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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G30/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de agosto de 2005 con su consentimiento o a su solicitud por razones de salud; de igual modo, el artículo 3º del citado Reglamentoestablece que el traslado por razones de salud procede cuando la atención de una dolencia del Magistrado, su cónyuge o hijos menores de edad, requieren tratamientoespecializado permanente que no se pueda obtener en la sede de origen, o cuando su clima o la ubicación geo- gráfica les sean perjudiciales a su salud; requiriéndoseinforme médico sustentatorio expedido por ESSALUD del lugar o sede de origen así como del lugar de destino; Que, la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el señor Wálter Ricardo Cotrina Miñano, Juez Titular Especializado en lo Penal de la sede judicial de Cajamarca, a un juzgado vacante de igual jerarquíade la ciudad de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, se sustenta en que conforme aparece del Informe Médico expedido por el doctor Álvaro Díaz Cárdenas del Institu-to Especializado de Enfermedades Neoplásicas “Dr. Eduardo Cáceres Graciani” de la ciudad de Lima, el nom- brado Magistrado fue admitido en la Institución con fe-cha 12 de agosto del 2004, y el 8 de setiembre del mismo año fue intervenido quirúrgicamente realizándosele: Gas- trectomía sub total radical D2 más Gastroenteroanasto-mosis Billroth II y Entero anastomosis tipo Braun; siendo el caso que la pieza operatoria obtenida de la interven- ción ha mostrado como resultado: Adenocarcinoma gás-trico de células en anillo de sello de localización antral cara anterior curvatura mayor con extensión a la subse- rosa. 13/86 ganglios positivos; Que, al respecto, mediante Informe Médico Nº 126 Dpto. MEDICINA-HOSPII-ESSALUD, expedido tanto por el Director, el Jefe del Departamento de Medicina, y elMédico Gastroenterólogo Endoscopista, del Hospital de ESSALUD de Cajamarca se recomienda que por ser el tratamiento muy cauteloso y especializado, éste debenecesariamente realizarse en un Centro o Instituto Es- pecializado que cuente con los instrumentos y equipos médicos mínimos como es endoscopía digestiva, tomo-grafía computarizada, resonancia magnética nuclear, marcadores tumorales, videolaparoscopia diagnóstica, entre otros; resultando igualmente de suma importanciaque en el tratamiento respectivo exista el concurso de diversas especialidades médicas y disciplinas afines para garantizar el mantenimiento del buen estado de salud delpaciente y la terapia adecuada con la finalidad de lograr una buena calidad de vida; Que, complementando los fundamentos de su solici- tud de traslado, el Magistrado recurrente también acre- dita con el Informe Médico expedido por el Jefe del De- partamento de Medicina del Hospital IV de ESSALUD“Víctor Lazarte Echegaray” de la ciudad de Trujillo, que para el tratamiento intensivo que debe recibir es reco- mendable que resida en dicha ciudad, a fin de manejarmejor los efectos colaterales que dicho tratamiento es- pecializado requiere; Que, en tal sentido, el nombrado Magistrado declara que su traslado a la ciudad de Trujillo se fundamenta en razón a las recomendaciones de los médicos que lo han atendido, señalando que en la actualidad existen plazasvacantes en la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad ha comunicado a este Órgano de Gobier-no mediante Oficio Nº 2763-2005-P-CSJLL, que en la Provincia de Trujillo se encuentran vacantes las plazas del Primero, Sétimo y Duodécimo Juzgados Especiali-zados en lo Penal; Que, siendo así, y teniendo en cuenta los informes mé- dicos que sustentan el pedido del recurrente sobre su nece-sidad de recibir tratamiento intensivo en un Hospital adecua- do, en razón a que en el lugar donde labora no existe la especialización que necesita, resulta procedente por razo-nes de salud, la solicitud de traslado que se formula; Que, sin perjuicio de lo señalado precedentemente, es del caso precisar que como resultado de las eleccio-nes realizadas el 16 de los corrientes en la ciudad de Lima para elegir al representante de los Jueces Espe- cializados o Mixtos de la República ante el Consejo Eje-cutivo del Poder Judicial se eligió al Magistrado Wálter Ricardo Cotrina Miñano, quien asumirá funciones por el periodo de 2 años como Consejero, conforme a lo esta-blecido por el artículo 81º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, motivo por el cual el traslado dispuesto mediante la presente resolución sehará efectivo al término de su representación ante este Órgano de Gobierno; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Po- der Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12º del artículo 82º del Texto Único Ordenado dela Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extraordi- naria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero José Donaires Cuba, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado, por motivos de salud, presentada por el señor Wálter Ricardo Cotrina Miñano, Juez Titular asignado alQuinto Juzgado Especializado en lo Penal de Cajamar- ca, comprensión del Distrito Judicial del mismo nombre; disponiéndose en consecuencia su traslado a una plazade igual nivel que se encuentra vacante en la ciudad de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, el que se hará efectivo al término de su representación ante el ConsejoEjecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Solicitar al Consejo Nacional de la Magistratura la convocatoria al concurso público res-pectivo, por haberse producido una vacante de Juez Especializado en lo Penal en la ciudad de Cajamarca, Distrito Judicial del mismo nombre. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente Resolu- ción al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacio- nal de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Ma-gistratura del Poder Judicial, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca y de La Libertad, a la Gerencia General del Poder Judicial, y alinteresado, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase.SS. WÁLTER VÁSQ UEZ VEJARANO ANTONIO PAJARES PAREDESANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN JOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 13615 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G2D /G72/G61/G20 /G79/G20 /G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20 /G53/G61/G6C/G61/G20 /G64/G65/G20 /G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G69/G74/G6F/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 298-2005-P-CJ Lima, 3 de agosto del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº161-2005- CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, creó la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Tran-sitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República por el término de tres (3) meses, contados a partir del 1 de agosto del año en curso a fin de continuar con ladescarga procesal de este Supremo Tribunal; Que, haciendo uso de las facultades conferidas en el nu- meral 5) del artículo 76º del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial, modificado por la Ley Nº 27465; SE RESUELVE:Artículo Primero.- A partir de la fecha, la Primera y Segunda Salas Transitorias de Derecho Constitucional y