NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (17/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 68
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G36/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 17 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000014-2004/ MDSJM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 dejunio del 2004, se aprobó la Ordenanza del Servicio deTransporte Público Especial de Pasajeros y/o Carga enVehículos Menores en el distrito de San Juan de Miraflo-res; Que, el artículo 35º de la precitada ordenanza señala que, para la determinación y autorización de los parade-ros, se elaborará un estudio técnico que tendrá en cuentalo siguiente: a) Plan Vial, b) Necesidad de Servicio, c) Zo-nificación del distrito, d) Demanda de desplazamiento delos usuarios, y e) Seguridad de pasajeros y transeúntes.Asimismo, establece que en defecto del Plan Vial se utili-zará como parámetro técnico, la capacidad de las vías paralos vehículos menores; Que, en ese sentido, para la atención de las solicitudes de autorización para el servicio especial en vehículos me-nores, es necesario que previamente se elabore el estudiotécnico de determinación de paraderos, en el cual se es-pecificará la flota requerida de los paraderos para el servi-cio especial en el distrito; Que, mediante Informe Nº 214-2004-MDSJM/GM- GSC-SGTOV, la Subgerencia de Transporte y Ordena-miento Vial, adjunta el Estudio Técnico de Determina-ción de Paraderos y Flota Requerida para el ServicioEspecial en Vehículos Menores en el distrito de San Juande Miraflores, en el cual contemplan 85 paraderos parala prestación del servicio especial y en 1,779 (Un milsetecientos setentinueve) los vehículos menores nece-sarios para cubrir satisfactoriamente la demanda del ser-vicio en el distrito, con características de calidad, segu-ridad e higiene, Estudio Técnico que cuenta con Informefavorable de la Oficina de Asesoría Jurídica Nº 1636-04-MDSJM/GM-OAJ de fecha 3.9.2004; Que, corresponde emitir el respectivo Decreto de Al- caldía aprobando el estudio técnico que se adjunta; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipali- dades - Ley Nº 27972, preceptúa que, los Decretos de Al-caldía establecen las normas complementarias y de apli-cación de las Ordenanzas Municipales; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y la Ordenanza Municipal Nº 000014-2004-MDSJM de estaComuna; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el “Estudio Técnico de Determinación de Paraderos y Flota requerida para el Ser-vicio Especial en Vehículos Menores en el distrito de SanJuan de Miraflores”, el mismo que consta de 200 folios, losque debidamente rubricados y sellados forman parte cons-titutiva del presente Decreto. Artículo Segundo.- Establecer en 85 los paraderos au- torizados con una flota requerida de 1,779 (Un mil sete-cientos setentinueve) vehículos menores para la presta-ción del Servicio de Transporte Público Especial de Pasa-jeros y/o Carga en Vehículos Menores en el distrito de SanJuan de Miraflores, conforme se especifica en el estudiotécnico referido en el artículo precedente; paraderos auto-rizados que se encuentran distribuidos en las tres zonasde trabajo aprobadas: a) ZONA DE TRABAJO Nº I (PAMPLONA - CIUDAD) Código PC-ZOTRA ITotal Paraderos: 25 b) ZONA DE TRABAJO Nº II (SAN JUAN) Código SJ-ZOTRA IITotal Paraderos: 40 c) ZONA DE TRABAJO Nº III (PANAMERICANA SUR) Código PASUR-ZOTRA IIITotal Paraderos: 20 Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Seguri- dad Ciudadana, a través de la Subgerencia de Transportey Ordenamiento Vial y demás Órganos competentes, elcumplimiento del presente dispositivo.Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi-cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 16768 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G22/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G6C/G61/G73 /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G4C/G61/G73/G20/G43/G61/G72/G6D/G65/G6C/G69/G74/G61/G73 /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G75/G65/G62/G6C/G6F/G20/G4A/G6F/G76/G65/G6E/G20/G48/G75/GE1/G73/G63/G61/G72/G22 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 488-2004-ALC-MDSA Santa Anita, 9 de setiembre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO:El Informe Nº 101-2004-CEP/OBRAS-MDSA de fecha 09-09-2004, emitido por el Comité Especial Permanentepor el cual se solicita la anulación del Proceso de Selec- ción de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 004-2004- GODU/MDSA, para la Obra: "Construcción de Aulas en elCentro Educativo Las Carmelitas en el Pueblo Joven Huás- car"; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0435-2004-ALC/ MDSA de fecha 12/08/2004, se aprueba las Bases Admi- nistrativas de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 004- 2004-GODU/MDSA, para la Contratación de una PersonaNatural, Jurídica o Consorcio que se encargue de la ejecu- ción de la Obra "Construcción de Aulas en el Centro Edu- cativo Las Carmelitas en el PP.JJ. Huáscar"; Que, según el Informe de vistos, el Comité Especial Permanente informa que durante la etapa de consultas del proceso de selección el postor Walter Barrenechea Sotoefectúa observación en el sentido que los precios unitarios del presupuesto base estarían por debajo de los precios actuales del mercado por lo que solicita se incremente losvalores unitarios de todas las partidas; Que, estando a la observación planteada, el Comité Especial Permanente luego de las coordinaciones nece-sarias, y luego de recibido de parte de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano un nuevo presupuesto base, elabora- do por el proyectista del expediente técnico contempladocon el visto bueno de la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte y en mérito a la observación planteada por el postor señalado en el párrafo precedente y cuyo valor refe-rencial asciende a S/. 97,831.46 nuevos soles, toma la de- cisión mediante Acta de fecha 08/09/2004, recomendar al Titular del Pliego resuelva la nulidad del proceso, por cuan-to el nuevo valor referencial supera el monto máximo permi- tido para procesos de selección de obras de menor cuan- tía, conforme al Artículo 17º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, co- rrespondiendo efectuarse un nuevo proceso bajo la moda- lidad de Adjudicación Directa Selectiva; Que, de conformidad al artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, "El Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa dela Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las causa- les establecidas en el Artículo 57º de la Ley, sólo antes dela celebración del contrato, sin perjuicio de la que sea de- clarada en la resolución recaída sobre los recursos impug- nativos"; Que, en vista de lo expuesto líneas arriba, analizado la situación y observando que el presente proceso de selec-