Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2005 (17/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de agosto de 2005

Morera, crea la Comision Multisectorial encargada de la promocion y produccion de la sericultura y cultivo de la morera, que esta integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de la Produccion; Que, mediante el Oficio Nº 282-2005-PRODUCE/VMI, el Viceministro de Industria, propone al Sr. MORDAZA Paz MORDAZA como representante del Ministerio ante dicha Comision Multisectorial; En uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002PRODUCE y su modificatoria; Con el visado del Viceministro de Industria y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA Paz MORDAZA como representante del Ministerio de la Produccion ante la Comision Multisectorial encargada de la promocion y produccion de la sericultura y cultivo de la morera, creada mediante la Ley Nº 28502. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 14277

Que mediante los escritos del Visto, CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., en virtud de la escision del bloque patrimonial de la anterior propietaria EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 019-2001-PE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera "COMANCHE VII" (EX INJEPASA 6), con matricula Nº CE-2887-PM, petitorio sustentado ademas de lo manifestado con el correspondiente Certificado Compendioso de Dominio, con los que la empresa recurrente acredita la propiedad de la citada embarcacion pesquera; Estando a los informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 0302005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el articulo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; el articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 019-2001-PE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "COMANCHE VII" (ex INJEPASA 6) con matricula Nº CE-2887-PM, a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Articulo 2º.- El acceso al recurso sardina, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo CSW o RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 019-2001-PE/DNEPP, a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., para operar la embarcacion pesquera "COMANCHE VII" ( EX. INJEPASA 6). Articulo 4º.- Incorporar a CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., como titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 0192001-PE/DNEPP para operar la embarcacion pesquera denominada "COMANCHE VII" (ex INJEPASA 6), con matricula Nº CE-2887-PM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I, literal A de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, excluyendo a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A. y a la Resolucion Directoral Nº 019-2001-PE/DNEPP de los indicados Anexos con respecto a la misma embarcacion. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 14299

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcacion de bandera nacional a favor de Corporacion Pesquera MORDAZA S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 211-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2005 Visto el expediente de registro Nº CE-08517002, con escritos de fechas 23 de diciembre del 2004 y 7 de febrero de 2005, presentados por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 019-2001PE/DNEPP, de fecha 6 de MORDAZA del 2001, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "COMANCHE VII" (EX INJEPASA 6), con matricula Nº CE-2887-PM, con 360.13 m3 de capacidad de bodega, para ser dedicada a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13mm.) y 1½ pulgadas (38mm.) de longitud minima de abertura de malla; Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion;

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