Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2005 (17/04/2005)


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NORMAS LEGALES
VISTAS:

MORDAZA, MORDAZA 17 de MORDAZA de 2005

perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Carta Nº 447-GCA-GDAO-ESSALUD-2005, del 10 de marzo del 2005 y la Carta Nº 1276-OCAJ-ESSALUD-2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 112-PE-ESSALUD-2005, de fecha 23 de febrero del 2005, modificada mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 133-PE-ESSALUD-2005, de fecha 2 de marzo del 2005, se aprobo la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo para la contratacion de los servicios del "Istituto Policlinico San Donato" de la MORDAZA de MORDAZA - Italia, para que brinde las atenciones asistenciales extrainstitucionales al MORDAZA MORDAZA Ramirez-Gaston, MORDAZA, hijo y derechohabiente de la afiliada regular Ramirez-Gaston Horny, MORDAZA MORDAZA, por un valor referencial total de 16,000.00 Euros o su equivalente en nuevos soles al MORDAZA de cambio del dia de pago, asi como la adquisicion de los correspondientes pasajes aereos -ida y vuelta- para el MORDAZA y su acompanante, y el otorgamiento de la bolsa de viaje para el MORDAZA, con cargo a recursos propios: Fondo de Salud: Fondo Financiero 002601: Atenciones al Exterior."; Que, mediante Oficio de Vistos la Gerencia Tecnico Normativa de CONSUCODE ha emitido opinion respecto a la contratacion de centros asistenciales para la atencion de pacientes en el exterior - siempre que la prestacion se realice en el extranjero y se contrate con un proveedor no domiciliado en el Peru - los mismos que configuran un contrato internacional el cual es regulado por los tratados en los que el Peru sea parte y en su defecto por la costumbre y las practicas del comercio internacional, por lo que de acuerdo al MORDAZA T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, dichas contrataciones se encuentran fuera del MORDAZA de la normatividad sobre contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, la Gerencia Central de Adquisiciones mediante la Carta de Vistos ha informado que hasta la fecha no ha recibido el requerimiento de la Gerencia de Division de Prestaciones para la contratacion de los servicios del Istituto San MORDAZA - MORDAZA - Italia, para la atencion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez-Gaston y que resulta necesario realizar las acciones que resulten pertinentes para proceder de acuerdo a lo senalado por el Organo Rector de las Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, de acuerdo al literal n) del numeral 2.3 del articulo 2º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, la presente Ley no es de aplicacion para los contratos internacionales, los cuales se regulan por los tratados en que el Peru sea parte o, en su defecto, por la costumbre y las practicas de comercio internacional; Que, en consecuencia es necesario dejar sin efecto las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nºs. 112 y 133-PEESSALUD-2005, de fechas 23 de febrero y 2 de marzo del 2005, respectivamente; por los motivos expuestos en los considerandos precedentes, con la finalidad de que los servicios del mencionado Centro Asistencial MORDAZA contratados de acuerdo a las reglas del Derecho Internacional Privado; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27056; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nºs. 112 y 133-PE-ESSALUD2005 de fechas 23 de febrero y 2 de marzo del 2005, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 07299

La Carta Nº 1500-GDP-ESSALUD-2005, presentada por la Gerencia de Division de Prestaciones para que se exonere del correspondiente MORDAZA de seleccion la contratacion de los servicios de un centro asistencial altamente especializado para la atencion asistencial de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como la Carta Nº 1330OCAJ-ESSALUD-2005 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion, y prestaciones economicas y sociales, que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como de otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Tecnico que sustenta la exoneracion solicitada, la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta el siguiente diagnostico: Operada de Tiroiditis Cronica, Tiroidectomia Total, Paralisis de Cuerda Vocal Derecha, Paresia de Cuerda Vocal Izquierda y Apertura Glotica de +/- 4 MM, y requiere una Microcirugia Laringea con Laser que no ofrece ESSALUD, razon por la cual precisa ser referida a un centro asistencial extrainstitucional altamente especializado en el pais; Que, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion, las contrataciones y adquisiciones que se realicen para servicios personalisimos; Que, asimismo, segun el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, de lo senalado en el Informe Tecnico-Medico que sustenta la exoneracion se desprende que, si bien la Microcirugia Laringea con Laser requerida por la MORDAZA es brindada en el Peru y en el extranjero, por mas de un centro asistencial; el Instituto de Enfermedades Neoplasicas "Dr. MORDAZA MORDAZA Graziani" (INEN) de MORDAZA - Peru, centro de referencia nacional con amplia experiencia en el Tratamiento de Patologias Complejas, cuenta con un Equipo de Rayos Laser y la experiencia necesaria para el manejo del presente caso; Que, asimismo, en dicho Informe se indica que fue el Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins mediante Carta Nº 36-SERV-MAX-FAC-HNERM-ESSALUD-2003 el que recomendo la realizacion del tratamiento en el mencionado Centro Asistencial, senalando ademas que la referencia de la MORDAZA ha sido consultada con dicho Centro Asistencial, el cual ha aceptado tratar a la paciente; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 6º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Especializado de Enfermedades Neoplasicas, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 485-2003-SA-DM, el mencionado instituto tiene como mision lograr el liderazgo a nivel nacional e internacional en el desarrollo de la investigacion cientifica e innovacion de la metodologia, tecnologia y normas, en relacion a la prevencion, diagnostico, tratamiento y rehabilitacion de pacientes con cancer, para su difusion y aprendizaje por los profesionales y tecnicos del Sector Salud; asi como, en la asistencia altamente especializada a los pacientes que la requieran y en el desarrollo y sistematizacion de la interrelacion cientifica internacional; caracteristicas que califican al mencionado Centro Asistencial como especial en brindar dichos servicios como personalisimos; Que, conviene senalar que el valor referencial total del tratamiento es S/. 19,328.00 (Diecinueve Mil Trescientos

Exoneran de procesos de seleccion la contratacion de servicios del INEN para brindar atenciones asistenciales a pacientes
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 203-PE-ESSALUD-2005
MORDAZA, 8 de MORDAZA del 2005

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