NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (23/09/2004)
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PÆg. 276924 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 des de Campo y de los Centros de Almacenamiento o Bo- degas. Esta actividad estará a cargo del Coordinador Ma- cro regional. - PREPARACIÓNEvaluación y revisión permanente de las posibles áreas de operación previamente identificadas. Se coordinará con los encargados de los puertos o puntos de ingreso (aéreo, marítimo, terrestre), así como con los administradores de probables bodegas, estableciéndose el flujo del transpor- te, las vías de acceso, determinándose los posibles pun- tos de embotellamiento y riesgos de bloqueo debido al im- pacto del evento adverso. Además, se determinará la vulnerabilidad de la infraes- tructura de las zonas donde se desarrollarán las operacio- nes, y se evaluará la disponibilidad del recurso humano para la operatividad del sistema. - RESPUESTAInstalación del software SUMA, efectuando las eva- luaciones intersectoriales de la situación en el terreno, con el fin de determinar la necesidades de la región afec- tada por el evento adverso, así como determinar las ca- pacidades disponibles localmente y los requerimientos complementarios para enfrentar dichas necesidades. Todo ello, en coordinación con la Oficina General de Defensa Nacional. El equipo de la Oficina General de Defensa Nacional y el Coordinador del Centro de Prevención y Control de Emergencias y Desastres procederán a instalar el Suma Central en el lugar previamente seleccionado para tal fin. 2. RESPONSABLES DEL USO DE LA HERRAMIEN- TA INFORMÁTICA SUMA OFICINA GENERAL DE DEFENSA NACIONAL (OGDN) 1. Es responsable de la implementación del SUMA en las dependencias del Ministerio de Salud. 2. Es responsable del envío de un equipo de expertos en el manejo del SUMA, el mismo que brindará apoyo y asesoría técnica. 3. Prepara al Equipo Macro regional SUMA. 4. Supervisa, monitorea y brinda asistencia técnica para el correcto funcionamiento del SUMA. 5. Coordina y articula acciones con la DIGEMID. 6. Coordina con la Oficina General de Epidemiología (OGE) referente a la vigilancia posterior en situaciones de emergencias o desastres, para una adecuada distribución de suministros. DIRECCIÓN GENERAL DE MEDICAMENTOS INSU- MOS Y DROGAS (DIGEMID) 1. Es responsable de adecuar las normas y procedi- mientos de vigilancia y protección sanitaria referidas a las actividades de donaciones ya existentes para atender si- tuaciones de emergencias y desastres. 2. Coordina acciones conjuntas con la OGDN relacio- nadas a la calidad y vigencia de los insumos de acuerdo a la normatividad vigente. OFICINA GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA (OGE)1. Es responsable de evaluar el riesgo potencial epi- démico después de los desastres naturales. 2. Coordina acciones conjuntas con la OGDN sobre necesidades específicas de acuerdo al perfil epidemiológi- co identificado. DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD (DIRESA) Y DI- RECCIÓN DE SALUD (DISA) 1. Es responsable de conducir, monitorear el funcio- namiento del SUMA, implementado en situaciones de emer- gencias o desastres, mediante la participación del coordi- nador del Centro de Prevención y Control de Emergencias y Desastres (CPCED) y el Equipo SUMA Macrorregional. 2. Remitir el informe final de la utilización de SUMA a la Oficina General de Defensa Nacional (OGDN).VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS La Oficina General de Defensa Nacional será respon- sable de: - Difundir la presente Directiva a nivel nacional. - Coordinar con la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Fundación para el Desarrollo del Sistema Integral de Manejo de Suministros (FUNDESUMA), el apo- yo necesario para su operación. - Formar los equipos de Respuesta SUMA para el nivel nacional y regional. - Desarrollar las capacidades necesarias y estrategias para la implementación y uso del SUMA a nivel nacional. VIII. DISPOSICIONES FINALESLa Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, en un plazo de ciento veinte (120) días, capaci- tará al personal de las DISAS y DIRESAS en el manejo de la herramienta informática “SUMA”. 17118 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Designan miembros del consejo consul- tivo del Programa de Capacitación La-boral para Jóvenes - PROJOVEN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2004-TR Lima, 20 de setiembre de 2004VISTOS: El Oficio Nº 430-2004-DVMPEMYPE/PROJO- VEN, de fecha 10 de setiembre de 2004, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROJOVEN; el Oficio Nº 360-2004-DVMPE, de fecha 13 de setiembre de 2004, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa; el Escrito de la Presidencia 125/SNI-2004, de la Sociedad Nacional de Industrias; el Oficio Nº CONFIEP PRE-563/ 04, de la Confederación Nacional de Instituciones Empre- sariales Privadas; el Oficio Nº 138-APEMIPE/2004, de la Presidencia de la Asociación de Pequeños y Medianos In- dustriales del Perú; y el Escrito de fecha 6 de setiembre de 2004, del CEOP “EPOCA VIRTUAL E.I.R.L”; el Escrito de fecha 7 de setiembre de 2004, de Servicios Educativos El Agustino - SEA; y el Oficio Nº 597-2004-CONAJU-CNJ/P, de fecha 6 de agosto de 2004, de la Presidencia de la Co- misión Nacional de la Juventud; y, CONSIDERANDO:Que, dentro de la política laboral y de promoción de empleo del Sector Trabajo y de Promoción del Empleo, se encuentra el Programa de Capacitación Laboral para Jó- venes - PROJOVEN, destinado a brindar capacitación y experiencia laboral a jóvenes de escasos recursos econó- micos, para favorecer su inserción al mercado laboral; Que, el reconocimiento legal del Programa de Capaci- tación Laboral para Jóvenes - PROJOVEN, se genera a partir de la Resolución Ministerial Nº 077-96-TR, que aprue- ba su inclusión a la estructura programática del entonces Ministerio de Trabajo y Promoción Social, actualmente, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 112-99-TR, de fecha 20 de julio de 1999, el Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes - PROJOVEN, se constituyó en una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con autonomía técnico-administrativa, económica y financiera, designándose a un coordinador como respon- sable de la conducción de su gestión; Que, con fecha 26 de marzo de 2004, la República del Perú suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Contrato de Préstamo Nº 1534/OC-PE, por el monto de hasta US$ 26 millones, para ser aplicados en el Programa de Capacitación Laboral de Jóvenes - PROJOVEN;