NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (27/09/2004)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G37/G31/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de setiembre de 2004 mente la Isla Lobos de Tierra por su notable Biodiversi- dad, implica la necesidad de efectuar la reprogramaciónen cuanto a sede de realización del evento se refiere;habiéndose determinado que éste se llevará a cabo en laciudad de Chiclayo en la fecha señalada en el conside-rando precedente; De conformidad a lo dispuesto en el artículo 37º del De- creto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27209, Ley de GestiónPresupuestaria del Estado, Ley Nº 28128, Ley de Presu-puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, LeyNº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministeriode la Producción; y, en uso de las atribuciones conferidaspor el literal i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE - Reglamento de Organización y Funcio-nes del Ministerio de la Producción y modificatoria; y, Con el visado de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Desarrollo y Planeamiento Estratégico, de Admi-nistración y del Despacho Viceministerial de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Tercer “Forum Taller: Medio Ambiente, Biodiversidad y Desarrollo Regional Sostenibleen las Actividades Pesqueras y Acuícolas”, de acuerdo alo descrito en la parte considerativa de la presente Resolu-ción Ministerial, el cual se llevará a cabo durante los días27 y 28 de setiembre del 2004, en la ciudad de Chiclayo;cuyo Programa y Presupuesto forman parte integrante delpresente dispositivo legal. Artículo 2º.- La organización del evento estará a cargo de la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Vicemi-nisterio de Pesquería del Ministerio de la Producción. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración a cumplir con el egreso que demande el cumpli-miento de la presente Resolución, hasta por el monto deS/. 26 960. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción, deberá afectarse con cargo de la partida presu-puestaria de la Dirección Nacional de Medio Ambiente delSubsector Pesquería, Función 12: Pesca; Programa 044:Promoción de la Producción Pesquera; Subprograma 0117:Fomento de la Pesca; Actividad 1.00531: Vigilancia y Con-trol del Medio Ambiente; Componente 3.00416: ControlAmbiental; Meta 00001: 01194 Preservación del MedioAmbiente, Fuente de Financiamiento: Recursos Directa-mente Recaudados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO VELASQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 17365 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F /G64/G65/G20/G70/G65/G73/G63/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G37/G31/G2D/G39/G34/G2D/G50/G45/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G65/G6D/G62/G61/G72/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G2D/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 245-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 13 de setiembre del 2004 Visto el escrito de registro Nº CE-03964001 de fecha 11 de marzo del 2004, presentado por la empresa TECNO-LÓGICA DE ALIMENTOS S.A., y el Informe Nº 222-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 27 de mayo del 2004. CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable dela embarcación a la que corresponde y que durante su vi-gencia la transferencia de la propiedad o posesión de lasembarcaciones pesqueras de bandera nacional conllevala transferencia de dicho permiso en los mismos términosy condiciones en que fue otorgado; Que por Resolución Ministerial Nº 371-94-PE, de fecha 14 de setiembre de 1994, se otorgó permiso de pesca a plazodeterminado a PESQUERA LOBO S.R.L., para operar laembarcación pesquera denominada "LOBO I", de matrículaIO-10201-PM, para ser destinada a la extracción de recursoshidrobiológicos orientados al consumo humano indirecto, enel ámbito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que mediante la Resolución Directoral Nº 203-2001- PE/DNEPP, de fecha 5 de setiembre del 2001, se aprobóel cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Re-solución Ministerial Nº 371-94-PE, para operar la embar-cación pesquera "LOBO I", con matrícula Nº IO-10201-PM,en los mismos términos y condiciones en que fue otorga-do, a favor del GRUPO SINDICATO PESQUERO DELPERÚ S.A.; Que mediante escrito del visto presentado con fecha 11 de marzo del 2004, la empresa TECNOLÓGICA DE ALI-MENTOS S.A. solicita el cambio de titular del permiso depesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 371-94-PE,modificado por Resolución Directoral Nº 203-2001-PE/DNE-PP, en su condición de nueva propietaria de la embarcaciónpesquera "TASA 21" (ex LOBO I), conforme se acredita conel correspondiente Certificado Compendioso de Dominio yel respectivo Certificado de Matrícula; así como la modifica-ción de la resolución autoritativa por cambio de nombre ymatrícula de la embarcación pesquera "LOBO I" por el ac-tual de "TASA 21", con matrícula Nº HO-10201-PM; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nºs. 150-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y 222-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y, con la opinión favorable de la Oficina Ge-neral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley Gene-ral de Pesca, el artículo 34º de su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las ResolucionesMinisteriales Nº 229-2002-PRODUCE y Nº 284-2003-PRO-DUCE y los Procedimientos Nºs. 6 y 19 del Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de la Pro-ducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolución Directoral Nº 203-2001-PE/DNEPP, en el extremo referidoal nombre y matrícula de la embarcación pesquera "LOBOI", cuya nueva denominación en adelante será "TASA 21",con nueva matrícula Nº HO-10201-PM, manteniéndose in-alterables las demás características técnicas de la referi-da embarcación. Artículo 2º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca autorizado por Resolución Ministerial Nº 371-94-PE, modificado por Resolución Directoral Nº 203-2001-PE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera de banderanacional con la nueva denominación de "TASA 21" (exLOBO I) con matrícula Nº HO-10201-PM, a favor de TEC-NOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A., en los mismos térmi-nos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº371-94-PE, modificado por Resolución Directoral Nº 203-2001-PE/DNEPP, a la empresa GRUPO SINDICATO PES-QUERO DEL PERÚ S.A., para operar la embarcación pes-quera "LOBO I" actualmente denominado "TASA 21". Artículo 4º.- Excluir a la empresa GRUPO SINDICA- TO PESQUERO DEL PERU S.A. y a la Resolución Directo-ral Nº 203-2001-PE/DNEPP, del Anexo III de la ResoluciónMinisterial Nº 229-2002-PRODUCE y del Anexo I, literal A)de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE, res-pectivamente. Artículo 5º.- Incorporar a la empresa TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A., como titular del permiso de pescaotorgado para operar la embarcación pesquera denominada"TASA 21" (ex LOBO I) con matrícula Nº HO-10201-PM,así como la presente Resolución, al Anexo III de la Reso-lución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y al Anexo I, li-teral A) de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODU-CE, respectivamente. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostasdel Ministerio de Defensa y a las Direcciones RegionalesSectoriales del Litoral, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 17366