Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2005 (09/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 9 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1394-2005-MTC/12.04-SDO designando al inspector MORDAZA Ellard MORDAZA Stambury, para realizar las inspecciones tecnicas de las estaciones de las empresas Cielos del Peru S.A. y Taca Peru S.A., en las ciudades de Campinas y Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, respectivamente, como parte del programa de vigilancia de las operaciones aereas internacionales, durante los dias 9 al 12 de agosto de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar las inspecciones tecnicas a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1394-2005MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Ellard MORDAZA Stambury, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de Campinas y Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 9 al 12 de agosto de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 800.00 US$ 28.24

derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13866

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Encargan funciones de Contralor General de la Republica a la Vicecontralora General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 353-2005-CG MORDAZA, 5 de agosto de 2005 VISTOS; las comunicaciones S/N del Presidente de la Comision de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federacion de la Camara de Diputados del Congreso de la Union de los Estados Unidos Mexicanos de fechas 5.JUL.2005 y 11.JUL.2005, asi como la Hoja de Recomendacion Nº 23-2005-CG/CT de la Gerencia de Cooperacion Tecnica del 2.AGO.2005; CONSIDERANDO: Que, conforme se da cuenta en los documentos de vistos, el Presidente de la Comision de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federacion de la Camara de Diputados del Congreso de la Union de los Estados Unidos Mexicanos, ha invitado al Contralor General de la Republica para participar en calidad de expositor y panelista en el "Foro Internacional sobre Fiscalizacion Superior en Mexico y el Mundo", a realizarse el 10 de agosto del 2005, en la MORDAZA de Mexico D.F.; Que, el citado Foro viene desarrollando sus actividades en tres etapas programadas para los meses de junio, agosto y noviembre, habiendose previsto, en el MORDAZA de las actividades de la MORDAZA etapa, ademas de la participacion del Presidente del Tribunal de Cuentas de Suiza, la Auditora General de Colombia, el Contralor General de la Republica de Bolivia, la del Contralor General de la Republica del Peru, con la ponencia "El Modelo de Fiscalizacion de Peru"; Que, dado el MORDAZA de modernizacion y fortalecimiento institucional emprendido por este Organismo Superior de Control, orientado hacia la busqueda de mayores niveles de eficiencia y eficacia en el quehacer del control gubernamental, la ocasion constituye una oportunidad para exponer la experiencia de la Contraloria General de la Republica, aunado al intercambio de experiencias en materia de la lucha contra la corrupcion y su contribucion al mejoramiento de la eficiencia del sector publico; Que, asimismo, la participacion en el Foro Internacional permitira tomar conocimiento de los avances y desarrollos respecto de los modelos de fiscalizacion de los diferentes paises que participan en dicha actividad, cuya incorporacion en el quehacer institucional brindara la posibilidad de perfeccionar los procesos de gestion, actualizar los enfoques y modernizar los procesos de control; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fines institucionales la participacion del Contralor General de la Republica en el citado Foro Internacional, lo cual ha sido comunicado al Congreso de la Republica; siendo necesario encargar las funciones inherentes del Despacho Contralor a la Vicecontralora General de la Republica a efectos de asegurar la funcion rectora que le compete;

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o

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