NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (06/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 18
PÆg. 275884 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de setiembre de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de Reinscripción de Libros Registrales Originales de Nacimiento de los años1972, 1973, 1978, 1979, 1981, 1982, 1983, 1984, 1985,1986 y Matrimonio de los años 1980, 1985, 1986, 1987 y1988, propuesta por la Oficina de Registro de Estado Civilque funciona en la Municipalidad Provincial de Bolívar,departamento de La Libertad, por los considerandosanteriormente expuestos. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Esta- do Civil que funciona en la Municipalidad Provincial deBolívar, departamento de La Libertad, para que proceda ala apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento yMatrimonio, con la finalidad de implementar el proceso dereinscripción que se aprueba con la presente Resolución,con sujeción a las normas legales, reglamentarias y admi-nistrativas que regulan las reinscripciones en los Regis-tros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reins- cripción deben tener el mismo Formato Oficial con la con-signación expresa por selladura “Reinscripción - Ley Nº26242 - 26497”, en la parte superior central del acta, elRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil, a travésde la Subgerencia de Registros del Estado Civil, deberáproveer los libros requeridos expresamente por la Oficinade Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 15487 S B S Designan representante de la SBS en la empresa Latino Leasing S.A. en liquidación RESOLUCIÓN SBS Nº 1512-2004 Lima, 2 de setiembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 671-2002 del 17 de julio del 2002, la Superintendencia de Banca y Segurosdeclaró la disolución y liquidación de Latino Leasing S.A.,encomendándose a los representantes de la Supe-rintendencia de Banca y Seguros señores María de losAngeles Martín Cueva y Mynor Juan Alarcón Medina a rea-lizar todos los actos necesarios para llevar adelante el pro-ceso de disolución y liquidación, previstos en la Resolu-ción SBS Nº 455-99; Que, el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero “D” requiere de personal para el normal cum-plimiento de las labores propias de análisis y supervisiónque realiza, por lo que resulta necesario que la señora Mariade los Angeles Martín Cueva se reintegre a dicho Depar-tamento de Evaluación de la cual forma parte y dar porconcluida la función encomendada en la empresa LatinoLeasing en liquidación. Que, en su reemplazo ha sido designada la señora Ana Melva Marina Mezzich Aparicio, funcionaria de estaSuperintendencia de Banca y Seguros, debiéndose otor-gar los poderes necesarios para que continúe conjun-tamente con el señor Mynor Juan Alarcón Medina en laadministración del proceso liquidatorio de la empresa Lati-no Leasing en liquidación. Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste-ma de Seguros, y Orgánica de la Superintendencia de Ban-ca y Seguros;RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la señora María de los Angeles Martín Cueva identifi-cada con DNI Nº 10320121, como representante de laSuperintendencia de Banca y Seguros en la empresa Lati-no Leasing S.A. en liquidación, designando en su reempla-zo a la señora Ana Melva Marina Mezzich Aparicio identifi-cada con DNI Nº 08195324, funcionaria de laSuperintendencia de Banca y Seguros. En consecuencia, quedan modificadas las Resolucio- nes SBS Nº 763-2002 y Nº 332-2003, en la parte a quehacen referencia a la señora María de los Angeles MartínCueva, debiéndose en su lugar considerar a la señora AnaMelva Marina Mezzich Aparicio. Artículo Segundo.- Se revoca los poderes otorgados a la señora María de los Angeles Martín Cueva, mediantelas resoluciones antes mencionadas, las mismas que me-diante la presente Resolución se otorgan a la señora AnaMelva Marina Mezzich Aparicio. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 16044 Dan por concluido proceso liquidato- rio de la Mutual de Vivienda Loreto en liquidación RESOLUCIÓN SBS Nº 1513-2004 Lima, 2 de setiembre de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTOS: El Informe Nº 48-2004-DACEL de fecha 23 de julio de 2004, emitido por el Departamento de Administración deCarteras y Empresas en Liquidación; así como el InformeFinal de Cierre, elaborado por el Liquidador de la Mutual deVivienda Loreto en Liquidación, en adelante la Mutual Lo-reto (L), en los cuales se concluye que el proceso liquida-torio de la Mutual se encuentra en condiciones de darsepor culminado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 073-93 de fecha 16 de febrero de 1993, se declaró en disolución a la MutualLoreto (L), para la liquidación definitiva de sus bienes ynegocios, cancelándose su autorización de funcionamien-to; Que, al inicio del proceso liquidatorio el Balance Gene- ral de la Mutual Loreto (L) registraba Activos por un montoque ascendía a S/. 3 741 mil (tres millones setecientoscuarenta y un mil Nuevos Soles), Pasivos por S/. 4 112 mil(cuatro millones ciento doce mil Nuevos Soles) y, en con-secuencia, un Patrimonio negativo de S/. 371 mil (trescien-tos Setenta y un mil Nuevos Soles); Que, durante el proceso liquidatorio la Mutual Lore- to (L) ha generado ingresos líquidos por un importe deS/. 4 465 469,72 (cuatro millones cuatrocientos sesen-ta y cinco mil cuatrocientos sesenta y nueve y 72/100Nuevos Soles) que le permitieron pagar en efectivohasta la suma de S/. 2 761 764,67 (dos millones sete-cientos sesenta y un mil setecientos sesenta y cuatroy 67/100 Nuevos Soles) a sus principales acreedores,incluyendo a sus ex ahorristas y Tesoro Público, con-forme a lo dispuesto por los artículos 196º (modificadopor Ley Nº 26420 del 23.12.94) y 198º de la Ley Gene-ral de Instituciones Bancarias, Financieras y de Segu-ros, Decreto Legislativo Nº 770, vigente a la fecha enque se elaboró el cuadro general de acreencias a car-go de la referida Mutual;