Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2005 (02/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06549

utilidad MORDAZA en beneficio del concedente se incrementara al 15 por ciento hasta el termino del contrato, sin menoscabo del incremento con referencia al indice inflacionario anual, y que la Garantia para el cumplimiento contractual el concesionario otorgara una sola garantia del 10% de la inversion. Debiendo de procederse su publicacion en el Diario Oficial El Peruano conforme lo establece el D.S. Nº 015-2004PCM; Estando a las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los senores Regidores por unanimidad aprobaron: ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la iniciativa privada presentada por el Gerente Municipal en su condicion de organismo promotor de la inversion privada, de acuerdo con la propuesta contenida en el Proyecto de Contrato integrante del Informe Nº 004-2005-GPHGM, con las conciliaciones efectuadas dentro del MORDAZA intermedio de la Sesion Extraordinaria anterior, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Municipales, Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural y a la Gerencia de Asesoria Juridica. Registrese, comuniquese y cumplase. LOMBARDO MAUTINO MORDAZA MORDAZA 06499

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Aprueban iniciativa presentada por el Gerente Municipal, relativa a condiciones de contrato de concesion del camal municipal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2005-GPH MORDAZA, 1 de marzo de 2005 EL CONCEJO DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE HUARAZ; por cuanto en su Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 04-2005-GPH de fecha 25 de febrero del 2005, preciso el Acuerdo de Concejo anterior, referente a la tramitacion y tratamiento de la solicitud de la Empresa Inversiones Generales Rataquenua SAC para la entrega en concesion del Camal Municipal de este Gobierno; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo senala el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, las entidades ediles son organos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales pueden otorgar concesiones a personas juridicas, nacionales o extranjeras para la ejecucion y explotacion de obras de infraestructura o de servicios publicos, conforme lo prescribe el Art. 33º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, en su Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 04-2005-GPH de fecha 25 de febrero del 2005, el Pleno del Concejo, preciso que en la Sesion Extraordinaria anterior se aprobo la iniciativa privada presentada por el Gerente Municipal en su condicion de organismo promotor de la inversion privada, de acuerdo con la propuesta contenida en el Proyecto de Contrato integrante del Informe Nº 004-2005-GPH-GM, con las conciliaciones efectuadas dentro del MORDAZA intermedio de la Sesion Extraordinaria anterior, donde verbalmente el Dr. MORDAZA Yuen MORDAZA informo que se tendra en cuenta que durante el periodo de vigencia del referido contrato, El Concesionario pagara al Concedente la retribucion equivalente a ocho mil nuevos soles mensuales, durante los tres primeros anos, y, en los sucesivos, un incremento equivalente al indice inflacionario anual del ano precedente, y a partir de la MORDAZA etapa, dicha retribucion se incrementara tomando como referencia el indice inflacionario y una participacion del 10 por ciento de la utilidad MORDAZA de la empresa concesionaria. Terminada la MORDAZA etapa, el porcentaje de participacion de

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURA MORDAZA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente al Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2005-MD.CM-A Cucungara, 11 de marzo del 2005 VISTO: El Informe Nº 009-2005/AL-MDCM del 11 de marzo del 2005 y el Acta de Sesion de Concejo Ordinaria Nº 007-05 del 11 de marzo del 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 0402005-MDCM-A del 9 de marzo del 2005 se resuelve, de conformidad con el Art. 57º del D.S. Nº 083-2005PCM (en adelante la Ley), declarar la Nulidad del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica ADP Nº 0001-2005/MDCM-PVL-CE, por no haberse emitido la Resolucion de Designacion del Comite Especial, no existir Acta de Instalacion del mismo ni de las reuniones efectuadas para la elaboracion de las Bases; Que, a traves del Informe de "Vistos" la Asesoria Legal de esta Municipalidad informa que la declaratoria de Nulidad de Oficio del MORDAZA ya mencionado lineas arriba, originara que durante el presente mes y tal vez durante el mes de MORDAZA no se cuente con los insumos lacteos suficientes para abastecer el Programa del Vaso de Leche, razon por la que se hace necesario que por Acuerdo de Concejo Municipal se declare la Situacion de Desabastecimiento Inminente, contenida en el Art. 21º de la Ley;

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