NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (23/09/2004)
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TEXTO PAGINA: 7
PÆg. 276909 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 Vistos, los Informes Nºs. 123-2004-EF/43.50 y 1654-2004- EF/60 de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, que susten- tan la configuración de servicios personalísimos previstos en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modifica- torias, y el artículo 111º de su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias, así como la consiguiente exoneración del proceso de Concur- so Público para la contratación de los servicios de publicidad a ser brindados por diversos medios de comunicación escri- ta, la cual deberá ser realizada mediante el proceso de selec- ción de Adjudicación de Menor Cuantía; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 417-2004-EF/43 se contrató, bajo la modalidad de servicios personalísimos, a la empresa Métrica S.A. para elaborar una estrategia de comunicación orientada a informar a la ciudadanía en ge- neral sobre los alcances de las modificaciones en normas pensionarias, la cual ha propuesto la implementación de una campaña informativa de alcance nacional, con el fin de hacer de conocimiento de la manera más objetiva posi- ble, la reforma constitucional propuesta; Que, en el marco de la referida campaña informativa surge la necesidad, entre otros, de contratar servicios de publicidad que incluye la publicación y distribución de un encarte, a través de diversos medios de comunicación es- crita elegidos por lectoría y credibilidad, a efectos de con- vocar mediante esta campaña de difusión la participación activa de la opinión pública en general, así como de los diversos grupos objetivos más directamente relacionados con la mencionada reforma; Que, de acuerdo con lo señalado por la Oficina Gene- ral de Administración en el Informe Nº 123-2004-EF/43.50 los servicios de publicidad serán contratados en los dia- rios: “El Comercio”, “Trome”, “Perú. 21”, “Ojo”, “Aja”, “Correo”,”La República”, “Expreso”, “La Razón” y “La In- dustria de Trujillo”, atendiendo a las consideraciones cita- das en el párrafo precedente; Que, según el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias, están exoneradas de los proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones y con- trataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias, señala que los servicios personalísimos son los contratos de locación de servicios celebrados con personas natura- les o jurídicas cuando para dicha contratación se haya te- nido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particu- lares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio, encontrándose incluidos en esta cla- sificación los servicios de publicidad que prestan al Esta- do los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación; Que, el artículo 20º de la norma mencionada en el consi- derando precedente establece que las adquisiciones y con- trataciones exoneradas del proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, se realizarán me- diante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante Memorando Nº 1206- 2004-EF/43.60 informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para efectuar la mencionada contratación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Orde- nado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Es- tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la contratación de los servicios de publicidad que incluye la publicación y distribución deun encarte en los diarios “El Comercio”, “Trome”, “Perú. 21”, “Ojo”, “Aja”, “Correo”,”La República”, “Expreso”, “La Razón” y “La Industria de Trujillo”, como servicios personalí- simos, de conformidad con el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias y el artículo 111º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM y normas modificatorias. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economía y Fi- nanzas del proceso de Concurso Público para la contrata- ción de los mencionados servicios de publicidad para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la pre- sente Resolución Ministerial, disponiendo que ésta se efec- túe mediante el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- La contratación a la que se refieren los artículos precedentes será realizada por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 123-2004-EF/43.50, y hasta por el importe de S/.400 000,00 (Cuatrocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de Ley y se hará con cargo al presupuesto del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2004. Artículo 4º.- La contratación indicada estará a cargo de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, que seguirá el procedimiento dis- puesto por el Artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial así como los Informes Nºs. 123-2004-EF/43.50 y 1654-2004- EF/60 de la Oficina General de Administración y de la Ofi- cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, se- rán de conocimiento de la Contraloría General de la Repú- blica dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la fecha de aprobación de la presente Resolución. Artículo 6º.- Disponer que la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administra- ción remita la información de la presente Resolución Mi- nisterial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado - CONSUCODE a través del Sistema de Información sobre Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 17142 Aprueban Asignación y Previsión Tri- mestrales Mensualizadas del CuartoTrimestre del Aæo Fiscal 2004 DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 044-2004-EF/76.01 Lima, 21 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, el artículo 30º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, señala que la Asignación Tri- mestral de gastos constituye el marco financiero a consi- derar durante cada trimestre, debiendo servir de instrumen- to eficaz de la programación del gasto cuya determinación responde a la proyección actualizada de los ingresos que contempla el Programa Económico; Que, la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 – Directiva para la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupues- tario del Gobierno Nacional para el año fiscal 2004 aproba- da por la Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, en su artículo 16º establece que la Dirección Nacional del Pre- supuesto Público aprueba la Asignación Trimestral de gas- tos correspondiente a las entidades del Gobierno Nacio- nal; y el artículo 17º señala que la Previsión Trimestral de