Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2004 (27/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 27 de setiembre de 2004

Prorrogan designacion de Juez Suplente del Tercer Juzgado Especializado Penal del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 101-2004-P-CSJCL/PJ Callao, 22 de setiembre del 2004. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo Tercero de la Resolucion Administrativa Nº 087-2004-P-CSJCL/PJ, de fecha 10 de agosto del 2004 se resolvio designar al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente del Tercer Juzgado Especializado Penal del Callao, a partir del 11 de agosto ultimo y hasta el 11 de setiembre del ano en curso; Que, mediante Oficio Nº 4833-2004-P-CSJCL/PJ de fecha 13 de setiembre del ano en curso, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, dispuso por necesidad urgente del servicio prorrogar la designacion del citado senor Magistrado, por lo que corresponde regularizar dicho acto de administracion; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- PRORROGAR en via de regularizacion la designacion del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Suplente del Tercer Juzgado Especializado Penal del Callao, con efectividad al 13 de setiembre del ano en curso y hasta que se dicte disposicion en contrario. Articulo Segundo.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, de la Senora Fiscal Superior Decana, de la Oficina de Administracion Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, y del interesado para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) 17358

Que, la citada resolucion administrativa colisiona con lo dispuesto por el inciso 8, articulo 45º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, que dispone que el Presidente de Sala tiene como atribucion controlar la asistencia y puntualidad de los miembros de la Sala dando cuenta al Consejo Ejecutivo respectivo; es decir, es el Presidente de Sala quien debe establecer el mecanismo de control de asistencia, que no necesariamente es un formato como el indicado, siendo suficiente la comunicacion de las inasistencias al organo competente; Que, en tal sentido, es necesario establecer que los Presidentes de las MORDAZA Superiores, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Organica, MORDAZA quienes controlen las asistencias de los miembros de su Sala, debiendo adoptar el mecanismo que se ajuste a la necesidad del organo Jurisdiccional a su cargo; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha, los Presidentes de Sala, en cumplimiento del inciso 8 articulo 45º la Ley Organica del Poder Judicial, MORDAZA los que controlen la asistencia y puntualidad de los miembros de su Sala, sin necesidad del llenado de fichas. Articulo Segundo.- DISPONER que los Presidentes de las MORDAZA Superiores, comuniquen a la Presidencia de la Corte, solo las inasistencias de los miembros de su Sala. Articulo Tercero.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, de los senores Magistrados de esta Sede Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) Corte Superior de Justicia del Callao 17361

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Formalizan separacion definitiva de Jefe del Organo de Control Institucional de la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 378-2004-CG MORDAZA, 23 de setiembre de 2004 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 060-2004-CG/OCI, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, se efectua por este Organismo Superior de Control de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003CG, modificado por Resoluciones de Contraloria Nºs. 014 y 047-2004-CG, establece en el numeral 2.1 de su Primera Disposicion Transitoria, que la separacion definitiva del Jefe del Organo de Control Institucional se efectua por la Contraloria General de la Republica, mediante Resolucion de Contraloria publicada en el Diario Oficial El Peruano, previendose en el literal c) de dicho numeral que los casos de renuncia del Jefe del Organo de Control Institucional seran infor-

Disponen que el control de la asistencia y puntualidad de los miembros de Sala este a cargo de su Presidente
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 104-2004-P-CSJCL/PJ Callao, 23 de setiembre del 2004 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO: La Resolucion Administrativa Nº 228-97-SE-TP-CMEPJ, del trece de agosto de mil novecientos noventisiete; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de visto el entonces Titular del Pliego del Poder Judicial, senor MORDAZA Dellepiane Massa aprobo la Directiva Nº 002-97-SE-TP-CME-PJ, que regula el control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia de los Magistrados; Que, el Formato Nº 1, denominado Hoja de Control de Asistencia Diaria en la practica no ha cumplido ninguna finalidad, MORDAZA bien, el aludido control resulta una ficcion que se debe corregir;

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