Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2004 (15/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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cule los planes institucionales de investigacion cientifica y tecnologica de ciencia, tecnologia e innovacion; Que, el 27 de MORDAZA del 2004 se publico la Ley MORDAZA de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, Ley Nº 28303, en la cual se establece que el objeto de la ley es el normar el desarrollo, promocion, consolidacion, difusion y transferencia de la Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CteI) en el pais; Que, la ley arriba mencionada dispone la creacion del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, la adecuacion del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia en el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CONCYTEC), del Fondo Nacional de Desarrollo Cientifico, Tecnologico y de Innovacion Tecnologica (FONDECYT), del Consejo Consultivo Nacional de Investigacion y Desarrollo para la Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, de la Red Nacional de Informacion Cientifica e Interconexion Telematica, Incentivos para la CteI, entre otras; Que, el articulo 9º de la mencionada Ley establece que el CONCYTEC es el organismo rector del Sistema, encargado de dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ambito de la ciencia, tecnologia e innovacion tecnologica; Que, los literales b) y d) del articulo 11º establece que son funciones del CONCYTEC el "Formular la politica y planes nacionales de desarrollo cientifico y tecnologico, articulando las propuestas sectoriales, regionales e institucionales de CteI, con los planes de desarrollo socioeconomico, ambientales y culturales del pais" y el de "Coordinar con los sectores y entidades del Estado y sector privado, sus planes estrategicos sectoriales y planes operativos institucionales, a fin de articularlos con el plan Nacional de CteI y de lograr la interconexion progresiva de sus sistemas de informacion en una red nacional de informacion cientifica e interconexion telematica"; Que, es necesario contar con un especialista que se encargue de realizar la complementacion de la Politica Nacional de CteI, a partir de la Ley MORDAZA de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, como parte del contenido del Plan Nacional de CteI; especialmente en los aspectos vinculados a la complementacion legislativa dispuesta, con plazos perentorios, en las primera, MORDAZA, sexta y setima disposiciones transitorias de la Ley Nº 28303; Que, el Magister MORDAZA Ramirez-Gaston Roe es un Sociologo egresado de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA, con Magister en Ciencias Sociales de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, con amplia experiencia en organismos publicos y privados en materia de gestion de ciencia, tecnologia e innovacion tecnologica, contando en su cartera de clientes a importantes entidades publicas y privadas, cumpliendo los requisitos establecidos por el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 111º de su Reglamento; Que, asimismo, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias, senala que, los servicios personalisimos son los Contratos de Locacion de Servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, la Oficina de Politicas de Ciencia y Tecnologia del CONCYTEC, mediante Informe Nº 02--2004-CONCYTECOPCyT informa, ha evaluado la necesidad de dicha contratacion y las cualidades personales del Mag. MORDAZA Ramirez-Gaston Roe, concluyendo que es el profesional idoneo dada su reconocida y amplia trayectoria en el tema de ciencia, tecnologia e innovacion tecnologica, para cumplir con el objetivo de realizar la labor de Coordinador de los consultores; Que, para tal efecto, la Oficina de Planificacion y Presupuesto informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestaria para efectuar la contratacion del citado profesional; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido su opinion favorable a traves del Informe Nº 149-2004-CONCYTEC-OAJ;

Que, el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, el presente MORDAZA esta incluido en el Plan Anual de Adquisiciones; Con la visacion del Jefe(e) de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, de la Jefa de la Oficina de Administracion, del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica y del Director Ejecutivo; De conformidad con la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28303, con el Decreto Legislativo Nº 112, con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento. SE RESUELVE: Articulo Primero.- EXONERAR al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica CONCYTEC del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de los servicios de consultoria especializada para la complementacion de la Politica Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, como parte del Plan Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion, mediante la modalidad de servicios personalisimos, hasta un total de S/.21,000.00 (VEINTIUN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) incluidos los impuestos de ley, los cuales seran cancelados en la forma que se establezca en el contrato. Articulo Segundo.- APROBAR la contratacion del Mag. MORDAZA Ramirez-Gaston Roe, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con el inciso h) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias. Articulo Tercero.- La contratacion a que se refieren los articulos precedentes sera realizada por la Oficina de Administracion, por un periodo MORDAZA de 3 meses y hasta por el importe de S/. 21,000.00 ( VEINTIUN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) incluido los impuestos de ley. El monto a pagar sera en partes y en las oportunidades previstas en el contrato. Articulo Cuarto.- La contratacion se MORDAZA con cargo a la siguiente cadena presupuestal: Programa: 007 Ciencia y Tecnologia; Sub programa 0025 Investigacion Aplicada; Actividad 1.00923 Politicas de Desarrollo Cientifico y Tecnologico; Componente: 3.02371 Planeamiento del Desarrollo Cientifico y Tecnologico. Articulo Quinto.- REMITIR la presente resolucion asi como los Informes tecnico y legal emitidos por las Oficinas de Politica en Ciencia y Tecnologia y de Asesoria Juridica respectivamente, a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 16632

INACC
Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de agosto de 2004
INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCION JEFATURAL Nº 03202-2004-INACC/J MORDAZA, 6 de setiembre de 2004

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