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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G33/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de setiembre de 2004 Que, los fundamentos antes citados requieren de una eficaz y eficiente gestión ambiental, expresada en elmanejo sostenible de sus recursos naturales, en la mi-nimización y control de los impactos ambientales deri-vados de las actividades productivas y en la participa-ción clara y consciente de sus instituciones y pobla- ción; Que, el Consejo Nacional del Ambiente CONAM, or- ganismo rector de la política nacional ambiental, crea-do mediante Ley Nº 26410 del 16 de diciembre de 1994,en cumplimiento de su política de descentralización dela Gestión Ambiental, creó la Comisión Ambiental Re-gional de Tumbes - CAR Tumbes, mediante Decreto de Consejo Directivo Nº 003-99-CD /CONAM, del 23 de abril de 1999 como Órgano de Coordinación y Concer-tación de Política Ambiental a nivel de la Región Tum-bes; Que, la mencionada Comisión Ambiental Regional de Tumbes en el año 2000, elaboró el Plan de Acción Ambien-tal Tumbes al año 2015 y la primera Agenda Ambiental Regional para el período 2001 - 2002; Que, en el segundo semestre del 2003, el Gobierno Regional de Tumbes, impuso el relanzamiento de la Comi-sión Ambiental Regional de Tumbes y en coordinación conel CONAM se amplió el número de miembros y se incorpo-ró a nuevas instituciones de la Región, elaborándose lanueva Agenda Ambiental Regional para el período 2004 - 2005. Que, en sesión Ordinaria del Consejo Regional de Tum- bes desarrollada en la ciudad de Tumbes el día 1 de juniodel 2,004 mediante Acuerdo Nº 039-2004 GOB. REG. TUM-BES-CR-P APROBO por unanimidad emitir la Ordenanzade la Política Ambiental y la Agenda Ambiental Regional dela Región Tumbes; De conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las Atribuciones Conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales artículo 37º inciso a) de la LeyNº 27867; y, Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, la Política Ambiental Re- gional de la Región Tumbes, cuyo documento en dos (2) Folios forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR, la Agenda Ambiental Regional 2004 - 2005, la misma que en cuatro (4) folios forma parte integrante de la presente Ordenanza Regio- nal. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la difusión de la presente Ordenanza Regional al Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente en coordinación con el CONAM, el Presiden-te y los Miembros de la Comisión Ambiental Regionalde Tumbes. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Secretaría General del Gobierno Regional la Publicación de la presente Or-denanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en eldiario de mayor circulación de la Región, disponiendo suinclusión en el portal electrónico del Gobierno Regionalde Tumbes. Comuníquese a la señora Presidenta del Gobierno Re- gional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil cuatro. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tumbes, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil cuatro. ROSA IRIS MEDINA FEIJOO Presidenta Regional 17416/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G62/G2D /G73/G61/G6E/G61/G64/G6F/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G2D/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G75/G73/G6F/G20/G69/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G20/G75/G62/G69/G2D /G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G4D/G61/G72/GED/G61 /G64/G65/G20/G48/G75/G61/G63/G68/G69/G70/G61/G2C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G75/G72/G69/G67/G61/G6E/G63/G68/G6F/G20/G2D/G43/G68/G6F/G73/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1903 Lima, 1 de setiembre de 2004EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO, los Codificados Nº 43414-2004 y Nº 58358- 2004, mediante los cuales la Municipalidad Distrital de Lu- rigancho Chosica, solicita la Ratificación de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 684-2004/MDL, emitida con fe- cha 16 de junio de 2004, y su rectificatoria la Resolución de Gerencia Municipal Nº 874-04-/MDLCH, emitida con fecha 12 de agosto de 2004 promovida por la COMPAÑÍA CERVECERA AMBEV PERÚ S.A.C.; CONSIDERANDO:Que por Resolución de Gerencia Municipal Nº 280/ 04-MDL emitida por la Municipalidad Distrital de Lurigan- cho - Chosica el 19 de marzo de 2004 (fs. 381 al 383 del Codificado Nº 23384-04), se resuelve aprobar de con-formidad con el Plano Nº 02-2004-HU-SGTT-GODU- MDLCH, el Proyecto de Habilitación Urbana para Uso Industrial I-3, Lote Único, del terreno de 143,900.00 m² ubicado entre la Av. Las Águilas, calle Tokio y Av. Los Laureles del Centro Poblado Menor Santa María de Hua- chipa, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y de- partamento de Lima; Que por Resolución de Alcaldía Nº 508-MML, de fe- cha 22 de abril de 2004 (fs. 672 y 673 del Codificado Nº 23384-04), se resuelve No Ratificar la Resolución de Ge- rencia Municipal Nº 280/04-MDL, debido a que el pro- yecto aprobado por la Municipalidad Distrital de Lurigan- cho - Chosica no cumple con los Planes Urbanos en cuanto al aspecto vial de la Av. Los Laureles, la Av. Las Águilas y las vías separadoras de usos con vivienda; con los aportes reglamentarios y al no haber cumplido con redimir en dinero los déficit de acuerdo a la valoriza- ción comercial de las áreas de aportes para Parques Zonales y para Renovación Urbana previa a la emisión de la Resolución que aprueba el Proyecto de Habilita- ción Urbana de acuerdo a lo establecido en la Ordenan- za Nº 292-MML, así como al hecho de no contar con el Planeamiento Integral dispuesto en el Reglamento Na- cional de Construcciones y la Ordenanza Nº 249-MML ni con la factibilidad de servicios de agua potable y al- cantarillado establecida en la normatividad vigente; Que por Resolución de Gerencia Municipal Nº 684/2004- MDL (fs. 150 al 153 del Codificado Nº 43414-04), se re- suelve Declarar adecuado y/o subsanado, de conformidad con los planos U1, T-01, L-01, P-01 y P-03 signados con el Nº 008-2004-HU-SGTT-GODU-MDLCH, el Proyecto de Habilitación Urbana para Uso Industrial I-3, Lote Único, del terreno de 143,900.00 m² ubicado entre la Av. Las Águilas, calle Tokio y Av. Los Laureles del Centro Poblado Menor de Santa María de Huachipa, distrito de Lurigancho - Chosi- ca, provincia y departamento de Lima; Que por Oficio Nº 962-2004-MML-DMDU de fecha 5 de julio de 2004 (fs. 206 414-04), se solicita la subsanación de las observaciones advertidas al proyecto, respecto a la necesidad de la Municipalidad Distrital de aprobar el Pla- neamiento Integral del entorno del área del proyecto, y la corrección del error material en el cuadro de áreas consig- nado en la Resolución de Gerencia Municipal Nº 684/2004- MDL;