Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2005 (02/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 290077

Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispensa de la lectura y aprobacion del acta y con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo, se aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON Articulo Primero.- Aprobar la modificacion de los articulos 93º y 114º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ancon - ROF, aprobado mediante Ordenanza Nº 035-2004/MDA, en el extremo de las atribuciones de la Unidad de Recaudacion y Fiscalizacion y la Division de Policia Municipal, cuyo texto es el siguiente: Articulo 93º.- Funciones de la Unidad de Recaudacion y Fiscalizacion: a) Planear, organizar, dirigir, supervisar, evaluar y controlar las acciones de deteccion e imposicion de sanciones por infracciones a las disposiciones municipales. b) Organizar, dirigir, supervisar, controlar y evaluar las acciones del Cuerpo de Vigilancia Metropolitano. c) Coordinar con las Direcciones Municipales de linea que corresponda y con la Policia Municipal o Policia Nacional, para llevar a cabo los operativos que MORDAZA necesarios para asegurar el cumplimiento de las disposiciones municipales. d) Detectar, notificar y sancionar las infracciones a las disposiciones municipales vigentes segun el cuadro de sanciones y escala de multas vigente. e) Llevar el registro de inspecciones como instrumento del Sistema de Fiscalizacion y Control de las Disposiciones Municipales Administrativas. Articulo 114º.- Funciones de la Policia Municipal: a) Planear, organizar, dirigir, supervisar, evaluar y controlar las acciones de deteccion de sanciones por infracciones a las disposiciones municipales. b) Coordinar con las Direcciones Municipales de linea que corresponda y con Policia Nacional, para llevar a cabo los operativos que MORDAZA necesarios para asegurar el cumplimiento de las disposiciones municipales. c) Detectar las infracciones a las disposiciones municipales vigentes segun el cuadro de sanciones y escala de multas vigente. d) Llevar el registro de inspecciones como instrumento del Sistema de Fiscalizacion y Control de las Disposiciones Municipales Administrativas. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Deroguese las normas y demas disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Rentas y demas unidades organicas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06287

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de febrero del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º (modificado por la Ley Nº 27680) establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, ha establecido que es funcion especifica exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de Organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar fiscalizaciones de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica, de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del articulo 79º de la Ley Nº 27972). Que, en la jurisdiccion del distrito de Ate, en parte del sector 26 y 27 de MORDAZA MORDAZA (ubicado en el ex Fundo La Estrella), donde se han detectado ocupaciones y construcciones irregulares, derivadas del crecimiento desordenado de la poblacion y del problema del acceso a la vivienda, lo cual viene provocando una dinamica MORDAZA inadecuada, por lo que se hace necesario dictar las normas urbanisticas dentro de un Planeamiento Integral del Sector, que permita adoptar la estrategia de insertar los sectores normativos dentro del MORDAZA territorial existente, determinando una estructura basica, asi como las directrices normativas que permitan implementar las politicas urbanas y las acciones municipales para elevar las condiciones de calidad de MORDAZA de los habitantes del sector. Que, el Reglamento Nacional de Construcciones, Titulo II, Capitulo IV, Articulo 7.4 establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de vias primarias y la zonificacion de la totalidad de los predios, cualesquiera que fuera su area, siempre que este se encuentre comprendido en su totalidad dentro del Plan Regulador de Expansion correspondiente, siendo de caracter obligatorio que las habilitaciones futuras, cualesquiera que fuera el propietario y una vez aprobado sera inscrito obligatoriamente como carga en los Registros Publicos teniendo una vigencia minima de 5 anos, salvo que dentro del termino se apruebe oficialmente, un Plan Regulador que obligue al cambio de dicho Planeamiento Integral. Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 273-MML de fecha 27 de MORDAZA del 2000, aprobo las Normas Urbanisticas Metropolitanas en materia de Habilitaciones Urbanas para la Provincia de MORDAZA, faculto a las Municipalidades Distritales para establecer la obligacion del Planeamiento Integral en el caso de habilitaciones parciales de predios o islas rusticas, debiendo comprender la fijacion de la red de vias primarias y el establecimiento de aportes y los estudios de impacto ambiental, siempre que el predio se encuentre dentro de las areas urbanas o de expansion urbana. Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML el 6 de diciembre del 2001, aprueba la Actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, indica que el sector materia de planificacion se encuentra afectado por cuatro vias metropolitanas: - Av. Futura, Av. MORDAZA Grau y mediante Ordenanza Nº 371 de fecha 28 de MORDAZA del 2002, se aprueba a la Av. MORDAZA MORDAZA y Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las cuales requieren ser respetadas en el Planeamiento Integral que se aprueba, a excepcion de las dos ultimas debido a que en los tramites de habilitacion MORDAZA se han modificado incrementando su seccion. Que, mediante Resolucion Nº 0022 de fecha 16 de junio del 2004, se aprobo la Habilitacion MORDAZA Ejecuta

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban Planeamiento Integral de modulos viales de terrenos ubicados en el distrito
ORDENANZA Nº 078-MDA Ate, 28 de febrero del 2005

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