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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G30/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de abril de 2005 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G58/G20/G61/G20/G43/G6F/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G2D /G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G50/G45/G43/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G72/G6F/G2D /G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 132-2005-MINCETUR/DM Lima, 15 de abril de 2005 Visto el Oficio Nº 500-2005-PROMPEX/DE, del Director Ejecutivo de la Comisión para la Promoción de Exportacio-nes - PROMPEX. CONSIDERANDO:Que, Comisión para la Promoción de las Exportacio- nes - PROMPEX tiene como finalidad, conforme a su Re-glamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo alposicionamiento y consolidación de los bienes y servicios en el mercado internacional, a través de una acción con- certada con el sector privado y las diferentes institucionespúblicas relacionadas con el comercio exterior del país, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversificación de la oferta expor-table peruana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y la apertura y consolidación de los merca- dos de exportación; Que, la Agencia Coreana de Promoción de Comercio e Inversiones (Korean Trade-Investment Promotion Agency - KOTRA), ha cursado invitación a PROMPEX, para queparticipe en la 17ª Reunión del Grupo de Trabajo del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico - APEC, en Pro- moción de Exportaciones (Working Group on Trade Promo-tion - WGTP), a realizarse en la ciudad de Busan, Repúbli- ca de Corea, del 20 al 22 de abril de 2005; Que, dicha Reunión está dirigida a las agencias de promoción de exportaciones y en ella se tratarán asuntos vinculados a la promoción del comercio exterior más libre a través de la región Asia-Pacífico; Que, la participación de un representante de PROMPEX en dicho evento contribuirá al logro de los fines institucionales; Que, PROMPEX, es un Organismo Público Descentra- lizado del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, conforme al literal c) del artículo 6º de la LeyNº 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Joaquín Schwalb Helguero, funcionario de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Comisión para la Promoción de Expor- taciones - PROMPEX, a la ciudad de Busan, República deCorea del Sur, del 17 al 23 de abril de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pre- supuesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción deExportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Ex- portaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 260,00 x 4 días) : US$ 1,040.00 Pasajes : US$ 1,964.25 Tarifa CORPAC : US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el representante de PROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de la pre- sente Resolución, presentará al Titular de la entidad uninforme detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la comisión de servicios. Asimismo pre- sentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos adua- neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07468 JUSTICIA /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G70/G6F/G6E/G65/G72/G20/G65/G73/G74/G72/G61/G74/G65/G67/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G66/G65/G6E/G2D /G73/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G61/G73/G6F/G20/G43/G44/G48/G20/G4E/GBA/G20/G31/G32/G2E/G34/G31/G33/G20/G28/G47/G61/G72/G63/GED/G61 /G41/G73/G74/G6F/G20/G79/G20/G52/G61/G6D/GED/G72/G65/G7A/G20/G52/G6F/G6A/G61/G73/G29 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2005-JUS Lima, 15 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de junio de 2004, la Comisión Inte- ramericana de Derechos Humanos decidió someter el CasoNº 12.413 - García Asto y Ramírez Rojas ante la CorteInteramericana de Derechos Humanos (CDH); Que, con fecha 12 de octubre de 2004, mediante Nota CDH Nº 12.413/024, la Corte Interamericana de DerechosHumanos notificó la demanda al Estado Peruano; Que, con fecha 23 de diciembre de 2004, el doctor Felipe Villavicencio Terreros, Agente Titular del EstadoPeruano ante la Corte Interamericana de Derechos Huma-nos contestó el escrito de demanda; Que, con fecha 18 de marzo de 2005, la Corte Intera- mericana de Derechos Humanos decidió convocar a la Comi-sión Interamericana de Derechos Humanos, a los represen-tantes de las presuntas víctimas, y al Estado Peruano a unaaudiencia pública en relación con el fondo, las eventualesreparaciones y costas en el Caso Nº 12.413 - García Asto yRamírez Rojas. Dicha audiencia se celebrará en la ciudad deAsunción, Paraguay, en la sede de la Corte Suprema de esepaís, a partir del día 10 de mayo de 2005, a las 9.00 horas; Que, en ese contexto, y dada la importancia del presente proceso judicial seguido en contra del Estado Peruano antela citada Corte Interamericana, se ha considerado conve-niente conformar una Comisión de Trabajo que se encarguede elaborar y proponer a la representación del Estado unaestrategia de defensa, la misma que será expuesta en lamencionada audiencia pública, así como en los alegatos, losque deberán enmarcarse dentro de la preocupación del Go-bierno por asegurar una actuación estatal coherente con loscompromisos asumidos en materia de derechos humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto SupremoNº 019-2001-JUS, Reglamento de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar una Comisión de Trabajo encar- gada de elaborar y proponer a la representación del Estadouna estrategia de defensa para el Caso Nº 12.413 tramita-do ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Artículo 2º.- La Comisión de Trabajo a la que se refiere el artículo precedente, estará integrada por: - El Dr. Felipe Alfredo Villavicencio Terreros, Agente Titular del Estado Peruano ante el Caso CDH Nº 12.413 - García Asto - Ramírez Rojas. - El Dr. Julio César Santa Cruz Cahuata, Agente Alterno del Estado Peruano ante el Caso CDH Nº 12.413 - García Asto - Ramírez Rojas. - El Dr. Jorge Villegas Ratti.- El Dr. César Azabache Caracciolo. Artículo 3º.- La Comisión de Trabajo presentará los respec- tivos informes resultado de su labor al titular del Sector Justicia. Artículo 4º.- La Comisión culminará con sus funciones treinta (30) días hábiles computados desde la expedición de la senten- cia por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 07445