Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2005 (09/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de agosto de 2005
LIMITE SUPERIOR 6,39 3,77 3,58 LIMITE INFERIOR 6,29 3,67 3,48

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; dispositivo legal que fue MORDAZA en su vigencia por ciento ochenta (180) dias calendario mediante Decreto de Urgencia Nº 0072005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo de 2005; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 227-2005EM/DGH se establecio los nuevos Factores de aportacion y compensacion corregidos para las Gasolinas de 97, 95, 90 y 84 octanos para las semanas comprendidas entre el 4 de enero de 2005 y el 25 de MORDAZA de 2005 segun los precios referenciales corregidos y publicados por el OSINERG, asi como se fijo el procedimiento de subsanacion para el recalculo de la nueva posicion MORDAZA positiva o negativa de cada Productor e Importador, lo cual permitio la reactivacion del Fondo; Que, adicionalmente mediante Decreto de Urgencia Nº 018-2005 publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 4 de agosto de 2005, se incremento el monto contingente del Estado a favor del Fondo en S/. 40 000 000.00 adicionales, a fin de que durante el MORDAZA de programacion y formulacion presupuestal para el Ano Fiscal 2007 se incorpore el referido incremento en el pliego presupuestal respectivo; Que, el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 0102004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el articulo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF preve que el Administrador del Fondo debera publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas de Precios; Que, con fecha 8 de MORDAZA de 2005 se publico en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de las Bandas de Precios para los productos: Gasolinas 97, 95, 90 y 84 y Kerosene; Que, al haberse reactivado la operatividad del Fondo para la estabilizacion de los precios de los combustibles derivados del petroleo es necesario actualizar las Bandas de Precios para todos los Productos; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, asi como del Decreto de Urgencia Nº 007-2005 que amplia el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Actualizar y publicar las Bandas de Precios para los Productos: GLP, Gasolinas 97, 95, 90 y 84, Kerosene, Diesel 2, Petroleo Industrial Nº 6 y Petroleo Industrial 500.
PRODUCTOS Soles por Galon GLP Soles por Kg. GASOLINA 97 GASOLINA 95 GASOLINA 90 GASOLINA 84 KEROSENE LIMITE SUPERIOR 1,93 6,38 6,21 5,68 5,18 6,24 LIMITE INFERIOR 1,83 6,28 6,11 5,58 5,08 6,14

PRODUCTOS Soles por Galon DIESEL 2 Petroleo Industrial Nº 6 Petroleo Industrial 500

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos 13865

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminada designacion de Consejero Economico Comercial del Consulado General del Peru en Toronto, Canada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0790-2005-RE MORDAZA, 8 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 0585-RE, de 4 de junio de 2002, se designo, entre otros, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arbulu, en el cargo de confianza de Consejero Economico Comercial, Nivel F-4, en el Consulado General del Peru en Toronto, Canada; Que se debe dar por terminadas las funciones del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arbulu, en el cargo de confianza de Consejero Economico Comercial en el Consulado General del Peru en Toronto, Canada; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 27594, Ley que regula la par ticipacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por terminada la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arbulu, en el cargo de confianza de Consejero Economico Comercial, Nivel F4, del Consulado General del Peru en Toronto, Canada, a partir del 15 de setiembre de 2005. Articulo Segundo.- Darle las MORDAZA por los servicios prestados al Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Tercero.- Aplicar el egreso que origina la presente Resolucion a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 13871

Autorizan viaje de funcionarios a Ecuador para acompanar al Ministro de Relaciones Exteriores en reunion de la Comunidad Sudamericana de Naciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0791-2005-RE MORDAZA, 8 de agosto de 2005

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