; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y el numeral 1º de la Resolución Ministerial Nº0370-RE, de 31 de agosto de 1983; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a los siguientes funciona- rios diplomáticos que se encargarán de las labores de laSecretaría Pro Tempore de la Presidencia de la Comuni- dad Andina para el período 2004-2005: - Embajador en el Servicio Diplomático de la Repúbli- ca, Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, Subsecretario de Asuntos Económicos y Coordinador Nacional de la Políti-ca Exterior Común de la Comunidad Andina; - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Oscar Enrique Bérninzon Devéscovi, Director deIntegración de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, Coordinador Nacional Alterno de la Política Exterior Co- mún de la Comunidad Andina; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Manuel Vallejo Martell, Subdirector de Integración de la Subsecretaría de Asuntos Económicos yCoordinador Nacional Alterno de la Política Exterior Co- mún de la Comunidad Andina; - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Eduardo Tavera Vega, funcionario de la Dirección de Integración de la Subsecretaría de Asuntos Económicos; y, - Segunda Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Miluska Rosario Cáceres Escalante, funciona- ria de la Subsecretaría de Asuntos Económicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 16001