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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G32/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 9 de agosto de 2005 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0801-2005-RE Lima, 8 de agosto de 2005 Vistos, las Notas PER-000778/05 y APCI(DE)6-19/ 019 de la Embajada de México y de la Agencia Peruanade Cooperación Internacional - APCI, respectivamente;el Memorando Nº 239-2005/APCI-GG de la Gerencia deGestión de la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional y el Facsímil Nº 209 de la Embajada del Perú en México; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica suscrito con los Estados Unidos Mexicanos el año 1996, las Comisiones Mixtas se deben reunir alternadamente en ambospaíses cada dos años, con la finalidad de aprobar elPrograma Bilateral que será ejecutado durante elperíodo siguiente; Que, las Comisiones Mixtas son presididas por las más altas autoridades de cooperación de las instituciones responsables de la gestión de laCooperación Internacional de cada país,correspondiéndole dichas atribuciones en el casoperuano al Director Ejecutivo de la Agencia Peruana deCooperación Internacional - APCI; Que, la última reunión se realizó en la ciudad de Lima el año 2003, correspondiendo por tanto ser la sede parala VIII Reunión del 2005 a la ciudad de México DF; Que, en el citado evento se llevará cabo la negociación de los proyectos que formarán parte delPrograma Bilateral 2005-2007 entre ambos gobiernos, y en la cual el Director Ejecutivo tiene previsto presentar y sustentar las tres áreas prioritariaspropuestas por el Gobierno Peruano en materia demedio ambiente, prevención de desastres y desarrollocientífico y tecnológico; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 665-2005- RE se autorizó el viaje en comisión de servicios del Director Ejecutivo de la Agencia Peruana deCooperación Internacional - APCI a la ciudad de MéxicoD.F. del 18 de julio al 19 de julio de 2005, con la finalidadde renovar el Programa de Cooperación para el bienio2005-2007; Que, mediante Comunicación 5-19-M/03 de fecha 11.julio.2005, la Embajada del Perú en México solicitó ala Cancillería de dicho país la postergación del citadoevento, pedido que fue aceptado a través de la NotaDiplomática Nº CTC/06420 de la Dirección General de laCooperación Técnica y Científica de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, proponiendo como nueva fecha el próximo 8.agosto.2005; Que, el financiamiento de los pasajes, viáticos y tarifa Córpac que irrogue el viaje del Director Ejecutivo a dichaciudad serán asumidos con cargo a los recursos de laAgencia Peruana de Cooperación Internacional, conforme al Memorando Nº 188-2005/APCI-OAFI de la Oficina de Administración, Finanzas e Informática de APCI de fecha1.agosto.2005; De conformidad con la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, Ley Nº 27692,su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2003-RE, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, Ley Nº 27619, y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Oscar Schiappa Pietra Cubas,Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI a la ciudad de México D.F. del 8 deagosto al 9 de agosto de 2005, para los fines a que serefiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje del citado funcionario serán asumidos con cargo al presupuesto del Pliego 080: Agencia Peruana de Cooperación Internacional debiéndose rendir cuentadocumentada en un plazo no mayor de quince (15) díasal término de la referida comisión de servicios, de acuerdoal siguiente detalle: PASAJES VIÁTICOS T ARIFA US$ US$ CORPAC US$ OSCAR SCHIAPPA-PIETRA CUBAS 716.24 440.00 28.24 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el DirectorEjecutivo presentarán al Despacho del Ministro deRelaciones Exteriores, un informe detallado de lasacciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 665-2005-RE de fecha 12.julio.2005 por las razones expuestas en el sexto párrafo de la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo Quinto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 13877 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 539-2005-MTC/02 Lima, 5 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al TesoroPúblico, de funcionarios, servidores públicos orepresentantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005,prohibición que no es aplicable a los sectores RelacionesExteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como laDirección de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicadaen el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de lacomisión de servicios;