Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2004 (23/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 23 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Vistos, los Informes Nºs. 123-2004-EF/43.50 y 1654-2004EF/60 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, que sustentan la configuracion de servicios personalisimos previstos en el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias, y el articulo 111º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias, asi como la consiguiente exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion de los servicios de publicidad a ser brindados por diversos medios de comunicacion escrita, la cual debera ser realizada mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 417-2004-EF/43 se contrato, bajo la modalidad de servicios personalisimos, a la empresa Metrica S.A. para elaborar una estrategia de comunicacion orientada a informar a la ciudadania en general sobre los alcances de las modificaciones en normas pensionarias, la cual ha propuesto la implementacion de una MORDAZA informativa de alcance nacional, con el fin de hacer de conocimiento de la manera mas objetiva posible, la reforma constitucional propuesta; Que, en el MORDAZA de la referida MORDAZA informativa surge la necesidad, entre otros, de contratar servicios de publicidad que incluye la publicacion y distribucion de un encarte, a traves de diversos medios de comunicacion escrita elegidos por lectoria y credibilidad, a efectos de convocar mediante esta MORDAZA de difusion la participacion activa de la opinion publica en general, asi como de los diversos grupos objetivos mas directamente relacionados con la mencionada reforma; Que, de acuerdo con lo senalado por la Oficina General de Administracion en el Informe Nº 123-2004-EF/43.50 los servicios de publicidad seran contratados en los diarios: "El Comercio", "Trome", "Peru. 21", "Ojo", "Aja", "Correo","La Republica", "Expreso", "La Razon" y "La Industria de Trujillo", atendiendo a las consideraciones citadas en el parrafo precedente; Que, segun el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias, senala que los servicios personalisimos son los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, encontrandose incluidos en esta clasificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion; Que, el articulo 20º de la MORDAZA mencionada en el considerando precedente establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administracion, mediante Memorando Nº 12062004-EF/43.60 informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para efectuar la mencionada contratacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la contratacion de los servicios de publicidad que incluye la publicacion y distribucion de

un encarte en los diarios "El Comercio", "Trome", "Peru. 21", "Ojo", "Aja", "Correo","La Republica", "Expreso", "La Razon" y "La Industria de Trujillo", como servicios personalisimos, de conformidad con el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias y el articulo 111º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y normas modificatorias. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economia y Finanzas del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion de los mencionados servicios de publicidad para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial, disponiendo que esta se efectue mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- La contratacion a la que se refieren los articulos precedentes sera realizada por una sola vez, de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 123-2004-EF/43.50, y hasta por el importe de S/.400 000,00 (Cuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de Ley y se MORDAZA con cargo al presupuesto del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2004. Articulo 4º.- La contratacion indicada estara a cargo de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas, que seguira el procedimiento dispuesto por el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 5º.- La presente Resolucion Ministerial asi como los Informes Nºs. 123-2004-EF/43.50 y 1654-2004EF/60 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, seran de conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Disponer que la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion remita la informacion de la presente Resolucion Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE a traves del Sistema de Informacion sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 17142

Aprueban Asignacion y Prevision Trimestrales Mensualizadas del MORDAZA Trimestre del Ano Fiscal 2004
DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 044-2004-EF/76.01 MORDAZA, 21 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 30º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, senala que la Asignacion Trimestral de gastos constituye el MORDAZA financiero a considerar durante cada trimestre, debiendo servir de instrumento eficaz de la programacion del gasto cuya determinacion responde a la proyeccion actualizada de los ingresos que contempla el Programa Economico; Que, la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 ­ Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el ano fiscal 2004 aprobada por la Resolucion Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, en su articulo 16º establece que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico aprueba la Asignacion Trimestral de gastos correspondiente a las entidades del Gobierno Nacional; y el articulo 17º senala que la Prevision Trimestral de

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