Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (04/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G30/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de agosto de 2005 Aquellos que no cumplan con los requisitos mínimos o que proporcionen información falsa o adulterada, se-rán descalificados automáticamente, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes. Artículo 6º.- DEL PROCESO DE SELECCIÓN El análisis y calificación del currículum vitae de los postulantes corresponderá a la Comisión de Evaluación.La entrevista y el nombramiento del Director General, estará a cargo del Pleno del Consejo Directivo. La Comisión de Evaluación al momento de calificar a los postulantes, tendrá en cuenta los siguientes méritos: - Conocimientos jurídicos y cultura general; - Experiencia profesional; - Experiencia en gestión administrativa; - Experiencia docente;- Condiciones éticas; - Condiciones de personalidad apropiada para el ejercicio de la función. La Comisión de Evaluación fijará las fechas para el desarrollo del concurso. TÍTULO IV ANÁLISIS Y CALIFICACIÓN DEL CURRÍCULUM VITAE Artículo 7º.- OBJETO El análisis y calificación del currículum vitae tiene por objeto la verificación y calificación de los antecedentesprofesionales y académicos del postulante. Artículo 8º.- CALIFICACIÓN DEL CURRÍCULUM VITAE La calificación la realiza la Comisión de Evaluación, asignando a cada mérito un puntaje determinado, siem-pre que se hubieren acreditado con los documentos res- pectivos. Los méritos deben versar o estar relaciona- dos a materias jurídicas y son los siguientes: - Grados, títulos y otras menciones académicas: Título profesional, maestría y doctorado. Diplomas de cursos de posgrado, de ser el caso; estudios curricu- lares de posgrado en curso o concluidos; así como títu- los y grados de profesiones afines. - Investigaciones, ponencias y publicaciones: Participación bajo cualquier categoría, en investigaciones y publicaciones de toda índole que versen sobre materias jurídicas. Asimismo, presentación de ponencias en cualquier tipo de evento académico nacional o internacional. - Docencia universitaria Profesor a nivel de pregrado y posgrado. - Experiencia profesional Ejercicio de la función pública en cargos de asesoría, gestión administrativa en órganos de alta dirección; ejer- cicio de la profesión de abogado; ejercicio de la carrera judicial o fiscal; consultor en áreas vinculadas a asuntosjurídicos. - Capacitación Asistencia a seminarios, cursos, conferencias u otros, con fines de capacitación, actualización y perfecciona- miento, tanto en el ámbito nacional como internacional. La calificación se realiza según la tabla de puntua- ción que se anexa al presente Reglamento y que formaparte del mismo. La nota mínima aprobatoria en la presente etapa es de 65 puntos respecto del puntaje máximo que es de100 puntos. Artículo 9º.- RESULTADO DE LA CALIFICACIÓN DEL CURRÍCULUM VITAE Analizado y calificado el currículum vitae del postulante, la Comisión de Evaluación, conforme a la fecha prevista, publica-rá en el portal electrónico de la Academia de la Magistratura, la relación de los postulantes aprobados, quienes pasarán a la siguiente etapa del proceso de selección.TÍTULO V DE LA ENTREVISTA PERSONAL Artículo 10º.- OBJETO La entrevista personal tiene por objeto evaluar la vo- cación, perspectivas, personalidad, consistencia moral, cultura general y jurídica del postulante. Artículo 11º.- DESARROLLO DE LA ENTREVISTA PERSONAL La entrevista se desarrolla ante el Pleno del Consejo Directivo, cuyos miembros podrán además, solicitar in- formación adicional respecto de los datos académicos yprofesionales aportados en el currículum vitae. Artículo 12º.- DE LA CALIFICACIÓN Cada Consejero emitirá la nota correspondiente a esta etapa, otorgando la puntuación de 0 a 100 puntos. La calificación aprobatoria mínima será de 65 puntos. TÍTULO VI RESULTADO FINAL DEL CONCURSO Artículo 13º.- DETERMINACIÓN DE LA CALIFI- CACIÓN FINAL Las calificaciones obtenidas en las dos etapas del proceso de selección deberán ser promediadas, obteniéndose el puntaje final de cada uno de los postu-lantes. El Pleno del Consejo Directivo nombra Director Ge- neral de la Academia de la Magistratura al postulanteque haya obtenido el mayor puntaje, disponiendo de for- ma inmediata su publicación en el Portal Electrónico de la Academia de la Magistratura. Artículo 14º.- CARÁCTER DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR LOS POSTULANTES Los resultados obtenidos en cada una de las etapas del proceso de selección, así como el obtenido en el resultado final, son inimpugnables. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Facúltese a la Comisión de Evaluación y al Pleno del Consejo Directivo en su caso, resolver aque-llos aspectos no previstos expresamente en el presente Reglamento. Segunda.- Culminado el proceso de selección, la Comisión de Evaluación, a través de la Secretaría Administrativa, procederá a disponer la devolución de la documentación aportada por los postulantes, debiendoéstos recogerlos dentro de los 30 días siguientes, luego de los cuales se procederá a su incineración. Tercera.- El presente Reglamento entrará en vigen- cia en la fecha de su publicación. Aprobado por el Pleno del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura a los seis días del mes de julio de dos mil cinco. 13650 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F /G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6E/G63/G68/G61/G2C/G20/G44/G69/G73/G2D/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1045-2005-CNM Lima, 25 de julio de 2005