NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (27/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 6
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G37/G31/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de setiembre de 2004 me a lo señalado en el artículo 1219º inciso 4) del Código Civil; Que, resulta necesario procurar el cumplimiento de la obligación de la citada empresa comercial y la reparacióndel perjuicio económico causado al Archivo General de laNación, por lo que corresponde autorizar al ProcuradorPúblico, para que en representación y defensa de los inte-reses del Estado interponga las acciones pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judi-cial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientescontra la citada empresa comercial y los que resulten res-ponsables, conforme a los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para suconocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 17350 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 481-2004-JUS Lima, 24 de setiembre de 2004Visto el Oficio Nº 2168-04-JUS/PPMJ, de fecha 7 de setiembre del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 036-2004-OGA-OFIN, de fe- cha 18 de febrero del 2004, la Tesorería del Comité de Ad-ministración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Minis-terio de Justicia, da cuenta del Cuadro de Provisión deCuenta por Cobranza Dudosa - Ejercicio 2003, correspon-diente a tres ex servidores del Sector, respecto de los sal-dos de préstamo escolar, pago en exceso CAFAE 2001 yordinario-00, pendientes de devolución, y habiéndose he-cho de conocimiento de esta obligación, han incumplidocon depositar el valor indicado mediante cartas notariales; Que, mediante Oficio Nº 049-2004-JUS/CAFAE-P, de fecha 6 de setiembre del 2004, la Presidencia del Comi-té de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulodel Ministerio de Justicia, remitió a la Procuraduría Pú-blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio deJusticia, los respectivos antecedentes, a efecto que seexpida la Resolución Ministerial que autorice iniciar lasacciones civiles contra las personas que resulten res-ponsables, por el incumplimiento de sus obligaciones,conforme a lo señalado en el artículo 1219º inciso 4) delCódigo Civil; Que, resulta necesario procurar el cumplimiento de di- cha obligación y la reparación del perjuicio económico cau-sado al CAFAE-MINJUS, por lo que corresponde autorizaral Procurador Público, para que en representación y de-fensa de los intereses del Estado interponga las accionespertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del DecretoLey Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judi-cial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientescontra las personas comprendidas en el Cuadro de Provi-sión de Cuenta por Cobranza Dudosa - Ejercicio 2003, conforme a los fundamentos expuestos en la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para suconocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 17351 MIMDES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G22/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G69/GF1/G6F/G20/G79 /G64/G65/G6C/G20/G41/G64/G6F/G6C/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G20/G2D/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G2D /G70/G61/G22/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G69/G63/G72/G6F/G20/G52/G65/G64/G20/G41/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G61/G75/G63/G61/G72/G2D /G70/G61/G74/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G69/G6C/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G6A/G75/G64/G69/G2D/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G2C/G20/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G64/G65/G20/G76/G69/G73/G69/G74/G61/G20/G79/G20/G74/G65/G6E/G65/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 575-2004-MIMDES Lima, 23 de setiembre de 2004Vistos, la solicitud de la Médico Jefe de la Micro Red Ampliación Paucarpata; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27007, se facultó a las Defenso- rías del Niño y del Adolescente autorizadas a realizar con-ciliaciones extrajudiciales con Título de Ejecución, esta-bleciéndose en su artículo 4 que el entonces Ministerio dePromoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PRO-MUDEH, hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, autorizará, supervisará y llevará el registro defuncionamiento de las Defensorías que tengan las faculta-des señaladas en la citada Ley; Que, la Micro Red Ampliación Paucarpata, es promoto- ra del Servicio de Defensoría del Niño y el Adolescente, lamisma que tiene como uno de sus objetivos promover elfortalecimiento de los lazos familiares, por lo que solicitóse autorice a la “Defensoría del Niño y del Adolescente dela Familia - Arequipa” que promueve la citada red a realizarconciliaciones extrajudiciales con Título de Ejecución; Que, la Dirección General de Niñas, Niños y Adoles- centes, a través del Informe Nº 054-2003/MIMDES-DIGN-NA de fecha 2 de octubre del 2003, ha otorgado opiniónfavorable a la solicitud antes citada, luego de evaluar elexpediente, verificar la información proporcionada y cons-tatar que la Defensoría cuenta con infraestructura y mobi-liarios adecuados; así como con un ambiente privado pararealizar las conciliaciones y un adecuado sistema de ar-chivo y registro de las actas de conciliación; por lo quehabiendo cumplido con los requisitos señalados en la LeyNº 27007 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre-mo Nº 006-99-PROMUDEH, resulta procedente autorizara la “Defensoría del Niño y del Adolescente de la Familia -Arequipa” de la Micro Red Ampliación Paucarpata, a reali-zar conciliaciones extrajudiciales con Título de Ejecución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27007 - Ley que faculta a las Defensorías del Niño y el Adolescentea realizar Conciliaciones Extrajudiciales con Título de Eje-cución, y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 006-99-PROMUDEH, Ley Nº 27793 - Ley de Organiza-ción y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo So-cial - MIMDES, el Reglamento de Organización y Funcio-nes del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, y la Resolución Ministerial Nº 18-2000-PRO-MUDEH que aprobó la Directiva Nº 004-2000-PROMUDEH-GPNA “ Normas para la Autorización y Registro de las De-fensorías del Niño y el Adolescente para realizar Concilia-ciones Extrajudiciales con Título de Ejecución”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la “Defensoría del Niño y del Adolescente de la Familia - Arequipa” de la Micro Red