NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (17/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 72
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G36/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 17 de setiembre de 2004 con las Normas de adecuación Urbanística para limitados Físicos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001, las rampas peatonales de- berán tener un ancho libre mínimo de 0.90 ml y una longi- tud de 1.00 ml, y teniendo en cuenta que el diseño vialaprobado para el jirón La Cima no contempla dentro de sus componentes la ejecución de Bermas sino de una sección variable de jardín de 0.30 a 0.80 ml de ancho, no siendoposible la ejecución de la misma, toda vez que ésta no cum- ple con las medidas reglamentarias. Artículo Tercero.- DISPONER, que quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, la obligación del propietario de cancelar los déficits de apor-tes, que serán redimidos en dinero antes de la Recepción de las Obras y, en consecuencia, queda como garantía el Lote Único materia de la presente Resolución. En cumpli-miento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, artículo 29º, los déficits de aporte de Re-creación Pública de 105.52 m2 y Otros Fines de 26.38 m2 serán cancelados en la Municipalidad de Santiago de Sur- co, y para el Ministerio de Educación de 52.76 m² y ParquesZonales de 158.28 m2, deberán ser cancelados ante el Mi- nisterio de Educación y SERPAR-LIMA respectivamente. Artículo Cuarto.- REMITIR, los presentes actuados administrativos en copia certificada a la Dirección Munici- pal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolita- na de Lima, para su revisión de acuerdo a lo establecidoen el artículo 3º de la Ley Nº 26878. Artículo Quinto.- DISPONER que el señor ALFREDO CHAHUD ISSE y su esposa OLGA MARINA ODRIA DECHAHUD, efectúen la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado; sufragan-do los gastos a que hubiere lugar. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desa- rrollo Urbano a través de la Subgerencia de Autorización yControl de Obras el cumplimiento de los artículos prece- dentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BORDA SAN ROMÁN Gerente de Desarrollo Urbano 16783 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G72/G72/G6F/G72/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA /G34/G34/G32/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G47/G44/G55/G2D/G47/G43/G44/G4C/G2D/G4D/G53/G53/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G2D/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G6C/G20/G61/G70/G65/G6C/G6C/G69/G64/G6F/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G74/G61/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 477-2004-GDU-GCDL-MSS Expediente Nº 009139.2004 M-2 Santiago de Surco, 10 de setiembre del 2004EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO VISTO: El Informe Nº 1361-2004-SGACO-GDU-GCDL- MSS, de la Subgerencia de Autorización y Control de Obras, sobre rectificación de parte, por error material incurrido enla Resolución Gerencial Nº 442-2004-GDU-GCDL-MSS; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Gerencial Nº 442-2004-GDU- GCDL-MSS de fecha 30.8.2004 este corporativo resuelveAprobar de conformidad con los planos signados con el Nº 040.01-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS y Nº 040.02- 2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS, los proyectos referentes aTrazado, Lotización, Pavimentación de aceras, correspon- diente a la aprobación de habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para uso residencial de Baja Densidad R-1S en elterreno de 2,638.00 m2 constituido por el Lote 7 de la Parce- lación Semirrústica Las Laderas de Monterrico, ubicado en el jirón La Cima, en el distrito de Santiago de Surco y depar-tamento de Lima; Que, con Anexo 2 de fecha 1.9.2004, el propietario del predio señor ALFREDO CHAHUD ISEE Y SU ESPOSAOLGA MARINA ODRIA DE CHAHUD, solicitan a este Cor- porativo, se rectifique el error incurrido en la ResoluciónGerencial Nº 442-2004-GDU-GCDL-MSS de fecha 20.8.2004, al haberse consignado erróneamente el Apelli- do Materno del propietario, como ISSE, debiendo ser locorrecto ISEE; Que, la Subgerencia de Autorización de Control y Obras emite el Informe Nº 1361-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSSindicando que de la verificación de la Resolución Geren- cial y documentos de propiedad, se puede apreciar que en la Resolución Gerencial Nº 442-2004-GDU-GCDL-MSS, seconsigna erróneamente: el apellido del propietario como ALFREDO CHAHUD ISSE, siendo lo correcto: ALFREDO CHAHUD ISEE, debiéndose efectuar la corrección perti-nente; Que, en el Artículo Segundo de la Resolución Geren- cial Nº 442-2004-GDU-GCDL-MSS de fecha 20.8.2004, seotorga un plazo de dieciocho (18) meses para ejecución de Obras de Habilitación Urbana, el mismo que será am- pliado a un plazo de diez (10) años; Que el presente procedimiento se ha efectuado bajo la normatividad de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, en cuyo artículo 201º numeral 201.1que norma lo relativo a la rectificación de error material o aritmético en los actos administrativos, con efecto retroac- tivo y en cualquier momento, de oficio o a instancia de losadministrados; siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; motivo por el cual el error incurrido en la Resolución Gerencial Nº 442-2004-GDU-GCDL-MSS de fecha 30.8.2004 resulta técnicamen- te conforme proceder a su rectificación; Estando en el Informe Nº 1361-2004-SGACO-GDU- GCDL-MSS, de la Subgerencia de Autorización y Control de Obras y la normatividad contenida en la Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General y facultad expre-sa prevista en el literal e) del artículo 158º de la Ordenanza Nº 160-MSS; Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrati- vo General y facultad expresa prevista en el literal e) delartículo 158º de la Ordenanza Nº 160-MSS; RESUELVE:Artículo Primero.- RECTIFICAR, el error material in- currido en la Resolución Gerencial Nº 442-2004-GDU-GCDL-MSS de fecha 20.8.2004, en lo que respecta al ape- llido materno del propietario, en el trámite del Expediente Nº 009139-2004.M2, conforme lo siguiente: DICE: ALFREDO CHAHUD ISSE Y SU ESPOSA SE- ÑORA OLGA MARINA ODRIA DE CHAHUD. DEBE DECIR: ALFREDO CHAHUD ISEE Y SU ES- POSA SEÑORA OLGA MARINA ODRIA DE CHAHUD. Artículo Segundo.- ACLARAR, que el plazo para eje- cución de Obras de Habilitación Urbana, será de 10 años yno de 18 meses como se indica en el Artículo Segundo de la Resolución Gerencial Nº 442-2004-GDU-GCDL-MSS de fecha 20.8.2004. Artículo Tercero.- RATIFICAR en todos sus extremos lo indicado en la Resolución Gerencial Nº 442-2004-GDU- GCDL-MSS de fecha 20.8.2004, con excepción del Apelli-do Materno del propietario que es ALFREDO CHAHUD ISEE y no ISSE como erróneamente se consignó, y del plazo para ejecución de Obras de Habilitación Urbana, lamisma que será de diez 10 años y no dieciocho (18) me- ses, como erróneamente se indica en el Artículo Segundo de la Resolución Gerencial Nº 442-2004-GDU-GCDL-MSS Artículo Cuarto.- DISPONER se notifique con la pre- sente Resolución al administrado ALFREDO CHAHUD ISEE Y SU ESPOSA OLGA MARINA ODRIA DECHAHUD , para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de los artículos precedentes a la Gerencia de Desarrollo Urbanoa través de la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Autorización y Control de Obras. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BORDA SAN ROMÁN Gerente de Desarrollo Urbano 16784