Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2004 (06/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 6 de setiembre de 2004

de Adquisiciones y Contrataciones del SAT; Que, en tal sentido, el informe tecnico justifica la causal prevista en el articulo 19º, literal g), del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, por la causal de prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble ocupado por la entidad, a fin de exonerar dicha contratacion del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico; Que, de otro lado, mediante Informe Nº 004-08200000064, la Gerencia de Asuntos Legales opina que procede la mencionada exoneracion por la causal prevista en el articulo 19º, literal c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisando que dicha prorroga se debe efectuar observando lo dispuesto en numeral 3 del Articulo 119º del Reglamento; Que, conforme a lo expuesto, procede la aprobacion de la exoneracion para celebrar la prorroga del contrato de arrendamiento suscrito el 30 de MORDAZA del 2003 con el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales, para lo cual se debera observar lo dispuesto en el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 0112001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6º del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de Concurso Publico, por la causal prevista en el articulo 19º, literal g), del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, para la celebracion de la prorroga del contrato de arrendamiento suscrito el 30 de MORDAZA del 2003 con el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales, por un plazo de cuatro meses, estableciendose como valor referencial total la suma de US$ 140,727.56 (Ciento Cuarenta Mil Setecientos Veintisiete con 56/100 Dolares Americanos), monto que incluye tributos y todo concepto. Articulo 2º.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con recursos directamente recaudados, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado; asimismo, el MORDAZA de seleccion exonerado se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT del ano 2004. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que proceda a la contratacion indicada, previo cumplimiento de las normas aplicables, contenidas en el TUO de la Ley de las Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 4º.- Disponer que la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 115º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 16092

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Establecen disposiciones para la ampliacion de Beneficios Tributarios a que se refiere la Ordenanza Nº 000013
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000027 Callao, 27 de agosto de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion fecha 27 de agosto de 2004; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL ORDENANZA QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA LA AMPLIACION DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE LA ORDENANZA Nº 000013 Articulo 1º.- Modifiquese la Ordenanza Nº 000013 - 2004 y ampliese los beneficios tributarios de la misma, la cual quedara redactada de la siguiente manera: Articulo 2º. - "Apruebese la Ficha de Informacion Predial Catastral que sera usada en el MORDAZA de Levantamiento Predial Catastral, MORDAZA de la cual sera entregada en forma gratuita, por unica vez dentro del plazo de 20 dias habiles de culminado el levantamiento de informacion catastral." Articulo 3º. - Precisese que en el caso de los deudores tributarios que regularicen sus obligaciones derivadas de la constatacion consignada en la Ficha de Informacion Predial Catastral, durante el presente ejercicio, los beneficios establecidos, seran los siguientes: I.- TRIBUTARIOS: A) POR PAGOS UNA VEZ EMITIDA LA LIQUIDACION Siempre que el deudor tributario efectue el pago total de la deuda resultante de la verificacion de diferencias y de los saldos por pagar del contribuyente, al contado o fraccionado, hasta dentro de los 20 dias habiles de notificada esta y ademas, en caso de tener reclamos contra la determinacion de la deuda tributaria, se desista de los mismos, MORDAZA de notificada la resolucion de la instancia, tendra los siguientes beneficios: MORDAZA habitacion, terrenos sin construir (cualquier valuo), comercio e industria y otros (cuyo valuo no supere las 30 UIT) 1. Se extinguen las deudas existentes y generadas por los Arbitrios de Limpieza Publica de los anos 1999, 2000, 2001 y 2002. 2. Se extinguen las deudas existentes y generadas por los Arbitrios de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana de los anos 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003. 3. Se condonan los intereses por las deudas tributarias existentes y que se generen por los anos 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003. 4. Condonacion de las multas tributarias por las infracciones detectadas durante el MORDAZA de Levantamiento de Informacion Predial Catastral. 5. Condonacion de multas tributarias impuestas con

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