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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (04/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G30/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de agosto de 2005 quiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adden-das que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emitael acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a par-tir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión, con el pago de la publicación dela presente Resolución Ministerial, así como la presenta- ción de la carta fianza que asegura el inicio de operacio- nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13561 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G56/G69/G74/G65/G6C/G65/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G2E/G49/G2E/G52/G2E/G4C/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G2D/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G62/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 504-2005-MTC/03 Lima, 1 de agosto de 2005 VISTAS, las solicitudes presentadas con Expedien- tes Nºs. 2004-008236 y 2004-008237 por la empresaVITELE COMUNICACIONES E.I.R.L., a fin que se le otorgue concesión para prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidadde cable alámbrico u óptico. CONSIDERANDO:Que el numeral 3 del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, dispone que en materia de telecomunicaciones el Ministerio tiene entre otras funciones, otorgar y revocar concesiones, autori-zaciones, permisos y licencias; Que el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicacionesaprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, es- tablece que los servicios públicos de difusión pueden ser, entre otros, el de distribución de radiodifusión porcable que se presta en diversas modalidades, entre ellas, el cable alámbrico u óptico; Que el artículo 94º del Texto Único Ordenado del citado Reglamento, define al servicio de distribución de radiodifusión por cable como aquel que distribuye seña- les de radiodifusión de multicanales a multipunto, a tra-vés de cables y/u ondas radioeléctricas, desde una o más estaciones pertenecientes a un mismo sistema de distribución, dentro del área de concesión; Que el artículo 126º del mismo Texto Único Ordena- do, señala que los servicios de difusión de carácter público se prestan bajo el régimen de concesión, lacual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento, y se perfecciona con la suscripciónde un contrato escrito aprobado por el titular del Ministe- rio; Que mediante los expedientes de la vista, la empre- sa VITELE COMUNICACIONES E.I.R.L. solicita que se le otorgue concesión para prestar el servicio de distribución de radiodifusión por cable, en la modali-dad de cable alámbrico u óptico, en los distritos de Mala, Santa Cruz de Flores, San Antonio y Chilca, de la provincia de Cañete, del departamento de Lima, y eldistrito de Canta, de la provincia de Canta, del depar- tamento de Lima; Que por Resolución Directoral Nº 921-2004-MTC/17 del 19.10.2004, se declaró la acumulación de los proce- dimientos administrativos iniciados por la empresaVITELE COMUNICACIONES E.I.R.L. mediante los ex- pedientes antes mencionados, correspondiendo que am-bos sean tramitados y resueltos como un único procedi- miento administrativo de otorgamiento de concesión ini- ciado a solicitud de parte; Que en los Informes Nºs. 344-2004-MTC/17.01.ssp, 059-2005-MTC/17.01.ssp y 136-2005-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Tele-comunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, efectúa la evaluación integral de la solicitud de concesión presentada por la empresaVITELE COMUNICACIONES E.I.R.L., concluyendo que la misma cumple con los requisitos establecidos por las normas vigentes en materia de servicios públicos detelecomunicaciones, y por tanto, recomienda se otorgue la concesión solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de su Reglamento General aprobado por De-creto Supremo Nº 027-2004-MTC y su modificatoria, el Reglamento de Organización y Funciones de este Minis- terio aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTCy el Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa VITELE COMUNICACIONES E.I.R.L., concesión para la pres- tación del servicio público de distribución de radiodifu- sión por cable en la modalidad de cable alámbrico uóptico, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende los distritos de Mala, Santa Cruz de Flores, San Antonio y Chilca, de la provincia deCañete, y el distrito Canta, de la provincia de Canta, del departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresa VITELE COMUNICACIONES E.I.R.L., para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticin-co (25) cláusulas y tres (3) anexos que forman parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones para que, en representación de este Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en casocualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido Contrato y de las Adden- das que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato deConcesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de publica- da la presente resolución. Para la suscripción, la empre-sa solicitante deberá previamente cumplir con el pago por derecho de concesión y con el pago por la publica- ción de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13564 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G43/G41/G42/G4C/G45/G20/G55/G53/G41 /G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G2D/G62/G6C/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G79/G61/G6C/G74/GED/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 508-2005-MTC/03 Lima, 1 de agosto de 2005