Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (25/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G34/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 25 de abril de 2005 SUNARP /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G52/G50 /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G2D/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G2D/G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G75/G63/G6F RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 123-2005-SUNARP/SN Lima, 18 de abril de 2005 VISTO el Oficio Nº 256-2005-Z.R.NºV/JEF, presentado por el señor abogado Roberto Palacios Bran, Jefe de laZona Registral Nº V - Sede Trujillo; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS, se crearon las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal, encargadas de planificar, organizar,coordinar y ejecutar las labores propias del proceso de Formalización de la Propiedad Informal a nivel nacional; Que, conforme al artículo 3º del Decreto Supremo señalado en el párrafo precedente, las Comisiones Provinciales de Forma- lización de la Propiedad Informal, estarán integradas por repre- sentantes de la Municipalidad Provincial, de la Comisión de For-malización de la Propiedad Informal - COFOPRI, de la Superin- tendencia Nacional de Registros Públicos, entre otros; Que, mediante Resolución Nº 027-2005-SUNARP/SN publicada el 3 de febrero de 2005 se designó como represen- tante de la SUNARP ante la Comisión Provincial de Formali- zación de la Propiedad Informal de la Municipalidad Provin-cial de Santiago de Chuco a la abogada Heddy Bartra Rodríguez - Registrador Público (e) de la Oficina de Otuzco; Que, mediante el documento de visto se informa que, como consecuencia de las rotaciones de personal, a partir del mes de abril de 2005 se designa como Registrador Público (e) de la Oficina Registral de Otuzco al abogadoFernando Eloy Baltodano Rodríguez, por lo que se hace necesario cambiar el representante de la SUNARP ante la respectiva Comisión Provincial de Formalización; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2001- JUS, y el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, ante la Comisión Provincial de Formalización de la Propiedad Informal de la provincia de Santiago de Chuco al señorabogado Fernando Eloy Baltodano Rodríguez. Artículo Segundo.- Comunicar la presente Resolución a la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco y a la Comi-sión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR FREITAS A. Superintendente Nacionalde los Registros Públicos 07772 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G34/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G41/G4C/G43/G2F /G4D/G44/G53/G41/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C/G20/G73/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3 /G72/G65/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G41/G6E/G69/G74/G61 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA No 505 Lima, 28 de febrero de 2005EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTO, el Codificado Nº 30151-2004 mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santa Anita solicita la Ratifica-ción de la Resolución de Alcaldía Nº 0145-2004-ALC/MDSA de fecha 25 de marzo de 2004, promovido por la ASOCIA- CIÓN DE VIVIENDA RESIDENCIAL SANTA ANITA; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución MLM/AM-SMDU Nº 400 de fecha 8 de junio de 1989 (fs. 43), emitida por la Municipalidad de Lima Metropolitana, se aprueba los Estudios Preliminaresde Habilitación Urbana para Usos de Vivienda “R-4”, Vi- vienda Taller “I1-R4”, Industria “I-1” y Comercio Distrital “C-5” del terreno de 844,261.78 m 2, constituido por los Sectores II, IV, V, VI-1, VI-2 y las Parcelas II-K, II-L y II-M del fundo Vista Alegre y Anexos, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, y se autoriza en unplazo de 6 meses a presentar los proyectos definitivos elaborados en base al Anteproyecto que figura en el Plano Nº 057-89-MLM/DGO-DU-DRD; Que, con Resolución Nº 113-92-MLM/SMDU-DMDU de fecha 30 de junio de 1982 (fs. 46), emitida por la Municipa- lidad de Lima Metropolitana, se autoriza de conformidadcon el Plano Nº 014-92-MLM/DGO-DHU, para independi- zar el terreno de 675,190.28 m 2, constituido por las Parce- las rústicas denominadas Sectores IV, V, VI-1 y VI-2 delfundo Vista Alegre y sus Anexos, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, quedando inde- pendizadas entre otras la Parcela VI-1A con 25,893.50 m 2, Parcela VI-1B con 53,674.00 m2, Parcela VI-1C con 25,680.50 m2, Parcela VI-1D con 53,030.00 m2, Parcela VI- 2A con 63,000.28 m2 y Parcela VI-2B con 63,709.00 m2; Que, con Resolución Nº 015-93-MLM/SMDU-DMDU de fecha 1 de diciembre de 1993 (fs. 52 y 53), emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se resuelve autorizara Juan Bautista Isola, de conformidad con el Plano N o 014- 93-MLM/SMDU-DMDU, la transferencia de dominio de las Parcelas VI-2A y VI-2B, al haberse cancelado los derechosadministrativos reglamentarios; Que, con Resolución Nº 513-2000-MML-DMDU de fe- cha 11 de octubre de 2000 (fs. 60 al 64), emitida por laMunicipalidad Metropolitana de Lima, se resuelve aprobar, de conformidad con el Plano Nº 057-2000-MML-DMDU-DHU, el Proyecto de Habilitación Urbana en Vía de Regulariza-ción del terreno de 53,030.00 m 2, Sector VI-1 Parcela VI- 1D calificado para Uso de Vivienda Taller “I1-R4” y de Co- mercio Vecinal “C-2” y del Terreno de 63,709.00 m2 Sector VI-2 Parcela VI-2B, calificado para Uso de Comercio Distri- tal “C-5”, integrantes del Lote 1 del fundo Vista Alegre y Anexos, ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia ydepartamento de Lima; Que, con Esquela de Observaciones de fecha 28 de noviembre de 2000 (fs. 54), emitida por la Oficina Registralde Lima y Callao, en relación al Título Nº 00195149 me- diante el cual se solicitó la inscripción de la Resolución Nº 513-2000-MML-DMDU, fue observado indicándose que:deben acumularse los terrenos de 53,030.00 m 2 y 63,709.00 m2 previo a la inscripción de la Resolución, por encontrarse en fichas diferentes y adjuntar Resolución ra-tificatoria de la Resolución Nº 513-2000-MML-DMDU, expe- dida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en razón de que de acuerdo al artículo 3º y la Segunda DisposiciónTransitoria y Complementaria de la Ley Nº 26878, ésta no tiene competencia para emitir dicha Resolución. Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 19316 del 22 de junio de 2001 (fs. 241 Exp. Nº 3992A-2000) y la Resolu- ción de Alcaldía Nº 10914 del 30 de mayo de 2002 (fs. 266 Exp. Nº 3992A-2000), emitidas por la Municipalidad Metro-politana de Lima, se resuelve declarar infundado el recurso de apelación formulado por la Municipalidad Distrital de Santa Anita contra la Resolución Nº 513-2000-MML-DMDUy se declara improcedente la nulidad deducida contra la Resolución Nº 19316-01-MML, respectivamente, y se indi- ca que la Municipalidad Distrital de Santa Anita debe ratifi-car la Resolución Nº 513-2000-MML-DMDU, remitiéndose el Expediente Nº 3992A-2000 a la Municipalidad Distrital de Santa Anita mediante Oficio Nº 1436-2002-SGC/MMLde fecha 21 de junio de 2002 (fs. 268 Exp. Nº 3992A- 2000), para su ratificación; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 02096-2002-ALC/ MDSA de fecha 22 de noviembre de 2002 (fs. 336 y 337 Exp. Nº 3992A-2000), emitida por la Municipalidad Distri- tal de Santa Anita, se declara improcedente lo dispuesto