Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2005 (09/08/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 298270

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de agosto de 2005

Que, el financiamiento de los pasajes aereos y viaticos que irrogue el viaje del Contralor General de la Republica a la MORDAZA de Mexico D.F, seran asumidos por la Comision de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federacion de la Camara de Diputados del Congreso de la Union de los Estados Unidos Mexicanos, asumiendo la Contraloria General de la Republica del Peru, los gastos por concepto de Tarifa Corpac, conforme a lo manifestado en el Memorando Nº 620-205-CG/FI de la Gerencia de Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por los articulos 32º y 33º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785; y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Encargar a la senora. Vicecontralora General de la Republica, CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones del cargo de Contralor General de la Republica, a partir del 9 de agosto de 2005 y en tanto dure la ausencia de su Titular, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El gasto por concepto de Tarifa CORPAC que irrogue el viaje del Titular de este Organismo Superior de Control, ascendente a la suma de US$ 28,24 (veintiocho y 24/100 dolares americanos), sera asumido con cargo al presupuesto del Pliego 019: Contraloria General. Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 13855

Que, segun los documentos de Vistos, los gastos que irrogue la participacion del Defensor del Pueblo en funciones en el citado curso, seran asumidos por los organizadores; Que, debe asegurarse la continuidad de la gestion institucional encargandose la atencion del Despacho defensorial a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos de la Mujer y Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, los dias 10 y 11 de agosto del presente ano y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo en funciones, conforme al articulo 8º de la Ley Nº 26520; Con el visto MORDAZA del Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por el ultimo parrafo del articulo MORDAZA de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520 y por la Resolucion Defensorial Nº 66-2000/DP; en concordancia con la Ley Nº 27619, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y de conformidad con los articulos 6º y 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 12-2001/DP. SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR, la atencion del Despacho del Defensor del Pueblo a la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos de la Mujer y Adjunta al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, los dias 10 y 11 de agosto del presente ano y en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo en funciones. Articulo Segundo.- El viaje y la actividad referida en la parte considerativa de la presente resolucion no irrogaran gasto al Presupuesto Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo en Funciones 13847

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Encargan a funcionaria la atencion del Despacho del Defensor del Pueblo
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 017-2005/DP MORDAZA, 8 de agosto de 2005 Vistos; los memorandos Nº 659-2005-DP/OAF y 0862005-DP/GA procedentes de la Oficina de Administracion y Finanzas y de la Jefa de Gabinete de Apoyo del Defensor del Pueblo, respectivamente, por los que se solicita la emision de la resolucion que encargue el Despacho defensorial los dias 10 y 11 de agosto del presente ano, por necesidad del servicio originada por el viaje del Defensor del Pueblo del Peru, a la MORDAZA de Cartagena, Colombia; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoria del Pueblo tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, asi como la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y de la prestacion de los servicios publicos, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Estado y la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Defensor del Pueblo en funciones, viajara a la MORDAZA de Cartagena, Colombia, invitado por la Comision MORDAZA de Juristas para participar como expositor en el XVI Curso Internacional "La Carta Democratica Interamericana y la Defensa Colectiva de la Democracia", que tendra lugar en esa MORDAZA, del 8 al 12 de agosto de 2005;

ONPE
FE DE ERRATAS RESOLUCION JEFATURAL Nº 208-2005-J/ONPE Mediante Oficio Nº 846-2005-SG/ONPE, la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique la Fe de Erratas de la Resolucion Jefatural Nº 208-2005-J/ONPE, que aprueba el modelo de Cedula de Sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2005, publicada en nuestra edicion del 6 de agosto de 2005, en el cual se omitio la publicacion del Anexo Nº 2. DICE: ... DEBE DECIR: ANEXO Nº 2 ESPECIFICACIONES TECNICAS CEDULA DE SUFRAGIO PARA LA CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES 2005 I. ANVERSO: La cedula se encuentra dividida en cinco secciones: Encabezado, Subtitulo, Instrucciones al elector, Cuerpo de la cedula y Pie de pagina. 1.1 Encabezado: Consta de dos lineas de texto, consignando en la primera linea el nombre del Concejo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.