Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2004 (27/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 27 de setiembre de 2004

me a lo senalado en el articulo 1219º inciso 4) del Codigo Civil; Que, resulta necesario procurar el cumplimiento de la obligacion de la citada empresa comercial y la reparacion del perjuicio economico causado al Archivo General de la Nacion, por lo que corresponde autorizar al Procurador Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra la citada empresa comercial y los que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 17350 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 481-2004-JUS MORDAZA, 24 de setiembre de 2004 Visto el Oficio Nº 2168-04-JUS/PPMJ, de fecha 7 de setiembre del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 036-2004-OGA-OFIN, de fecha 18 de febrero del 2004, la Tesoreria del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo del Ministerio de Justicia, da cuenta del Cuadro de Provision de Cuenta por Cobranza Dudosa - Ejercicio 2003, correspondiente a tres ex servidores del Sector, respecto de los saldos de prestamo escolar, pago en exceso CAFAE 2001 y ordinario-00, pendientes de devolucion, y habiendose hecho de conocimiento de esta obligacion, han incumplido con depositar el valor indicado mediante cartas notariales; Que, mediante Oficio Nº 049-2004-JUS/CAFAE-P, de fecha 6 de setiembre del 2004, la Presidencia del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo del Ministerio de Justicia, remitio a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, los respectivos antecedentes, a efecto que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones civiles contra las personas que resulten responsables, por el incumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo senalado en el articulo 1219º inciso 4) del Codigo Civil; Que, resulta necesario procurar el cumplimiento de dicha obligacion y la reparacion del perjuicio economico causado al CAFAE-MINJUS, por lo que corresponde autorizar al Procurador Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra las personas comprendidas en el Cuadro de Provi-

MORDAZA de Cuenta por Cobranza Dudosa - Ejercicio 2003, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 17351

MIMDES
Autorizan a la "Defensoria del MORDAZA y del Adolescente de la Familia - Arequipa" de la Micro Red Ampliacion Paucarpata realizar conciliaciones extrajudiciales en materia de alimentos, regimen de visita y tenencia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 575-2004-MIMDES MORDAZA, 23 de setiembre de 2004 Vistos, la solicitud de la Medico Jefe de la Micro Red Ampliacion Paucarpata; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27007, se faculto a las Defensorias del MORDAZA y del Adolescente autorizadas a realizar conciliaciones extrajudiciales con Titulo de Ejecucion, estableciendose en su articulo 4 que el entonces Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, autorizara, supervisara y llevara el registro de funcionamiento de las Defensorias que tengan las facultades senaladas en la citada Ley; Que, la Micro Red Ampliacion Paucarpata, es promotora del Servicio de Defensoria del MORDAZA y el Adolescente, la misma que tiene como uno de sus objetivos promover el fortalecimiento de los lazos familiares, por lo que solicito se autorice a la "Defensoria del MORDAZA y del Adolescente de la Familia - Arequipa" que promueve la citada red a realizar conciliaciones extrajudiciales con Titulo de Ejecucion; Que, la Direccion General de Ninas, Ninos y Adolescentes, a traves del Informe Nº 054-2003/MIMDES-DIGNNA de fecha 2 de octubre del 2003, ha otorgado opinion favorable a la solicitud MORDAZA citada, luego de evaluar el expediente, verificar la informacion proporcionada y constatar que la Defensoria cuenta con infraestructura y mobiliarios adecuados; asi como con un ambiente privado para realizar las conciliaciones y un adecuado sistema de archivo y registro de las actas de conciliacion; por lo que habiendo cumplido con los requisitos senalados en la Ley Nº 27007 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-99-PROMUDEH, resulta procedente autorizar a la "Defensoria del MORDAZA y del Adolescente de la Familia Arequipa" de la Micro Red Ampliacion Paucarpata, a realizar conciliaciones extrajudiciales con Titulo de Ejecucion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27007 Ley que faculta a las Defensorias del MORDAZA y el Adolescente a realizar Conciliaciones Extrajudiciales con Titulo de Ejecucion, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-99-PROMUDEH, Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 0132002-MIMDES, y la Resolucion Ministerial Nº 18-2000-PROMUDEH que aprobo la Directiva Nº 004-2000-PROMUDEHGPNA " Normas para la Autorizacion y Registro de las Defensorias del MORDAZA y el Adolescente para realizar Conciliaciones Extrajudiciales con Titulo de Ejecucion"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la "Defensoria del MORDAZA y del Adolescente de la Familia - Arequipa" de la Micro Red

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