Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2004 (06/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, lunes 6 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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anterioridad al MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral. Comercio, Industria, Servicios y otros usos (valuo superior a 30 UIT) 1.- Se condonan los intereses por las deudas tributarias existentes y que se generen por los anos 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003. 2.- Condonacion de las multas tributarias por las infracciones detectadas durante el MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral. 3.- Condonacion de multas tributarias impuestas con anterioridad al MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral. B) BENEFICIOS POR PAGOS DE LAS RESOLUCIONES DE DETERMINACION U ORDENES DE PAGO RESULTANTES DEL MORDAZA DE LEVANTAMIENTO PREDIAL CATASTRAL Siempre que el deudor tributario efectue el pago total de la deuda resultante de la verificacion de diferencias y de los saldos por pagar del contribuyente, al contado o fraccionado, una vez notificado el valor y ademas, en caso de tener reclamos contra los valores tributarios, se desista de los mismos, MORDAZA de notificada la resolucion de la instancia, tendra los siguientes beneficios: MORDAZA habitacion, terrenos sin construir (cualquier valuo), comercio e industria y otros (cuyo valuo no supere las 30 UIT) 1. Se extinguen las deudas existentes y generadas por los Arbitrios de Limpieza Publica de los anos 1999, 2000, 2001 y 2002. 2. Se extinguen las deudas existentes y generadas por los Arbitrios de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana de los anos 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003. 3. Se condonan los intereses por las deudas tributarias existentes y que se generen por los anos 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003. 4. Condonacion de las multas tributarias por las infracciones detectadas durante el MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral. 5. Condonacion de multas tributarias impuestas con anterioridad al MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral. Comercio, Industria, Servicios y otros (valuo superior a 30 UIT) 1.- Se condonan los intereses por las deudas tributarias existentes y que se generen por los anos 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003. 2.- Se rebajan las multas tributarias en 60% por las infracciones detectadas durante el MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral. C) BENEFICIOS EN COBRANZA COACTIVA Siempre que el deudor tributario efectue el pago total de la deuda resultante de la verificacion de diferencias y de los saldos por pagar del contribuyente, al contado o fraccionado, MORDAZA de ejecutarse la medida cautelar del Procedimiento Coactivo tendran los siguientes beneficios: MORDAZA habitacion, terrenos sin construir (cualquier valuo), comercio e industria y otros cuyo valuo no supere las 30 UIT 1.- Se condonan los intereses por las deudas tributarias existentes y que se generen por los anos 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003. 2.- Condonacion de las multas tributarias por las infracciones detectadas durante el MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral. 3.- Condonacion de multas tributarias impuestas con anterioridad al MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral.

Comercio, Industria, Servicios (valuo superior a 30 UIT) 1.- Se rebajan las multas tributarias en 30% por las infracciones detectadas durante el MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral. Articulo 4º.- INCENTIVO POR PAGO AL CONTADO En caso que el deudor tributario pague el adeudo resultante luego de aplicados los beneficios senalados en el Articulo 3º de la presente Ordenanza, sera de aplicacion los siguientes beneficios: A) POR PAGOS UNA VEZ EMITIDA LA LIQUIDACION Se aplicara un descuento del 10% sobre el monto acotado por diferencias en el calculo de Arbitrios y de los saldos por pagar del contribuyente, en el caso que se realice el pago al contado del adeudo. B) BENEFICIOS POR PAGOS DE LAS RESOLUCIONES DE DETERMINACION U ORDENES DE PAGO Se aplicara un descuento del 10% sobre el monto acotado por diferencias en el calculo de Arbitrios y de los saldos por pagar del contribuyente, en el caso que se realice el pago al contado del adeudo." Articulo 5º.- Otorguese un plazo extraordinario de cuarenta y cinco dias (45) en los procesos de ejecucion coactiva por cobro de deudas tributarias existentes y generadas por el MORDAZA de Catastro, iniciadas contra contribuyentes propietarios de predios destinados a MORDAZA habitacion (cualquiera sea su valuo) o comercios e industrias cuyo valuo no supere las 30 UIT, a fin de permitir que regularicen su situacion mediante el pago al contado o fraccionado, del total de la deuda liquidada, con los mismos beneficios de los Articulos 3 y 4 de la presente ordenanza y sin el pago de costas judiciales ni gastos administrativos propios de este MORDAZA coactivo. Articulo 6º.- El acogimiento a los beneficios del programa, constituye la aceptacion y reconocimiento de la determinacion de las deudas tributarias materia de los beneficios otorgadas y las impugnaciones que se interpongan con posterioridad al acogimiento del programa por las deudas senaladas en los articulos 3 y 4 de la presente MORDAZA generaran la perdida de los beneficios concedidos DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Dejese sin efecto las multas tributarias acotadas con motivo del MORDAZA de Levantamiento Predial Catastral, en tanto se emitan las normas reglamentarias dispuestas por la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final del D. Leg. Nº 952. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 16108

Precisan que expedientes iniciados hasta el 25 de MORDAZA de 2004 deben adecuar su tramite y derechos de pago a lo dispuesto en el MORDAZA aprobado por Ordenanza Nº 017-2004-MPC
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000028 Callao, 27 de agosto de 2004

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