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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G30/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de agosto de 2005 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2004- 009138 por la empresa CABLE USA. S.A.C., para quese le otorgue concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en el distrito de Cayaltí, provincia de Chiclayo, del departa-mento de Lambayeque; CONSIDERANDO:Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aproba-do por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autoriza-ciones, permisos y licencias en materia de teleco- municaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios públicos de difusión seprestan bajo el régimen de concesión, la cual se otor- ga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfec-ciona mediante la suscripción de un contrato de con- cesión aprobado por el Titular del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios públicos de difusión seencuentra el servicio público de distribución de radiodi- fusión por cable; Que, mediante Informes Nºs. 331, 397-2004-MTC/ 17.01.ssp., 043 y 155-2005-MTC/17.01.ssp., la Direc- ción de Concesiones y Autorizaciones de Teleco- municaciones, de la Dirección General de Gestión deTelecomunicaciones, señala que, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legis- lación para otorgar la concesión solicitada para la pres-tación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE USA S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el TextoÚnico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 027-2004-MTC, y su modificatoria el Re-glamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el TUPA delMinisterio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE USA S.A.C., concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende el distrito deCayaltí, de la provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a ce- lebrarse con la empresa CABLE USA S.A.C., para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulasy tres (3) anexos que forman parte integrante de la pre- sente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cual-quiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato deconcesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a par- tir de la publicación de la presente resolución. Para lasuscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13551 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G41/G65/G72/G6F /G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G2D/G20/G41/G54/G53/G41/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G6E/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G2D/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G63/G61/G72/G67/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 106-2005-MTC/12 Lima, 14 de julio del 2005Vista la solicitud de AERO TRANSPORTE S.A. - ATSA, sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Ser-vicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros y carga; CONSIDERANDO: Que, con Documentos de Registro Nº 2005-002615 del 28 de enero del 2005, Nº 014387 del 2 de marzo del 2005 y Nº 026164 del 26 de abril del 2005, AERO TRANS- PORTE S.A. - ATSA requiere la Renovación de su Per-miso de Operación de Aviación Comercial para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de pasajeros y carga renovado mediante ResoluciónDirectoral Nº 057-2001-MTC/15.16 del 29 de marzo del 2001 y modificado mediante Resolución Directoral Nº 154-2004-MTC/12 del 29 de septiembre del 2004; Que, según los términos del Memorándum Nº 094- 2005-MTC/12.AL emitido por la Asesoría Legal, de con- formidad con el artículo 176º del Reglamento de la Leyde Aeronáutica Civil, corresponde tramitar el documento anteriormente señalado como uno de solicitud de Permi- so de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aé-reo Internacional No Regular de pasajeros y carga; Que, según los términos de los Memorándum Nº 094- 2005-MTC/12.AL y Nº 295-2005-MTC/12.AL, emitidospor la Asesora Legal de la Dirección General de Aero- náutica Civil; Memorándum Nº 1006-2005-MTC/12.04 emitido por la Dirección Seguridad Aérea; y, Memorán-dum Nº 148-2005-MTC/12.APA emitido por la Asesora de Política Aérea; se considera pertinente atender, en lo que corresponde, lo solicitado al haber cumplido la recu-rrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposicio- nes legales vigentes; Que, AERO TRANSPORTE S.A. - ATSA cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos Nº 007 y sus Especificaciones de Operación - OPSPECS res-pectivas; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revo- car los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la ex-pedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura-das y la presentación de documentos por parte del intere- sado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la LeyNº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones lega- les vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a AERO TRANSPORTE S.A. - ATSA, de conformidad a los instrumentos internaciona-