NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (23/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 24
PÆg. 276926 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 precedentemente, la misma que no ha sido objeto de ape- lación, quedando firme administrativamente; Que, mediante Informe Nº 2901-2003-MTC/15.19.03.3 de fecha 3 de julio de 2003, la Dirección General de Con- trol y Supervisión de Telecomunicaciones, de los resulta- dos de la inspección técnica efectuada entre el 12 y 23 de junio de 2003, concluye de que la empresa en mención no ha iniciado operaciones del servicio telefónico fijo local en las modalidades de abonados y teléfonos públicos, según la obligación contemplada en el numeral 6.01 de la cláusu- la Sexta del contrato de concesión; Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 035-2004- MTC/17.01.ssp. opina que la empresa TELECABLE SIGLO 21 S.A.A., al haber incumplido con iniciar las operaciones del servicio concedido dentro del plazo pactado, se encuen- tra incursa en causal de resolución de contrato, la misma que operó de pleno derecho y por consiguiente ha queda- do sin efecto la Resolución Ministerial Nº 192-2001-MTC/ 15.03; recomendando emitir el acto administrativo corres- pondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supre- mo Nº 027-2004-MTC, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comuni- caciones; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho, el contrato de concesión suscrito con la empresa TELECABLE SIGLO 21 S.A.A., para la presta- ción del servicio telefónico fijo local en las modalidades de abonados y teléfonos públicos, en consecuencia, queda sin efecto la Resolución Ministerial Nº 192-2001-MTC/15.03 y demás resoluciones relacionadas al mencionado servi- cio concedido a dicha empresa, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17009 Autorizan viaje de Inspector de la Direc- ción General de AeronÆutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 699-2004-MTC/02 Lima, 21 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, establecien- do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro- bados por resolución suprema refrendada por el Presiden- te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres- pondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba- rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspec- ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba- sado en las disposiciones establecidas en el citado Con- venio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Taca Perú S.A., con Cartas GO-378/ 04 y GO-388/04, del 7 y 13 de setiembre de 2004, respecti- vamente, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor- tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aero- náutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrena- miento de Pan Am de la ciudad de Miami, a su personal aeronáutico propuesto, durante los días 24, 25, 27 y 28 de setiembre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 18806, 18807, 20529, 20530 y 20531, la solici- tante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el con- siderando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1431-2004-MTC/12.04-SDO designando al Ins- pector Oscar Gustavo Camino Freundt, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Air- bus 320, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Taca Perú S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 23 al 29 de setiembre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1431-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oscar Gusta- vo Camino Freundt, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de Améri- ca, durante los días 23 al 29 de setiembre de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Taca Perú S.A. a través de los Recibos de Acota- ción Nºs. 18806, 18807, 20529, 20530 y 20531, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle : Viáticos US$ 1,540.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si-