Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2005 (09/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de agosto de 2005

Articulo 11º.- Consejo Consultivo Es el organo de consulta de la CNJ. Tiene como funcion principal emitir opinion, recomendaciones y sugerencias sobre los asuntos de juventud que MORDAZA sometidos a su consideracion por el Presidente de la CNJ. Articulo 12º.- Composicion El Consejo Consultivo esta integrado por profesionales o especialistas de reconocida capacidad o experiencia, nacional y/o internacional. Los miembros del Consejo Consultivo de la CNJ son nombrados mediante Resolucion Presidencial. El

cargo de miembro del Consejo Consultivo de la CNJ es ad honorem y de confianza, y no inhabilita para el desempeno de ninguna funcion ni actividad publica o privada. Articulo Segundo.- Modifiquese el Organigrama de la Comision Nacional de la Juventud, segun el anexo que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VEGAS MORDAZA Presidenta

ORGANIGRAMA DE LA COMISION NACIONAL DE LA JUVENTUD
OFICINA DE CONTROL PRESIDENCIA VICE PRESIDENCIA

SECRETARIA TECNICA

OFICINA DE ADMINISTRACION

GERENCIA DE PROMOCION, ORGANIZACION Y GESTION

13858

SUNARP
Encargan a Comision adecuar a la normatividad vigente el Proyecto de Reglamento del Procedimiento Administrativo de Declaracion de Propiedad por Prescripcion Adquisitiva y de Regularizacion del Tracto Sucesivo
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 205-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 8 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 dispuso que la SUNARP, a traves de sus oficinas registrales, procederan a la regularizacion administrativa del tracto sucesivo o a la prescripcion adquisitiva de dominio de los bienes inscritos, de conformidad con los reglamentos

que para dichos efectos emita, y en todo aquello que no se oponga a las acciones de formalizacion de la propiedad a cargo del Programa Especial de Titulacion de Tierras y de COFOPRI; Que, a fin de dar cumplimiento a la citada disposicion complementaria, mediante Resolucion Nº 359-2003SUNARP/SN, se conformo la Comision encargada de elaborar el proyecto de disposiciones que regulen los procedimientos de regularizacion administrativa de tracto sucesivo o prescripcion adquisitiva de dominio de los bienes inscritos asi como el ambito de competencia de la SUNARP en dichos tramites; Que, mediante Informe de fecha 16 de octubre de 2003, la citada Comision presento el proyecto de Reglamento del Procedimiento Administrativo de Declaracion de Propiedad por prescripcion adquisitiva y de la Regularizacion del Tracto Sucesivo, el mismo que fue prepublicado el 5 de diciembre de 2003 en el Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo, mediante Resolucion Nº 272-2004SUNARP/SN del 16 de junio de 2004, modificada por Resolucion Nº 360-2004-SUNARP/SN, de fecha 16 de agosto de 2004, se conformo la Comision encargada de proponer los instrumentos de gestion normativos para que la SUNARP pueda ejecutar lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades;

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