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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G30/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 17 de abril de 2005 nal; características que califican al mencionado Centro Asistencial como especial en brindar dichos servicios como personalísimos; Que, conviene señalar que el valor referencial total del tratamiento es S/. 11,288.00 (Once mil doscientos ochenta y ocho y 00/100 Nuevos Soles), de no mediar complicacio- nes; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, resulta procedente aprobar la exoneración de la realización del proceso de selección respectivo para la contratación delos servicios del Instituto de Enfermedades Neoplásicas "Dr. Eduardo Cáceres Graziani" (INEN) de Lima - Perú, para que brinde las atenciones asistenciales extrainsti-tucionales a la paciente Norma Maritza Méndez Salas. En consecuencia, la contratación deberá realizarse en forma directa mediante acción inmediata, debiéndoseinvitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida por cualquiermedio de comunicación, incluyendo el facsímil y el co- rreo electrónico, tal como lo dispone el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM; Que, en la contratación de los servicios ya indicados deberá observarse las normas de austeridad y racionali- dad en el gasto vigentes y tener en cuenta las limitaciones presupuestales de la Entidad, por lo que el costo de lacontratación de los referidos servicios no debe exceder del valor referencial que se apruebe para tal efecto; Que, según el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la exo- neración debe ser aprobada por resolución del Titular delPliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, concordadocon el artículo 2º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Presidente Ejecu-tivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneración; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que la con-tratación del servicio objeto de la exoneración, será reali- zada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado parael efecto; En uso de la atribución conferida por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración del proceso de selección respectivo para la contratación de los servicios del Institu- to de Enfermedades Neoplásicas "Dr. Eduardo Cáceres Graziani" (INEN) de Lima - Perú, para que brinde las aten-ciones asistenciales extrainstitucionales a la paciente Norma Maritza Méndez Salas, por un valor referencial total de S/. 11,288.00 (Once mil doscientos ochenta yocho y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a recursos propios: Fondo de Salud: Fondo Financiero 002601: Atenciones al Exterior. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones apruebe las Bases y se encargue de realizar la contra- tación que deriva de la exoneración y los actos necesariospara la atención de la paciente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Secretaría General remita a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, copia de lapresente Resolución y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. 4. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolución.5. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 07301 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G61/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G63/G69/G6C/G69/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G71/G75/G65 /G6C/G6F/G73/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G53/G45/G50/G53/G20/G70/G6F/G64/G72/GE1/G6E/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G72/G20/G73/G69/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G78/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G72/G65/G2D/G76/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 020-2005-SEPS/S Lima, 15 de abril del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 059- 2004-SEPS/S se designaron las personas que ejercerán la representación de la Superintendencia de Entidades Pres-tadoras de Salud (SEPS) a la que se refiere el artículo 17º, literal d) del Reglamento de Organización y Funciones; Que, el artículo 2º de dicha Resolución de Superinten- dencia establece que loa representantes de la SEPS no podrán conciliar, salvo resolución autoritativa expresa del Consejo Directivo; Que, resulta necesario establecer una excepción a la formalidad que contempla el precitado artículo 2º, por cuanto no todo acuerdo conciliatorio supone disposición de dere-chos sustantivos; y, SE RESUELVE:Artículo 1º.- PRECISAR que los acuerdos conciliatorios de naturaleza laboral que no tengan por objeto la disposi-ción de algún derecho sustantivo de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud que celebren los re- presentantes designados mediante Resolución de Super-intendencia Nº 059-2004-SEPS/S no requerirán de autori- zación expresa previa del Consejo Directivo de la SEPS. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR AUGUSTO DONAYRE CÁRDENAS Superintendente 07420 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G61/GED/G73/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G45/G75/G72/G6F/G70/G65/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 ACUERDO REGIONAL Nº 009-2005-CR/AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequi- pa, en Sesión Extraordinaria, celebrada a los trece días del