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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (26/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 291524 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de abril de 2005 de la obra a cargo de los funcionarios responsables de la misma, omitiendo el cumplimiento de sus funciones, asícomo el estricto cumplimiento de las especificaciones téc-nicas de la obra, los mismos que permitieron el uso dematerial inadecuado al no exigirle al contratista, por unlado, la prueba de granulometría de calidad de material debase, y de otro, aceptar como prueba de compactación depavimento, un documento incompleto e incongruente conlas especificaciones técnicas, no obstante lo cual, los mis-mos funcionarios otorgaron la conformidad de obra, recep-cionando la misma y aprobando la liquidación presentadapor el contratista; hechos que evidencian la existencia deindicios razonables de la presunta comisión del delito deNegociación Incompatible con el Cargo, previsto y penadoen el artículo 397º del Código Penal, vigente en el períodode ocurrencia de los hechos, así como los delitos de In-cumplimiento de Deberes Funcionales y Colusión, previs-tos y penados por los artículos 377º y 384º del CódigoPenal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú-blica, constituye atribución de este Organismo Superior deControl, disponer el inicio de las acciones legales pertinen-tes en forma inmediata, por parte del Procurador Público,en los casos en que en la ejecución directa de una acciónde control se encuentre daño económico o presunción deilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Pú-blico a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República el inicio de las acciones legalesrespectivas contra los presuntos responsables comprendi-dos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, y el Decre-to Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representa-ción del Estado, inicie las acciones legales correspondien-tes, por los fundamentos expuestos en la parte considera-tiva de la presente resolución, contra los presuntos respon-sables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose-le para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 07987 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos reponsables de ocasionar perjuicio económico a la Municipalidad Provincial de Huancayo RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 199-2005-CG Lima, 22 de abril de 2005 VISTO, el Informe Especial N° 083-2005-CG/ORHU, resultante del Examen Especial practicado a la Municipali-dad Provincial de Huancayo, período comprendido de juliodel 2001 a diciembre del 2002, incluyendo operacionesanteriores y posteriores al citado período; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, acorde con el Plan Anual de Control para el ejercicio 2004, de laOficina Regional de Control Huancayo, dispuso la ejecu-ción de un Examen Especial a la Municipalidad Provincialde Huancayo, orientado a determinar si los recursos finan-cieros asignados a la citada Entidad, fueron utilizados enconcordancia con los objetivos de la entidad y de acuerdoa la normativa vigente; Que, como resultado de la citada Acción de Control, la Comisión Auditora ha determinado que en el Período 2002,los encargados de la residencia y supervisión de las Obras“Pavimentación Jirón Omar Yali” y “Pavimentación JirónHuánuco”, permitieron el uso en exceso de mano de obra y equipos, igualmente, durante la ejecución de la obra enel Jirón Omar Yali, se contó con excesivo personal adminis-trativo, sin haberse evidenciado su justificación técnica;hechos que han ocasionado sobrecostos por no corres-ponder a lo especificado en los Expedientes Técnicos;más aún, a los metrados finales realmente ejecutados,con lo cual se pone en evidencia la carencia de controlesde rendimientos y plazos de ejecución, lo cual hubiesepermitido advertir de dicho exceso y cautelar los recursosmunicipales, habiéndose generado desembolsos en exce-so, que causaron un perjuicio económico a la entidad has-ta por la suma de S/. 126 799,71; que debe ser resarcidode conformidad a lo dispuesto en el Artículo 1321° delCódigo Civil; Que, los encargados de la residencia y supervisión de las Obras “Pavimentación Manco Cápac” y “Acondiciona-miento del Terraplén Ferroviario”, “Pavimentación Av. JoséOlaya y Jirón Los Angeles”, “Pavimentación Jirón RamónCastilla” y “Pavimentación Av. Ferrocarril”, permitieron el usoen exceso de mano de obra y maquinaria, sin haberseevidenciado su justificación técnica; lo que ha ocasionadosobrecostos por no corresponder a lo especificado en losExpedientes Técnicos de las mencionadas obras; más aún,a los metrados finales realmente ejecutados, con lo cual sepone en evidencia la carencia de controles rendimientos yplazos de ejecución, lo cual hubiese permitido advertir dedicho exceso y cautelar los recursos municipales, habién-dose generado desembolsos en exceso, hasta por la sumade S/. 241 564,62, que debe ser resarcido de conformidada lo dispuesto en el Artículo 1321° del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, constituyeatribución de este Organismo Superior de Control, dispo-ner el inicio de las acciones legales pertinentes en formainmediata, por parte del Procurador Público, en los casosen que en la ejecución directa de una acción de control seencuentre daño económico o presunción de ilícito penal,correspondiendo autorizar al Procurador Público encarga-do de los asuntos judiciales de la Contraloría General de laRepública, el inicio de las acciones legales respectivas con-tra los presuntos responsables comprendidos en el Infor-me de Vistos; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contralo-ría General de la República, Ley N° 27785, y el DecretoLey Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único .- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representa-ción del Estado, inicie las acciones legales por los hechosexpuestos, contra los presuntos responsables comprendi-dos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efectolos antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 07988 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONAFE Modifican la Directiva para la Formula- ción, Suscripción, Seguimiento yEvaluación de los Convenios de Ges-tión de Empresas bajo el Æmbito deFONAFE APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 045-2005/DE-FONAFE Modificar el numeral 8.2 y adicionar el numeral 8.4 a la Directiva para la Formulación, Suscripción, Seguimiento y