Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (04/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G39/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de agosto de 2005 Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para su cumpli-miento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 13619 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 360-2005-EF/10 Lima, 18 de julio de 2005Visto el Oficio Nº 1141-2005-PP-EF/16 del Procura- dor Adjunto, encargado de los asuntos judiciales del Mi-nisterio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO:Que, el señor Benito Huamantumba Meneses inter- puso recurso de queja, contra el Servicio de Administra-ción Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima -SAT- por vicios en el procedimiento de cobranza coac- tiva relacionado con los Arbitrios Municipales de los años1997 a 2003, respecto del inmueble sito en Pasaje Chivay Nº 131, Cercado de Lima; Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 08625- 5-2004 del 5 de noviembre de 2004, reiterada mediante Resolución Nº 9671-5-2004 del 15 de diciembre de 2004, el Tribunal Fiscal requirió al Servicio de AdministraciónTributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima que, en un plazo no mayor de diez días hábiles, remitiese un informe sobre lo siguiente: a) si la deuda que tiene elquejoso por concepto de arbitrios municipales de los años 2000 a 2002 se encuentra en cobranza coactiva; b) los motivos por los cuales se habría iniciado la co-branza coactiva; c) el estado de los recursos de recla- mación interpuestos por el quejoso; d) si se ha imputado a alguna deuda los pagos por consignación efectuadospor el quejoso a los cuales hace referencia en su queja y en todo caso, cuál es el estado de los escritos que presentó por tales conceptos, ordenándose la suspen-sión del procedimiento de cobranza coactiva iniciado por los cuatro trimestres de los años 2000 al 2002, bajo apercibimiento de denuncia penal; Que, dado que la Administración no cumplió con lo solicitado en las resoluciones mencionadas en el párra- fo precedente, el Tribunal Fiscal cumplió con resolver laqueja teniendo en cuenta la documentación acompaña- da, emitiéndose la Resolución Nº 00848-5-2005 del 9 de febrero de 2005, declarándose Fundada la queja inter-puesta en el extremo referido al procedimiento de co- branza coactiva iniciado contra el quejoso respecto de los arbitrios de los cuatro trimestres de 2000 a 2002,debiendo dejarse sin efecto éste y levantarse las medi- das cautelares que se hubieren trabado en su contra e Improcedente en lo demás que contiene, y, se ordenóremitir copia de dicha resolución al Procurador Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para sus efec- tos, dado el reiterado incumplimiento por parte de la Ad-ministración Tributaria a lo requerido por el Tribunal Fis- cal; Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal de- ben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcio- narios de la Administración; Que, el incumplimiento por parte de la Administración Tributaria a los mandatos del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comisión de losdelitos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados enlos artículos 368º y 377º del Código Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que cons- tituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dis- puesto que si bien carece de competencia para aplicarsanciones a los funcionarios de la Administración Tribu-taria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incu- rren en responsabilidad penal, la que deberá hacer efec-tiva el Poder Judicial a través del proceso penal corres- pondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Público del Sector, sin perjuicio de la res-ponsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judicialesdel Ministerio de Economía y Finanzas para que, en re- presentación y defensa de los intereses del Estado, in- terponga las acciones legales pertinentes contra quie-nes resulten responsables de la comisión de estos deli- tos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representación y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo- mía y Finanzas para que, en nombre y representacióndel Estado, interponga las acciones judiciales corres- pondientes contra los presuntos responsables de la Mu- nicipalidad Metropolitana de Lima de la comisión de losdelitos contra la Administración Pública - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuestoen la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente resolu- ción al mencionado Procurador Público, para su cumpli-miento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 13620 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/GED/G6E/G64/G69/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4A/G75/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G4F/G72/G6F/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G72/G20/G61/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G72/G65/G2D/G63/G69/G65/G6E/G74/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G63/G72/G65/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G50/G65/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G50/G75/G74/G69/G6E/G61/G20/G50/G75/G6E/G63/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 363-2005-EF/15 Lima, 3 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 079-2005- EF/15, se aprobaron los índices de distribución de los recursos para el Programa del Vaso de Leche durante elAño Fiscal 2005; Que, mediante Ley Nº 28509, se crea en el departa- mento de Puno, provincia de Sandia, el distrito SanPedro de Putina Punco; Que, la Ley Nº 27555, Ley que autoriza la reasigna- ción y aplicación de recursos en los nuevos distritoscreados, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar los recursos del Programa del Vaso de Le- che a los nuevos distritos creados o por crearse a nivelnacional, estableciendo que dicha reasignación implica la modificación de los índices de distribución y transfe- rencia de los montos que correspondan a cada circuns-cripción resultante; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 031-2002-EF, Reglamento de la Ley que autoriza la Reasignación yAplicación de Recursos en los nuevos distritos creados o por crearse, se dispuso los procedimientos y meca- nismos que permitan la reasignación, así como la apro-bación de los índices de distribución de los recursos del Fondo de Compensación Municipal, del Programa del Vaso de Leche, de la participación en Renta de Adua-nas, del Canon Minero y del Canon y del Sobrecanon