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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (10/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G35/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 10 de abril de 2005 por la Gerencia de Mercados y Emisores, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 132º, incisos b) y c), del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por DecretoSupremo Nº 093-2002-EF, son funciones de las bol-sas de valores fomentar la transacción de valores yproponer a la Comisión Nacional Supervisora de Em-presas y Valores, CONASEV, la introducción de nue- vas facilidades y productos en la negociación bursátil; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artícu- los 131º y 146º del Texto Único Ordenado de la Ley delMercado de Valores, aprobado por Decreto SupremoNº 093-2002-EF, las bolsas de valores se encuentranfacultadas para reglamentar su actividad y la de las sociedades agentes de bolsa que operen en ellas; asimismo, tales reglamentos deben contener losprocedimientos operativos para la realización de losmecanismos de negociación, el registro de las cotiza-ciones y la divulgación de la información relativa aellas y a los emisores; Que, en atención a las disposiciones anteriores y de acuerdo a lo establecido por el artículo 145º delTexto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valo-res, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF,la Bolsa de Valores de Lima S.A. ha presentado a CO-NASEV para su aprobación, el proyecto de modifi- cación del artículo 14º del Reglamento de Operacio- nes en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de LimaS.A., aprobado por Resolución CONASEV Nº 021-99-EF/94.10 y modificado por Resolución CONASEV Nº091-2000-EF/94.10; Que, la referida modificación tiene como objetivo adecuar la anticipación del plazo de aviso de la oferta así como el plazo de liquidación de la oferta pública deventa de valores a los estándares internacionales, enlos casos de la ofertas internacionales; Que, en consecuencia, resulta necesario adecuar dicho dispositivo a efectos de hacer viables las ofer- tas internacionales en el tramo local sin afectar de manera alguna la transparencia de la operación o losintereses de los inversionistas que participan en ella; Estando a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 7º y el artículo 145º del Texto Único Ordenadode la Ley del Mercado de Valores, el artículo 2º, inciso a), del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, Decreto Ley Nº 26126, así como a lo acorda-do por el Directorio de esta Comisión reunido en sesióndel 28 de marzo de 2005. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 14º del Reglamento de Operaciones en la Rueda de Bolsa de la Bolsa deValores de Lima S.A., aprobado por Resolución CONA-SEV Nº 021-99-EF/94.10 y modificado por ResoluciónCONASEV Nº 091-2000-EF/94.10, el cual quedará re- dactado de la siguiente manera: "Artículo 14º.- Colocaciones primarias y secunda- rias de valores La colocación primaria, la OPI y la OPV, entre otras, podrán realizarse en la Rueda de Bolsa bajo la moda- lidad de negociación periódica a través de una subasta observando las disposiciones legales y reglamentos vi-gentes y de acuerdo a las modalidades y procedimientosque determine el Consejo. La Sociedad encargada de la colocación de tales valores deberá publicar un aviso, a través de un medio de difusión de la Bolsa, con una anticipación mínima de tres (3) días antes de su realización, en el que se preci-se la modalidad y características de la subasta, así comolas condiciones para la adjudicación y liquidación de lasoperaciones. La liquidación de estas operaciones deberá efectuar- se en un plazo no menor al plazo fijado para las operacio- nes al contado. La mencionada anticipación para la publicación del aviso no será obligatoria tratándose de la colocaciónprimaria de Certificados de Depósitos Negociables con un plazo no mayor a un año a ser emitidos medianteoferta pública primaria por las empresas del SistemaFinanciero Nacional que se encuentren facultadas acaptar depósitos del público y que tengan la condiciónde Entidades Calificadas, así como de otros valores representativos de deuda inscritos en el Registro Públi- co del Mercado de Valores que de manera generaldetermine la Bolsa de Valores de Lima S.A., previa auto-rización de CONASEV. Asimismo, en estos casos el pla-zo de liquidación podrá ser menor al establecido en elpárrafo anterior. En el caso de valores inscritos en el Registro y en el RBVL, que se negocien en alguna bolsa de valoresque se encuentre sujeta a la supervisión de una en-tidad que forme parte del Comité Técnico de IOSCO,o en otro mercado organizado que sea autorizadopor CONASEV, y que pretendan ser objeto de una OPV en Rueda de Bolsa y simultáneamente de una oferta de similares características sujeta a la super-visión de una de las señaladas entidades, no seráobligatoria la anticipación para la publicación de unnuevo aviso de OPV cuando se hubiera modificadotan sólo la fecha de colocación. Sin embargo, sub- siste la obligación de publicar el referido aviso de la oferta. Asimismo, en las ofertas simultáneas descri-tas anteriormente, el plazo de liquidación de la OPVdeberá coincidir con la fecha de liquidación de la ofertasimultánea. En estos casos, las operaciones no fijarán cotiza- ción." Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a la Bolsa de Valores de Lima S.A. , a la Asociación de Socie- dades Agentes de Bolsa y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 06996 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G2D /G6D/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G4F/G66/G65/G72/G74/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G2D /G63/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G46/G61/G6C/G61/G62/G65/G6C/G6C/G61/G20/G50/G65/G72/GFA/G53/G2E/G41/G2E/G20/G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G43/G4D/G52/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 033-2005-EF/94.11 Lima, 6 de abril de 2005VISTOS:El Expediente Nº 2005004771 presentado por Inver- siones y Servicios Falabella Perú S.A. y el Memorándum Nº 1134-2005-EF/94.45 del 5 de abril de 2005 de la Ge-rencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, Inversiones y Servicios Falabella Perú S.A. es una persona jurídica constituida por escritura pú-blica del 1 de diciembre de 1994, ante Notario Públicode Lima, doctor Alfredo Paino S., e inscrita en la Par-tida Nº 0088331 de la Oficina Registral de Lima y Ca- llao; Que, mediante Junta Universal de Accionistas de In- versiones y Servicios Falabella Perú S.A. del 30 de di-ciembre de 2004 se acordó formular una oferta públicade intercambio, por la cual serán ofrecidas públicamenteen intercambio hasta 3 123 471 acciones a ser emitidas por Inversiones y Servicios Falabella Perú S.A., a cam- bio de hasta 6 052 831 acciones comunes emitidas por