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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (17/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G30/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de abril de 2005 de fondos, proyectos y programas iniciada a partir del año 2003 e inicia la transferencia de funciones y servicios en materias sectoriales a partir del año 2004. Que, mediante la Ley Nº 28273, se ha establecido el Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, con el fin de garantizar la transferencia de funcio- nes sectoriales, incluidos el personal, acervo documenta-rio, recursos presupuestales y bienes muebles e inmuebles vinculados a éstas, de los sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, en el marco de laprogresividad y orden que dispone el artículo 88º de la Constitución Política del Perú, la misma que ha sido regla- mentada mediante el Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28273, el mismo que desarrolla el marco normativo del Sistema de Acredita-ción de los Gobiernos Regionales y Locales. Que, el artículo 7º inciso g) de la Ley Nº 28273, en concordancia con el artículo 21º del Decreto SupremoNº 080-2004-PCM establece los requisitos generales que los Gobiernos Regionales deben cumplir para poder certifi- car su acreditación; entre los que se encuentra el Plan deParticipación Ciudadana, instrumento de gestión que fo- menta el ejercicio de los derechos de intervención ciuda- dana en la gestión del desarrollo regional. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política y la Ley Orgánica de Gobiernos Regio- nales; el Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Ordinariade fecha 17 de marzo del 2005, se aprobó la siguiente: ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN DE PARTI- CIPACIÓN CIUDADANA, como instrumento de gestión ins-titucional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regio- nal de Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial ejecutar las acciones necesarias para el cumpli- miento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación local. Artículo Cuarto.- DISPENSAR del trámite de lectura y aprobación del acta. Por tanto mando se publique y cumpla.EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 07386 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE COMAS /G52/G65/G64/G75/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G73/G6F/G6C/G75/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G64/G65 /G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G79/G20/G6A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G32/G20/G61/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 152-C/MC Comas, 8 de abril de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de abril del 2005, el Dictamen de la Comisión de Administración, Planificación, Economía y Asuntos Legales sobre aproba-ción de beneficios tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo II del Título Preli- minar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia; Que, de otro lado, el Art. 40º del cuerpo legal antes citado, establece que la Ordenanza es el instrumento nor-mativo por medio de los cuales se crean, modifican, supri- men o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Có- digo Tributario aprobado por D.S. N° 135-99 EF, establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por nor- ma expresa con rango de ley y excepcionalmente los Go-biernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto a los tributos que administren; Que, el proyecto elevado por la Gerencia de Adminis- tración Tributaria de visto, sobre el beneficio a otorgar, se encuentra arreglado a ley y destinado a facilitar a los con-tribuyentes el pago de deudas atrasadas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por el Art. 9º de la Ley N° 27972 Ley Orgánica deMunicipalidades, luego de las deliberaciones respectivas, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- REBAJAR en 30% el monto insoluto de las deudas de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines de los ejercicios 2002 al 2004. Artículo Segundo.- Los contribuyentes que durante la vigencia de la presente Ordenanza cancelen la deuda más reciente de los tributos especificados en el artículo prece- dente, podrán acogerse a los siguientes beneficios: a.- SUPRIMIR las deudas de arbitrios de limpieza públi- ca, parques y jardines de los ejercicios 1996 al 2001, inclui-das las que se encuentren en fraccionamiento. b.- CONDONAR los reajustes y moras de las deudas del Impuesto Predial de los ejercicios 1996 al 2004 y de lasdeudas de arbitrios de limpieza pública parques y jardines de los ejercicios 2002 al 2004. Artículo Tercero.- Las deudas liberadas de reajustes e intereses moratorios, podrán ser fraccionadas sin intereses de fraccionamiento hasta un (1) mes posterior a la fecha devencimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- SUPRIMIR de oficio las deudas tribu- tarias de arbitrios de limpieza pública de los ejercicios 1996al 2001 a aquellos contribuyentes que a la fecha de entra- da en vigencia de la presente Ordenanza hubiesen cance- lado la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpie-za Pública, Parques y Jardines de los ejercicios 2004 y 2005. Artículo Quinto.- No podrán acceder a los beneficios de la presente Ordenanza, las deudas tributarias respecto a las cuales se encuentre en trámite recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal, demanda contencioso administrati-va ante el Poder Judicial y otros, salvo que se acredite el desistimiento de la pretensión ante el órgano jurisdiccional correspondiente. Artículo Sexto.- Para efectos del fraccionamiento, res- pecto a las deudas en cobranza ordinaria, podrán estable- cerse hasta 10 cuotas incluida la inicial. La cuota inicial nopodrá ser inferior al 10% de la deuda a fraccionar y las cuotas mensuales no deberán establecerse menores a S/. 30.00 (Treinta y 00/100 Nuevos Soles). Las deudas en cobranza coactiva podrán fraccionarse hasta en ocho cuotas incluida la inicial la que será fijada por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva. En caso de deudas contra las cuales se hubiese inter- puesto medidas cautelares de inscripción de la propiedad en los registros públicos (remates), dicha medida subsistiráhasta la total cancelación de la deuda tributaria. El derecho de fraccionamiento por la suma de S/. 5.00 establecido por el Art. 4º de la Ordenanza MunicipalN° 078-C/MC, se mantiene. Artículo Séptimo.- En todo lo no previsto respecto al fraccionamiento o refinanciamiento de deudas tributariassupletoriamente deberá aplicarse lo prescrito por el Regla- mento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No tri- butarias aprobado por Ordenanza Municipal Nº 078-C/MC. Artículo Octavo.- Dense por atendidos los expedientes de reclamaciones respecto a las deudas por las cuales los contribuyentes se acojan a los beneficios otorgados por lapresente Ordenanza. Artículo Noveno.- La vigencia de la presente Orde- nanza es de un (1) mes computado a partir del día siguien-te de su publicación en el Diario Oficial el Peruano. Artículo Décimo.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas com-