Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2005 (17/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Desarrollo Institucional previsto en el inciso q) del Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, instrumento de gestion que expresa la revision de las diferentes dependencias que conforman el Gobierno Regional de Ucayali, a traves de sus planes institucionales y/o planes operativos. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica y la Ley Organica de Gobiernos Regionales; el Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Ordinaria de fecha 17 de marzo del 2005, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR EL PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL, como instrumento de gestion institucional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion local. Articulo Cuarto.- DISPENSAR del tramite de lectura y aprobacion del acta. Por tanto mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 07384

progresividad y orden que dispone el articulo 88º de la Constitucion Politica del Peru, la misma que ha sido reglamentada mediante el Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28273, el mismo que desarrolla el MORDAZA normativo del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales. Que, el articulo 7º de la Ley Nº 28273, en concordancia con el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM establece los requisitos generales que los Gobiernos Regionales deben cumplir para poder certificar su acreditacion; entre los que se encuentra el Plan Basico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestion, cuya aprobacion debe darse en el MORDAZA del inciso s) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, instrumento de gestion que especifica los requisitos a cumplir por los organismos receptores de las funciones determinadas por los respectivos Ministerios. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica y la Ley Organica de Gobiernos Regionales; el Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Ordinaria de fecha 17 de marzo del 2005, se aprobo la siguiente: ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR EL PLAN BASICO DE DESARROLLO DE CAPACIDADES INSTITUCIONALES Y DE GESTION, como instrumento de gestion institucional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion local. Articulo Cuarto.- DISPENSAR del tramite de lectura y aprobacion del acta. Por tanto mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 07385

Aprueban Plan Basico de Desarrollo de Capacidades Institucionales y de Gestion
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2005-GRU/CR
Pucallpa, 17 de marzo del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 17 de marzo del 2005. CONSIDERANDO: Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el articulo 85º de la referida ley, establece que el sistema de acreditacion de los Gobiernos Regionales es regulado por ley, con votacion calificada, sobre la base de la propuesta tecnica elaborada por el CND. Asimismo la cuarta disposicion transitoria, complementaria y final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales regula sobre la formulacion de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a partir del 2004. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2004", en cual da continuidad a la transferencia de fondos, proyectos y programas iniciada a partir del ano 2003 e inicia la transferencia de funciones y servicios en materia sectoriales a partir del ano 2004. Que, mediante la Ley Nº 28273, se ha establecido el Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, con el fin de garantizar la transferencia de funciones sectoriales, incluidos el personal, acervo documentario, recursos presupuestales y bienes muebles e inmuebles vinculados a estas, de los sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, en el MORDAZA de la

Aprueban Plan de Participacion Ciudadana
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2005-GRU/CR
Pucallpa, 17 de marzo del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 17 de marzo del 2005; CONSIDERANDO: Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el articulo 85º de la referida ley, establece que el sistema de acreditacion de los Gobiernos Regionales es regulado por ley, con votacion calificada, sobre la base de la propuesta tecnica elaborada por el CND. Asimismo la cuarta disposicion transitoria, complementaria y final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales regula sobre la formulacion de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a partir del 2004. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ano 2004", en el cual da continuidad a la transferencia

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