Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2005 (25/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de MORDAZA de 2005

D.S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que en su Capitulo IV que reglamenta la Exoneracion de los Procesos de Seleccion al prescribir en su articulo 139º las condiciones en las que procede la contratacion directa entre entidades publicas; y en el articulo 140º que establece la contratacion directa de servicios publicos de energia. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa de lectura y aprobacion de acta y a lo aprobado en Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 11 de MORDAZA del 2005. SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion a la Empresa Publica PETROPERU de conformidad con lo dispuesto en el articulo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a fin de que abastezca al Gobierno Provincial Chiclayo, del combustible necesario para el desarrollo de las actividades de esta Comuna Edilicia. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, Ministerio de Economia y Finanzas, la Contraloria General de la Republica, dentro del termino de ley y a las dependencias competentes de nuestra Comuna Edilicia el contenido del presente Acuerdo Municipal. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Relaciones Publicas e Imagen Institucional, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Dada en Palacio Municipal, a los 13 dias del mes de MORDAZA del ano 2005. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Gobierno Provincial de Chiclayo 07956

Que, en Sesion de Concejo el pleno del Concejo teniendo en cuenta el Informe Tecnico Nº 03-2005/LTM-MDC, Informe Tecnico Nº 001-2005-BUC-MDC Abastecimiento, Informe Tecnico Nº 01/J/A-2005-MDC, asi como el Informe Legal Nº 04-20005, bajo los argumentos expuestos, decidio aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion respectivo, y consecuentemente tomar una medida temporal para paliar con los productos al Programa del Vaso de Leche, Declarando por Desabastecimiento Inminente la adquisicion de insumos para el programa, debiendo en forma temporal, es decir para paliar la eventualidad del desabastecimiento, sin perjuicio de convocar al MORDAZA de seleccion definitivo; Que en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Art. 3), el Pleno del Concejo Municipal por decision Unanime; ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION, para la Adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche, por lo tanto DECLARESE dicha adquisicion por DESABASTECIMIENTO INMINENTE, bajo las siguientes modalidades: - El MORDAZA de los bienes a adquirir: - Hojuela de MORDAZA - Leche Evaporada Entera / 410 gr. - Leche Fresca - El valor referencial: - Hojuela de MORDAZA S/. 3.10 Nuevos Soles. - Leche Evaporada Entera S/. 2.10 Nuevos Soles. - Leche Fresca S/. 1.20 Nuevos Soles. - Presupuesto mensual: S/. 42,719.00 Nuevos Soles. - Monto contractual: - S/. 82.020.00 - Hojuela de MORDAZA - S/. 82,020.00 - Leche Evaporada - S/. 6,836.00 - Leche Fresca

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2005-MDC
Cajaruro, 8 de MORDAZA del 2005 VISTO; el acuerdo que consta en acta de Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 8-4-05, los Informes Tecnico Nº 03-2005/LTM-MDC, Informe Tecnico Nº 001-2005BUC-MDC Abastecimientos, Informe Tecnico Nº 01/J/A2005-MDC, asi como el Informe Legal Nº 04-2005, se trato sobre la declaracion en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 141º, del reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 842004-PCM, senala una de las formas de exoneracion del MORDAZA de seleccion el desabastecimiento inminente; Que, el Desabastecimiento de los insumos para el Programa del Vaso de Leche, se ha debido a razones administrativas por lo tanto, resulta ser causal para la adquisicion por desabastecimiento inminente; Que, tambien se considera la Satisfaccion de Necesidades Prioritarias, es decir la atencion a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, tienen atencion prioritaria por tener la naturaleza publica del programa asistencial alimentario, toda vez que son ninos los beneficiarios;

- La fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales. - La cantidad de bienes: - Hojuela de MORDAZA - Leche Evaporada - Leche Fresca - Beneficiarios: 4,655 - El periodo de Adquisicio : Cuatro meses (enero, febrero, marzo y abril) Articulo Segundo.- Designar, a la Oficina de Abastecimientos como responsable para la adquisicion de los productos por Desabastecimiento Inminente, bajo los procedimientos de ley. Articulo Tercero.- Publiquese el presente acuerdo dentro de los 10 dias de expedido, en el Diario Oficial El Peruano; en el SEACE, asi como en el Bando Publico de esta Municipalidad. Articulo Cuarto.- Remitase, el presente Acuerdo de Concejo e Informe Tecnico-Legal a la Contraloria General de la Republica, asi como la informacion de la exoneracion a traves del Formato Exo, tambien remitase al CONSUCODE, dentro del plazo de 10 dias, de expedido el presente acuerdo. Articulo Quinto.- Disponer, el inicio de las acciones administrativas correctivas al personal que produjo el desabastecimiento. Articulo Sexto.- Disponer, se tomen las medidas administrativas a efectos de que se inicie el MORDAZA de seleccion definitivo, para el presente ejercicio presupuestal. Registrese, publiquese, cumplase y archivase. MORDAZA MORDAZA MANOSALVA MORDAZA 07974 : 26,458.06 Kg. : 39,057.14 latas : 5,696.67 Lts.

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