Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2005 (26/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2005

de la obra a cargo de los funcionarios responsables de la misma, omitiendo el cumplimiento de sus funciones, asi como el estricto cumplimiento de las especificaciones tecnicas de la obra, los mismos que permitieron el uso de material inadecuado al no exigirle al contratista, por un lado, la prueba de granulometria de calidad de material de base, y de otro, aceptar como prueba de compactacion de pavimento, un documento incompleto e incongruente con las especificaciones tecnicas, no obstante lo cual, los mismos funcionarios otorgaron la conformidad de obra, recepcionando la misma y aprobando la liquidacion presentada por el contratista; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables de la presunta comision del delito de Negociacion Incompatible con el Cargo, previsto y penado en el articulo 397º del Codigo Penal, vigente en el periodo de ocurrencia de los hechos, asi como los delitos de Incumplimiento de Deberes Funcionales y Colusion, previstos y penados por los articulos 377º y 384º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

Huanuco", permitieron el uso en exceso de mano de obra y equipos, igualmente, durante la ejecucion de la obra en el MORDAZA MORDAZA Yali, se MORDAZA con excesivo personal administrativo, sin haberse evidenciado su justificacion tecnica; hechos que han ocasionado sobrecostos por no corresponder a lo especificado en los Expedientes Tecnicos; mas aun, a los metrados finales realmente ejecutados, con lo cual se pone en evidencia la carencia de controles de rendimientos y plazos de ejecucion, lo cual hubiese permitido advertir de dicho exceso y cautelar los recursos municipales, habiendose generado desembolsos en exceso, que causaron un perjuicio economico a la entidad hasta por la suma de S/. 126 799,71; que debe ser resarcido de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 1321° del Codigo Civil; Que, los encargados de la residencia y supervision de las Obras "Pavimentacion Manco Capac" y "Acondicionamiento del Terraplen Ferroviario", "Pavimentacion Av. MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Los Angeles", "Pavimentacion MORDAZA MORDAZA Castilla" y "Pavimentacion Av. Ferrocarril", permitieron el uso en exceso de mano de obra y maquinaria, sin haberse evidenciado su justificacion tecnica; lo que ha ocasionado sobrecostos por no corresponder a lo especificado en los Expedientes Tecnicos de las mencionadas obras; mas aun, a los metrados finales realmente ejecutados, con lo cual se pone en evidencia la carencia de controles rendimientos y plazos de ejecucion, lo cual hubiese permitido advertir de dicho exceso y cautelar los recursos municipales, habiendose generado desembolsos en exceso, hasta por la suma de S/. 241 564,62, que debe ser resarcido de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 1321° del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22° de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley N° 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 07987

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos reponsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Provincial de Huancayo
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 199-2005-CG
MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2005 VISTO, el Informe Especial N° 083-2005-CG/ORHU, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Huancayo, periodo comprendido de MORDAZA del 2001 a diciembre del 2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, acorde con el Plan Anual de Control para el ejercicio 2004, de la Oficina Regional de Control Huancayo, dispuso la ejecucion de un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Huancayo, orientado a determinar si los recursos financieros asignados a la citada Entidad, fueron utilizados en concordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la citada Accion de Control, la Comision Auditora ha determinado que en el Periodo 2002, los encargados de la residencia y supervision de las Obras "Pavimentacion MORDAZA MORDAZA Yali" y "Pavimentacion MORDAZA

Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 07988

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONAFE
Modifican la Directiva para la Formulacion, Suscripcion, Seguimiento y Evaluacion de los Convenios de Gestion de Empresas bajo el ambito de FONAFE
APROBADO MEDIANTE RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA Nº 045-2005/DE-FONAFE
Modificar el numeral 8.2 y adicionar el numeral 8.4 a la Directiva para la Formulacion, Suscripcion, Seguimiento y

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