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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (09/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G38/G32/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 9 de agosto de 2005 Que, el financiamiento de los pasajes aéreos y viáticos que irrogue el viaje del Contralor General de la República ala ciudad de México D.F, serán asumidos por la Comisiónde Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de laCámara de Diputados del Congreso de la Unión de losEstados Unidos Mexicanos, asumiendo la Contraloría General de la República del Perú, los gastos por concepto de Tarifa Corpac, conforme a lo manifestado en elMemorando Nº 620-205-CG/FI de la Gerencia de Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 32º y 33º de la Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785; y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar a la señora. Vicecontralora General de la República, CPC ROSAURBINA MANCILLA, las funciones del cargo de ContralorGeneral de la República, a partir del 9 de agosto de 2005y en tanto dure la ausencia de su Titular, por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El gasto por concepto de Tarifa CORPAC que irrogue el viaje del Titular de este OrganismoSuperior de Control, ascendente a la suma de US$ 28,24(veintiocho y 24/100 dólares americanos), será asumidocon cargo al presupuesto del Pliego 019: Contraloría General. Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 13855 DEFENSORÍA DEL PUEBLO /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G75/G65/G62/G6C/G6F RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 017-2005/DP Lima, 8 de agosto de 2005 Vistos; los memorandos Nº 659-2005-DP/OAF y 086- 2005-DP/GA procedentes de la Oficina de Administracióny Finanzas y de la Jefa de Gabinete de Apoyo delDefensor del Pueblo, respectivamente, por los que sesolicita la emisión de la resolución que encargue elDespacho defensorial los días 10 y 11 de agosto del presente año, por necesidad del servicio originada por el viaje del Defensor del Pueblo del Perú, a la ciudad deCartagena, Colombia; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales yfundamentales de la persona y de la comunidad, así como la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y de la prestación de los serviciospúblicos, de conformidad con lo dispuesto por losartículos 161º y 162º de la Constitución Política del Estadoy la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría delPueblo; Que, el doctor Walter Albán Peralta, Defensor del Pueblo en funciones, viajará a la ciudad de Cartagena,Colombia, invitado por la Comisión Andina de Juristaspara participar como expositor en el XVI CursoInternacional "La Carta Democrática Interamericana y laDefensa Colectiva de la Democracia", que tendrá lugar en esa ciudad, del 8 al 12 de agosto de 2005;Que, según los documentos de Vistos, los gastos que irrogue la participación del Defensor del Pueblo enfunciones en el citado curso, serán asumidos por losorganizadores; Que, debe asegurarse la continuidad de la gestión institucional encargándose la atención del Despacho defensorial a la doctora Rocío Villanueva Flores, Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos de la Mujer yAdjunta al Defensor del Pueblo para los DerechosHumanos y las Personas con Discapacidad, los días 10y 11 de agosto del presente año y en tanto dure laausencia del Defensor del Pueblo en funciones, conforme al artículo 8º de la Ley Nº 26520; Con el visto bueno del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por el último párrafo del artículo segundo de la Ley Orgánicade la Defensoría del Pueblo, Ley Nº 26520 y por la Resolución Defensorial Nº 66-2000/DP; en concordancia con la Ley Nº 27619, su Reglamento, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto deUrgencia Nº 015-2004 y de conformidad con los artículos6º y 7º del Reglamento de Organización y Funciones,aprobado por la Resolución Defensorial Nº 12-2001/DP. SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR, la atención del Despacho del Defensor del Pueblo a la doctora Maríadel Rocío VILLANUEVA FLORES, Adjunta al Defensordel Pueblo para los Derechos de la Mujer y Adjunta alDefensor del Pueblo para los Derechos Humanos y lasPersonas con Discapacidad, los días 10 y 11 de agosto del presente año y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo en funciones. Artículo Segundo.- El viaje y la actividad referida en la parte considerativa de la presente resolución noirrogarán gasto al Presupuesto Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBÁN PERALTA Defensor del Pueblo en Funciones 13847 ONPE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 208-2005-J/ONPE Mediante Oficio Nº 846-2005-SG/ONPE, la Secre- taría General de la Oficina Nacional de Procesos Elec- torales solicita se publique la Fe de Erratas de la Re- solución Jefatural Nº 208-2005-J/ONPE, que apruebael modelo de Cédula de Sufragio para la Consulta Po- pular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Mu- nicipales 2005, publicada en nuestra edición del 6 deagosto de 2005, en el cual se omitió la publicación del Anexo Nº 2. DICE: ... DEBE DECIR: ANEXO Nº 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CÉDULA DE SUFRAGIO PARA LA CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2005 I. ANVERSO: La cédula se encuentra dividida en cinco secciones: Encabezado, Subtítulo, Instrucciones al elector, Cuerpo de la cédula y Pie de página. 1.1 Encabezado: Consta de dos líneas de texto, consignando en la primera línea el nombre del Concejo